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El Catoblepas, número 27, mayo 2004
  El Catoblepasnúmero 27 • mayo 2004 • página 17
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Descontrol religioso

José Manuel Gallego García

Ante los últimos y lamentables sucesos proponemos algunas medidas para el control del fenómeno islámico e islamista en España

Introducción

Tras los terribles atentados del 11 de marzo en la capital de España, multitud de cuestiones que parecían lejanas aparecen súbitamente ante nosotros y nos comprometen de manera evidente. En cierto modo, algunas de esas cuestiones llevaban tiempo gravitando sobre nuestra conciencia colectiva.

Evitar el pasado, caer en el relativismo a la hora de juzgar la historia, creer que la modernidad, o posmodernidad, implica el abandono de determinadas conductas, acciones e instituciones (como por ejemplo la guerra o la pena de muerte) conduce al europeo de hoy a postergar, solo por unos minutos, el ocaso de occidente en una efímera ilusión de quinqué.

Tal como dijo Machado: «bueno es recordar las palabras viejas que han de volver a sonar.» Y no entienda el lector que es preciso volver al lejano o inmediato pasado, no que sea necesario desenterrar muertos. Como dijera Marx, a pesar de la tendencia a repetir determinados hechos, «los hombres hacen su propia historia, pero no la hacen a su voluntad, bajo condiciones elegidas por ellos mismos, sino bajo condiciones directamente existentes, dadas y heredadas»{1}. Asimismo, no cabe interpelar a la ligera la actuación de la Administración Bush II por estar aparentemente inscrita en un marco psico-religioso concreto, que también contiene referencias al pasado, cuyos actores hacen continuas referencias a Dios y a Occidente, al tiempo que invaden países en nombre de la libertad. Entendidas o no como antagónicas a Alá y a la umma, lo cierto es que también durante la primera Guerra Fría (la actual sería, en nuestra opinión, la segunda) hubo, por parte de las dos superpotencias enfrentadas, intentos de ensalzar parecidos valores y, en cierto modo, similares logros. Mientras Nixon hablaba sobre las mejoras laborales en su país, Cruchev mostraba el creciente consumismo y bienestar soviético.

Es sabido que si la violencia monopolizada del Estado no actúa, si este se desentiende de una realidad sociológica evidente, dejando de tomar medidas necesarias, cabe pensar que la violencia privada aflorará.

La solución «más democracia» es pervertida y, como nos invita a cuestionar el profesor Bueno: ¿qué democracia? Un sistema corrupto e injusto el nuestro, que permite que por medio de pactos postelectorales se malverse el mandato ciudadano y se ataque la soberanía nacional, en el que se denomina golpe de Estado a un eventual retraso o repetición de las elecciones, cuando de oficio debiera haberse producido. La incidencia del terrorismo en las democracias realmente existentes puede resultar fatal, poniendo a prueba su eficacia frente la guerra de cuarta generación, como se ha comprobado en la masacre de Madrid. Imagínese el lector que se hiciera un referéndum dos días después de un crimen horrendo, con fines terroristas o no. Peor, imagínese que, con el fin de restaurar la pena de muerte, una o varias personas cometen un salvaje delito dos días antes de la consulta.

El sistema francés de segunda vuelta (en el que los ciudadanos tienen opción a dar su confianza a uno de los dos candidatos ganadores, pronunciándose, antes de la segunda jornada electoral –que sería al domingo siguiente– los partidos minoritarios a favor de uno de los dos mayoritarios) resolvería tanto el problema de la legitimidad de los pactos como el de la decisiva influencia mediática de los actos terroristas en los votantes. Hay muchas otras propuestas que refortalecerían y restaurarían la soberanía nacional, incluso sin tener que salir de la UE, pero nadie parece estar dispuesto a dar el paso.

El Estado de Derecho no puede, si se quiere mantener, inducirnos a un inmovilismo total. La política antiterrorista del gobierno de José María Aznar ha sido muy acertada (pacto antiterrorista con los EEUU, ilegalización de HB y reforma para cumplimiento integro de las penas impuestas a terroristas). ¿Por qué ocultarlo? entre el GAL y el nullum crime nulla poena sine lege{2} del PP va un trecho. De la alianza con una superpotencia a la sumisión al irredento eje franco-alemán, también.

Naturalmente, quienes exigen a sus gobernantes la puesta en marcha de una paz perpetua tienen propuestas de lo más variopinto. Todas, por supuesto, rechazan de pleno la pax americana. Desde el papeles para todos, hasta la concesión de derechos sociales, cuya aplicación podría llevar, teniendo en cuenta las previsiones demográficas, directamente a la bancarrota{3}. A parte de las consabidas contradicciones entre el sostenimiento del estado del bienestar y determinadas políticas arancelarias y de inmigración.

Ciertamente, es muy triste ver como las izquierdas de España no superan ciertos errores, viviendo de mitos que el soberano público se traga de un modo místico además, pues aparentemente solo una simple frase o consideración ética basta para mover su conciencia y decantar su voto. Estos que venden la paz con la pancarta y por teléfono móvil, no valen ni de abono de una futura izquierda nacional.

Todas las precauciones tomadas, pues, pasaremos a enumerar algunos de los puntos débiles en el nuevo escenario que ya, tras el cobarde asesinato de doscientos de nuestros compatriotas, es imposible adornar.

Propuestas para la lucha contra terrorismo islámico

Nuestras propuestas no nacen como consecuencia directa de la corroboración, tras el atentado del 11 M, de que el islamismo radical tiene un especial interés en la desestabilización de España mediante el uso indiscriminado de la violencia contra civiles con el fin de que rompamos nuestra entente con los EEUU. También Francia está amenazada por haber prohibido el chador, aunque hay quien piensa que se debe más a otras medidas más dañinas para el culto islámico (que es casus belli, según muchas escuelas islámicas, que legitima la Yihad). Vendrían de la constatación de que existe una estructura de fieles islámicos, fuera y dentro del país, para quien ha llegado el momento de comenzar la guerra por la reconquista de Al Andalus, siendo al mismo tiempo, un intento de sustituir a los llamados rouge States islámicos, y a sus ejércitos por un tipo de lucha más barata en lo militar y más efectiva en lo propagandístico: cosa que afecta a varios estados de la OPEP y a otros países del panarabismo clásico, que tras la caída del régimen de Sadam, carecen de una vanguardia decidida. Consideramos estúpidas las sugerencias de muchos manifestantes pacifistas, con cargo político o no, que reducen la lucha contra este singular terrorismo a una mera labor policial y se desentienden de objetivos más amplios –como la guerra por el petróleo o el control de los centros religiosos extendidos por toda Europa.

A estas alturas, cuando ni ha pasado un mes del atentado, parece difícil creer que es realmente Bin Laden el responsable directo de los execrables actos. Al Qaeda no es un grupo terrorista o una coalición de estructura jerárquica. Como mucho, se puede aceptar que entre los autores materiales del acto terrorista y los que, desde una cueva de Afganistán, mediante un thuraya (teléfono vía satélite) o cualquier otro ingenio de las telecomunicaciones, dirigen una hipotética acción conjunta contra Occidente, media una relación que se reduce a la determinación del momento idóneo para la realización del atentado. Y ni eso. Podemos, según avanzan las investigaciones, establecer estas hipótesis.

1) El grupo terrorista marroquí tiene carta blanca para cometer cualquier atentado contra España, pues ha sido legitimado por algún ulema o imám de algún punto del Magreb, cosa no siempre necesaria. Su objetivo, dentro de la Yihad (literalmente, esfuerzo), es concreto, pero contribuye igualmente a la expansión de la comunidad de creyentes. Tiene más que ver con Ceuta, Melilla y las Canarias, y con Perejil, (o con la «descolonización del norte de África», según ERC) que con la guerra de Irak, que no representaría más que un casus belli para iniciar una ofensiva contra España. Esta situación no es nueva y viene largo tiempo incubándose. Sobre todo en Argelia, pero también en el norte de Marruecos la histórica presencia de grupos relacionados con la secta jariyita{4} hace pensar que nos encontramos ante la evidencia de que una vanguardia islamista está ya dispuesta a saltar el Estrecho, con mucha independencia de Al Qaeda, en contra de lo que se viene difundiendo, y que tiene un considerable apoyo social en los países del norte de África. Nosotros pensamos que esta hipótesis es más creíble que cualquier otra. Y añadimos: el hecho de que los terroristas islamistas sean de esta o aquella tendencia heterodoxa y que por ello sean rechazados por gran número de musulmanes, no debe llevarnos a desvincularlos entre sí. La historia nos dice que estas fuerzas radicales han servido de brazo armado a las otras: es el caso de los suicidas palestinos, por ejemplo. O las ordenes militares cristianas (o integristas cristianas, como se dice ahora), sin las cuales hubiera sido imposible la Reconquista de España para el cristianismo.

2) O bien podría haber una relación de subordinación de los grupos terroristas del Magreb hacia Al Qaeda. Los comandos durmientes habrían despertado por una orden directa de Al Qaeda, que a través de un miembro de la Muhabarata (antiguos servicios secretos iraquíes), y coordinada por los mensajes falsos, aunque mundialmente difundidos por televisión, (¿claves secretas?) de las Brigadas de Abu Hafs Al Masri, habría determinado, al menos, la fecha del ataque y la gravedad de éste, así como otros posteriores. Ante la evidente contradicción entre unos mensajes y otros, se podría hablar de estrategias que responden a objetivos distintos: la de Al Qaeda y la de los Combatientes Marroquíes. Una hipotética disputa interna no estaría motivada, obviamente, por un mínimo respeto a las vidas de los cafres, sino por el interés estratégico de posteriores operaciones terroristas, cuya intensidad debe ser «moderada» para que resulte efectiva. Este interés es propagandístico, pero no de cara al ciudadano occidental, sino, expresamente, para no asustar a aquellos musulmanes que aún no confían en la viabilidad de la guerra de cuarta generación, así como para no frenar el flujo inmigratorio. Mientras Al Qaeda busca la retirada de España de los frentes de Afganistán e Irak, los Combatientes marroquíes sueñan con la conquista de Ceuta y Melilla. El juez Garzón, en paralelo a la investigación del juez Del Olmo, defiende y argumenta esta hipótesis

Sea lo que fuere, España se ha convertido en objetivo preferencial para el ataque. Pensamos, en relación con las anteriores hipótesis, que es más creíble 1): la relación entre Al Qaeda y los Combatientes marroquíes es, si existe, mínima.

Las cábalas relativas a las efemérides son muy curiosas. La Cadena Ser, que en la tarde del viernes 12 quiso adelantarse a la investigación, informaba, a parte de la intervención de suicidas en la masacre, de que entre el 11 de septiembre de 2001 y el 11 de marzo de 2004 se contaban 911 días. Cambiando el orden de los guarismos se obtenía la fecha clave (septiembre, 11), expresada al modo anglosajón, primero el mes y después el día. ¿Por qué esta emisora de radio no hace semejante operación en referencia a la toma de Perejil, producida , ¿por casualidad?, el 11 de julio de 2002 (11-7/7-11/711)? No en vano, algún agudo comentarista llama a esta emisora La Voz de Abdel Kader.

No vamos a preocuparnos por aventurar hipótesis, para eso están nuestras fuerzas de seguridad. El daño ya esta hecho y es hora de preocuparse por el futuro. Las propuestas que ahora oímos por radio y televisión o en la calle se pueden agrupar en varios rimeros:

1. Medidas fuertes, como la expulsión o el cierre total de fronteras, la prohibición o limitación del culto islámico, &c. Puede que el pueblo español rechace, en un primer momento, la aplicación de estas. Y según como se enfrente el poder a estos problemas, habrá o no un ascenso de los partidos racistas, como en la «pacífica» Europa. De hecho, habría que considerar que las reivindicaciones, por parte de formaciones como IU/EB o ERC, de compentencias en materia de inmigración pueden ser utilizadas en el futuro de forma excluyente, como de hecho excluirá cuando convenga, el euskara a los inmigrantes).

2. Medidas suaves, que podrían llevar a cabo los partidos de centro. No propondrían la expulsión, aunque sí el control de la población musulmana, que estaría obligada a colaborar (nunca a «dialogar»). Serían válidas para el medio y largo plazo, y de algún modo contentarían a los partidarios de las medidas fuertes.

3. Medidas inútiles o útiles para el enemigo. Son las propuestas de asociaciones como Foro Social (en cuya web se puede suscribir el interesado a revistas como Nación Árabe, de claro contenido islamista) o partidos, como Izquierda Unida, englobados también bajo el nombre de tontos útiles. Algún sector del PSOE sigue esta tendencia. Estas propuestas no solo son inútiles sino incompatibles entre sí, y de todo punto inconvenientes. Se habla, por ejemplo, de cooperación con el desarrollo, en la inteligencia de que la pobreza es el caldo de cultivo del terrorismo (¡como si Bin Laden, el advenedizo clan de camelleros Al Saud, o M. Atta fueran unos desposeídos!). Que se utilice al fellah (parias) en ciertas batallas y misiones no es más que una estrategia propia de un expansionismo imperialista, el musulmán, que no quiere plantar cara directamente mediante la guerra convencional. Lo que no excluye que los Estados Unidos de América pretendan llevar a cabo un plan de estabilización y mejora económica de los países musulmanes del Mediterráneo, cosa harto improbable. También en este sector encontramos a las corrientes de izquierda indefinida que, lejos de proponer un estado laico, pretenden consolidar un igualitarismo entre confesiones, animando a los propios clérigos musulmanes a reivindicar las más ambiciosas interpretaciones de la ley de libertad religiosa. Igual que en la cadena que va de IU a Ezquer Batua, de ésta al PNV, de éste a la izquierda abertzale, hasta llegar a ETA, los tontos útiles pronto se convertirán en eslabón, y eventualmente reclamaran el diálogo, participando del oscuro engranaje (que también pasa por Puerto Banús) del islamismo.

Los mayores problemas vienen del concepto que de Islam e islamismo tienen algunas personas. Millares de ejemplares sobre islamismo colmarán las estanterías de las librerías españolas. No faltan en España goytisolos, eugeniotrías, harotegclens y marinas dispuestos a machacarnos con su burdo discurso sobre la izquierda, la tolerancia, la ética y el diálogo.

Por otro lado, tenemos a César Vidal y su oportuno libro España frente al Islam (ciertamente, con un tono cercano al agitprop) y sobre todo al profesor Gustavo Bueno, quien con más valentía y credibilidad afronta el reto de demostrar que el mito de las tres culturas es falso. Recuérdese la brillante explicación del terrorismo suicida, a partir de la discusión de Santo Tomás y Averroes sobre el entendimiento agente. O las diferencias entre el monoteísmo y el politeísmo trinitario, a través la disputa del arzobispo Elipando.

Su tocayo, Gustavo de Arístegui{5} mantiene una postura que nos parece idónea: firme pero comprensiva, con disposición al diálogo y a la diplomacia, pero consciente de que a veces la única forma de diálogo es la guerra. La prudencia acompaña a este buen político, desde luego.

Nuestras modestas propuestas, son, de momento, de carácter suave, de operatividad en el medio y largo plazo. Dudamos que puedan ser aplicadas, pues, como se comprueba ahora, la soberanía nacional está demasiado debilitada por la acción de enemigos o adversarios externos (eje franco-alemán, Marruecos) e internos (partidos nacionalistas y marginales como IU).

Una de ellas va encaminada al esclarecimiento de los acuerdos firmados con la Comisión Islámica de España (institución que nace de la coalición entre la Federación Española de Entidades Religiosas Islámicas –FEERI– y la Unión de Comunidades Islámicas). La otra, si da tiempo, tiene como precedente el sistema de fueros que se llevó a cabo durante la Reconquista, según el cual, cuanto más cerca se estuviera de la frontera con el Islam, más liberales serían las normas de convivencia de la comunidad. La situación geográfica de España, como puerta de Europa, debería permitirnos llevar a cabo medidas como la legalización del cannabis, que, por otro lado, solo a nivel europeo, y con un control fuerte de la Ruta del Opio que se inicia en Afganistán, podría resultar efectivo. Esta cuestión no es pequeña y si no es abordada por los progresistas es por la coacción de los países importadores.

Primera propuesta: esclarecimiento de los acuerdos entre el Estado y las Comunidades Islámicas.

El artículo 16 de la Constitución española de 1978 consagra la libertad religiosa. Por un lado, (16.1 CE) «se garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y las comunidades sin más limitación, en su manifestación, que la necesaria para el mantenimiento del orden público por la ley» (véase jurisprudencia al respecto. Sobre todo referente a los casos de confrontación del principio que consagra este artículo con otros principios como la protección del menor y otros casos de desobediencia civil e insumisión –rechazo de ciertos alimentos y tratamientos médicos, por ejemplo–).

Por otro lado, se establece (16.3 CE) el estado aconfesional. Con este artículo se pretendió seguir apoyando a la Iglesia católica, en la inteligencia de que este culto es en España mayoritario. En mi opinión, no debemos pensar que el sistema laico francés es mejor que el nuestro –si bien es más eficaz que el sistema multicultural de Gran Bretaña– Aquél posibilita al ejecutivo actuar (competencia del presidente de la República) contra las manifestaciones religiosas más oprobiosas, el nuestro permite que se siga fomentando el culto católico, que tal vez sería un factor de choque contra la islamización{6}. Por eso, no deja de ser positiva la unanimidad popular a la hora de apoyar las manifestaciones iconográficas y demás demostraciones de los católicos españoles en Semana Santa.

En este sentido, el artículo 16.3 reza: «Ninguna religión tendrá carácter estatal. Los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones.»

Sin perjuicio de que consideremos más justos y legítimos los términos en los que se produce la negociación del Estado con la Iglesia católica (pues el acuerdo se produce con la Santa Sede, institución eclesial circunscrita a un Estado europeo concreto, y no con entidades jurídicas abstractas, a las que no se puede exigir responsabilidad o reciprocidad, de tal modo que los acuerdos que pasaremos a comentar hubieran de ser respaldados por un estado –Israel, EEUU, Gran Bretaña, Nepal, Marruecos, Irán– que quedará obligado, según la fórmula do ut des, a establecer la libertad religiosa y el control del fenómeno religioso en su ordenamiento, siempre que existiera, por ejemplo, un flujo monetario exento, o no, de impuestos{7} –limosnas y ayudas– hacia algún punto neurálgico), consideramos, no obstante, necesaria esta cooperación, pues es una ventaja reconocer el hecho religioso para poder controlarlo. Por otro lado, el principio de reciprocidad, en el contexto del Derecho internacional, que defienden autores como Antonio Escohotado y César Vidal, no por que entrañe serias dificultades en su aplicación, como gran parte de las normas de derecho internacional, debe ser silenciado.

Dejando a un lado el acuerdo con la Santa Sede (por el que la Iglesia Católica se compromete, entre otras cosas, a ser económicamente autónoma, eliminando en un futuro la famosa «casilla de la renta», cuya permanencia constituye un hecho sumamente injusto y antidemocrático para algunos extravagantes progresores de Derecho canónico o constitucional, y en especial para los euroislamistas), nos centraremos en analizar algunos aspectos del acuerdo firmado con las Comisión Islámica de España, comparándolo con los acuerdos de cooperación con las demás confesiones federadas, y no enmendando la totalidad, sino examinando aspectos ambiguos que nos parecen interesantes y que, de no ser aclarados –contrastados con la práctica jurisprudencial y la casuística penal–, podrían ser objeto de sospecha{8}.

Puede que algún lector se pregunte: ¿es que ahora los esfuerzos intelectuales de los españoles van destinados a debilitar el culto islámico? La propia existencia de estos acuerdos de cooperación es muestra de la buena voluntad del Estado, y no con gusto vemos como desde muchos lugares, mezquitas, emisoras de radio y ONGs, se acusa a quien expresa la más mínima opinión discrepante de intolerante o xenófobo.

a) Control de la cuestión financiera.

Investigación del uso del zakat o impuesto islámico que grava gran número de transmisiones patrimoniales (con el que se podría nutrir, en al menos dos sentidos, a los palestinos y demás hermanos musulmanes si se aplicara a las transacciones financieras de Asia y a la venta de crudo en Arabia). Este impuesto no puede ser reclamado por ninguna de estas comunidades, es un peligro similar al impuesto revolucionario de ETA, que no es un hecho alarmante el que haya gente coaccionada por no pagar, sino porque hay personas y empresas que contribuyen voluntariamente. Véase a este respecto el artículo 11 de la Ley 26/1992 de 12 de noviembre{9}.

b) Control de la cuestión paidética.

¿Alguien piensa que los esfuerzos policiales, las reuniones de los ministros de interior de los países miembros de la Unión Europea, son elementos suficientes para luchar contra el terrorismo islámico?

Una de las soluciones, ya que no podemos intervenir los modelos educativos de los países islámicos, pasaría por la integración de la población musulmana española. Pero una integración real. Para ello, sería conveniente prohibir o restringir los receptores mediante los cuales los musulmanes residentes en España pueden ver programas de contenido islamista o directamente de apología del terrorismo. ¿De qué nos sirve ir a luchar contra el terrorismo a Irak o a Afganistán si se está permitiendo, aquí en la península, que núcleos de población musulmana, lejos de disolverse en la población autóctona, estén formando un tentáculo que nos puede herir desde dentro? Es cierto que no se puede identificar islam con terrorismo, porque estaríamos perdidos del todo, pero precisamente en España, hay una gran mayoría de asociaciones, confederadas o no, que se ciñen cuanto pueden a la disciplina dogmática wahabi, una de las más abyectas.

Puede que todo esto suene mal para el demócrata y el pacifista fundamentalista, pero ¿no se están imponiendo similares métodos, llamados de inmersión, en ciertas comunidades autónomas contra la población no nacionalista?

c) Otros puntos oscuros de los Acuerdos entre el Estado y demás confesiones.

Los tres acuerdos (con evangelistas, israelitas e islámicos) son prácticamente idénticos. Salvando las diferencias en lo relativo a los días festivos, encontramos muy pocas asimetrías, siquiera en la prosa legal utilizada. La estructura de estos acuerdos, posteriormente sancionados como Leyes, es idéntica: un artículo único para cada uno de los acuerdos en el que se ratifica y aprueba el contenido de las disposiciones que encontramos en el Anexo. Menos el acuerdo con la federación evangélica, (FEREDE), que consta de 12 artículos, los otros dos acuerdos (con judíos y mahometanos, FCI y CIE, respectivamente) tienen 14 artículos. La estructura, como digo, es casi idéntica. Se protege mediante estas normas similares bienes religiosos y ciudadanos: respeto al patrimonio cultural religioso, diversos modos de objeción de conciencia (alimenticia, sanitaria, militar). Las variaciones las hallamos en casos como la fijación de los días festivos y en otras peculiaridades, como ciertas prácticas religiosas y de objeción de conciencia alimenticia en las cárceles españolas, que pueden pasar a ser los nuevos nidos. No en los barrios pobres, sino en las cárceles es donde el musulmán tiene pocas opciones: mejorar sus métodos delictivos y/o leer el Corán hasta perder el juicio. Si el principio de reciprocidad tuviera la más mínima efectividad, no quepa duda que sería justo y legítimo conceder a los súbditos marroquíes encarcelados los mismos privilegios que a los ciudadanos españoles encarcelados en Marruecos.

No es nuestro fin el perseverar en el espíritu conciliatorio que fundamenta estas normas, ni hacer justicia con las confesiones de notorio arraigo. Nuestro objetivo es protegernos. En el fondo, si se mantiene esta postura, propia de todo fundamentalismo democrático, que podemos denominar igualitarismo confesional, no se podrá actuar contra el germen que posibilita un eventual levantamiento islámico, eso que llaman libanización de Europa, o bien una palestinización de Ceuta y Melilla.

Toda concesión, embadurnada de diálogo y tolerancia, será un paso atrás en la lucha contra el imperialismo islámico. Y lo que es peor, toda política que se mantenga firme frente a este fenómeno puede llevar a un recrudecimiento del factor terrorista. Es por esto por lo que el PP se siente traicionado por la oposición del PSOE. Felipe González fue apoyado por la oposición del PP en la primera guerra del Golfo. Sólo IU y demás partidos marginales se opusieron a la guerra entonces (con la excepción de CIU).

El posterior Pacto por las Libertades y contra el Terrorismo es visto por muchos como una prueba de responsabilidad y lealtad a la Constitución por parte del PSOE, pero ese pacto tiene, como otros similares, una intención electoralista, estando obligado a apoyar al máximo al PP, toda vez que aquél luce un historial antiterrorista plagado de fracasos.

Estadistas como Churchill anunciaron la necesidad, y luego corroboraron sus negras predicciones, de frenar a tiempo al III Reich. Fue la Sociedad de Naciones la que no veló por el cumplimiento de las sanciones impuestas a Alemania por la Primera Guerra Mundial (freno a la carrera de armamentos, prohibición del servicio militar obligatorio, &c.). De modo que nos encontramos ante el reto de empezar a luchar hoy mejor que mañana, con prudencia. Virtud que acompaño siempre a Isabel la Católica, por mucho que se quiera negar, fallecida hace ahora quinientos años.

Volvamos al Acuerdo con la Comunidad Islámica de España. La supuesta escrupulosidad a la hora de que los tres acuerdos mencionados fueran iguales entre sí, según imponía el igualitarismo confesional que establece nuestra constitución, queda en entredicho al comprobar ciertos detalles, que acaso afecten más a la letra que al espíritu de la ley. Una eventual reforma, siquiera para rectificar el error, podría ser vista como un desentendimiento total de las partes, pero es la única solución.

Porque la oscuridad que encontramos en el acuerdo entre la CIE y los «independientes» de Jueces para la Democracia de aquellos años, va aumentando al ver como corroboran, ambas partes, doce años después, que esa no era la manera de «controlar» el fenómeno religioso. ¿Lo será ahora? Somos pesimistas. De hecho, no es más que una carta de derechos en los que prácticamente desaparecen los deberes. ¿Habrá que mandar deberes a las asociaciones religiosas?

El segundo párrafo de la Exposición de motivos del Anexo del acuerdo no puede ser más desconcertante, pero es de la intención programática de este punto desde donde hay que partir. La reforma constitucional probablemente sea necesaria, toda vez que la norma fundamental puede ser un freno para, por ejemplo, prohibir el culto islámico descontrolado. Vendría dado este fenómeno, a su vez, de la ambigüedad manifiesta a la hora de determinar el estatuto del dirigente religioso islámico, o el carácter voluntario de la inscripción de las congregaciones de mahometanos, por pequeñas que fueren, en el Registro de entidades religiosas correspondiente.

Dice el segundo párrafo mencionado: «Estos derechos, concebidos originariamente como derechos individuales de los ciudadanos, alcanzan también, por derivación a las Comunidades o Confesiones en que aquéllos se integran para el cumplimiento comunitario de sus fines religiosos, sin necesidad de autorización previa, ni de su inscripción en ningún registro público». De modo que, observamos, la cooperación es sólo en beneficio de los fieles islámicos, por imperativo constitucional. Sólo las que quieran disfrutar de subvenciones y exenciones fiscales se inscriben en tales registros. Véase el artículo 1.1. del Anexo (Ley 26/1992).

Baste con recordar algunas de las propuestas políticas de los organismos religiosos de los últimos años, así como la de ciertos profesores de la Universidad Autónoma de Madrid. Gozan de amplia difusión en páginas como webislam.com. Si bien hay consenso entre ellos para determinar que la Ley y el acuerdo son de los más avanzados de Europa, hay discrepancias cuando juzgan su aplicación. Consúltese un artículo de Bernabé López García (España: Islam y Estado, en el que se señala –como el mejor Arzallus– a la COPE y a Pilar Cernuda y se les acusa de xenofobia) y husmeé el internauta por la mencionada web. La CIE envía en 1998 una propuesta formal al Gobierno para desarrollar el acuerdo de cooperación en materia económica. Propone una asignación presupuestaria anual de cinco mil millones (de pesetas) y exenciones tributarias similares a las que tiene la Iglesia Católica. El redactor afirma que la no aplicación del convenio es un «fraude de ley».

No queremos culpar desde aquí a webislam.com y verdeislam.com o proponerlos para la hoguera. Somos conscientes de que algunos de ellos sufren la amenaza de otros musulmanes. No obstante, la misma webislam.com debe admitir su responsabilidad en todo este asunto, no en vano dan cobertura mediática a un gran número de musulmanes que hablan español.{10}

Pero todo esto son minucias y para andar sobre seguro será mejor ceñirnos a la letra de la Ley. Oscura en sí misma, por mucho que se considere que la CIE no es islamista y mucho menos fundamentalista.

Más importante que el preámbulo y que el régimen tributario es este siguiente y último punto que comentamos en torno a los Acuerdos.

1. El artículo 2 (Ley 26/1992) está compuesto de 5 apartados. En 2.1. se habla de las Mezquitas de la CIE (según mis datos, no llegan a sesenta las reconocidas). Del mismo modo, en el mismo apartado del mismo artículo del acuerdo homólogo con evangelistas y judíos, respectivamente.

2. En el 2.2. se protege la inviolabilidad de las mezquitas y la integridad de las mismas, regulando los casos de demolición. Igual derecho se reconoce a evangelistas y judíos.

3. En el 2.4. «Los lugares de culto podrán ser objeto de anotación en el Registro de Entidades Religiosas». Lo mismo se desprende de los respectivos acuerdo con evangelistas y judíos.

4. En el 2.5. se reconoce el derecho a los cementerios propios y el derecho a parcelas reservadas para el enterramiento en cementerios municipales de los fieles.

Se preguntará el atento lector: ¿Por qué no se habla del artículo del 2.3.? Porque los contenidos de los artículos mencionados se encuentran descritos en los tres acuerdos. El contenido del artículo 2.3. del acuerdo con la Comisión Islámica de España no aparece en los otros dos acuerdos. Puede ser que tuvieran especial interés, o más interés que los otros organismos, en determinar lo siguiente (art. 2.3. Ley 26/1992, integro): «El Estado respeta y protege la inviolabilidad de los archivos y demás documentos pertenecientes a la Comisión Islámica de España, así como a sus comunidades miembros».

Juzgue el lector por sí mismo. Si encuentra en los demás acuerdos algo similar, que lo avise. ¿No cabría exigirle que incluso tales documentos estén en español?. ¿Por qué la ambigüedad al hablar de «comunidades miembros»? ¿Qué están archivando los miembros de este entramado: bodas ilegales, impago del zakat, nombres de personas y familias que tengan la tentación de caer en la apostasía o en la debilidad herética? ¿Será capaz Zapatero de «dialogar» con estas asociaciones, ciertamente, herméticas? ¿Qué piensa el sultán alahuí de todo esto?

Por no cansar al amable lector, dejaremos para otro día el asunto del cannabis magrebí, puesto que tiene que ser visto desde ángulos diferentes de los hasta ahora propuestos.

Epílogo: España y el euroislamismo

El día 7 de abril de 2004 se difunde en varios medios informativos la propuesta que hacen ciertas asociaciones y colectivos islámicos españoles al presidente entrante, Rodríguez Zapatero. Si bien, horas después, los mismos medios expresan la negativa de las mismas asociaciones, a cerca de los siguientes extremos. Declaran que es necesario «controlar» el culto islámico; que, por no haber recibido la dotación presupuestaria que en justicia les correspondería, han surgido multitud de centros de culto gracias a la manutención directa de los saudíes.

Eso ya lo sabemos. La única propuesta aconsejable es la reforma de los mencionados acuerdos (a largo plazo incluso la reforma constitucional). Sería esta la prueba del nueve a la hora de comprobar qué hay detrás de la iniciativa y el «talante» de estas asociaciones: promover una especie de movimiento de las cien flores. Pero Rodríguez Zapatero caerá seguro en la trampa. Pocas veces es sano el tener contacto con las partes implicadas en cualquier reto legislativo, pero esta es acaso la ocasión más oportuna para evitar cualquier aproximación a las partes en mayor o menor medida afectadas. Porque si tomamos como interlocutores a estas asociaciones podemos estar ante un hecho, no por difuso menos evidente, de «diálogo con el terrorismo ». Las asociaciones moderadas tendrán, efectivamente, que callar y colaborar. Se quejan de que el hecho religioso islámico esta descontrolado, afirman: cualquiera que sepa mínimamente interpretar el Corán puede congregar en cualquier inmueble urbano a un número indeterminado de fieles, como vino a decir el presidente de ATIME, asociación sindical para inmigrantes.

También considero interesantes las acusaciones que reciben los islamistas españoles (léase, con nacionalidad o conversos) por parte de miembros de otras sectas islámicas. El núcleo más apoyado por los medios más «progresistas» es FEERI. Esta asociación se presentó como acusación particular (representada por Jadicha Candel, de tono más moderado que el psiquiatra ex comunista converso Mansur Escudero) en el caso del imam de Fuengirola, hecho que le ha llevado a recibir durísimas críticas por parte de sectores más duros, que consideraron una humillación la posterior condena impuesta al clérigo, que no era un monaguillo precisamente. Hecho que honra a esta asociación, y ejemplo de ulteriores pruebas a las que se verá sometida.

El islam moderado o euroislamismo goza de buena salud en España. Les atrae, y no en todos casos como al viejo principito saudí. Averroes, Ibn Arabí; cientos de topónimos netamente islámicos; vestigios de un esplendor artístico y tecnológico que en otros países árabes, de haber existido, hubiera sido destruido. Y mucho más.

Pero este euroislam o islam moderado también tiene sus halcones y sus palomas. En cuanto a éstas, deben llevar cuidado con los saudíes, muy diestros en el arte de la cetrería. Reunidas en torno a las doctrinas sufíes o a doctrinas mixtas, pretenden la creación de un fiqh (escuela o secta) hispano, que acepte y respete el ordenamiento jurídico (¿como lo hace el PNV?), que rechace la sharia, que tenga capacidad de dictar fatwas (opiniones legales); que rechace el arkan (mandamiento) que incita a la yihad (aunque lo mantenga para Palestina, o cualquier situación que lesioné la integridad territorial de la «casa de la paz»-Dar es Salam.

Muchos de nosotros somos conscientes de que un euroislamismo no es comparable al eurocomunismo, que carece ahora de potencias que le alimenten financiera e ideológicamente.

Pero es el Partido Socialista el que debe decidir, en nombre del pueblo.

Muchos de nosotros somos conscientes de que la mejor ayuda para los musulmanes moderados, para los euroislamistas, y, por supuesto, para los que quieren dejar de ser lo uno y lo otro, es restringir el culto islámico, aceptando la figura jurídica del culto islámico ilegal.{11}

España, 18 de abril de 2004.

Notas

{1} El dieciocho de Brumario de Luis Bonaparte.

{2} Ningún crimen, ninguna pena sin una ley (previa e irretroactiva), famoso enunciado de Beccaria que explica el principio de legalidad, base sobre la que se apoya el Estado de Derecho.

{3} Piénsese, por ejemplo, en la posibilidad de que algún gobierno de la llamada izquierda bajará de 15 años a 10 años el plazo mínimo de cotización para tener derecho a una pensión contributiva. Si además hubiera que pagar esas pensiones a los inmigrantes que hubieran vuelto a sus países de origen, la situación, según muchos economistas, sería insostenible, más que si estos se quedaran. La política del PP a favor de la mujer que trabaja y tiene hijos, por la que adquiere cien euros mensuales ¿será viable en un futuro a medio plazo?, dado que su fin es dar impulso a la tasa de natalidad ¿no provocará efectos no deseados en el futuro inmediato?

{4} La secta jariyita nace al tiempo que se produce el cisma entre sunnitas y chiitas. Mientras estos dos últimos generalmente respetan y acatan las posiciones de los jerarcas religiosos (mullahs, ayatollahs, &c.) acerca de las distintas interpretaciones del Corán y de la Sunna, los jariyitas, (jariyies, o en anglosajón, sustituyendo la j por la k) observan directamente los textos sagrados, no atienden a jerarquías religiosas y no tienen ningún freno a la hora de masacrar. Derivaciones de esta doctrina se extendieron considerablemente entre las poblaciones del norte de África (por el sur de Arabia Saudí y en Yemen, y en poco sitios más, hasta antes de la revolución de las telecomunicaciones que ha expandido estas tendencias). Está clara la relación de esta secta con otros grupos criminales que cometieron similares actos en tiempos pasados y aún en tiempos presentes, como la secta de los hachichins o las huestes bereberes dirigidas por las dinastías almorávide y almohade. Lo cierto es que, por ejemplo en Argelia, estos terroristas fanáticos (no necesariamente suicidas) han causado, no hace mucho, millares de víctimas en aldeas y ciudades: son los tristemente famosos salafistas (de salaf, «compañero» de la primera comunidad de Medina) del GIA o el FIS y, cómo no, los Combatientes Marroquíes para la Predicación y el Combate. Menudo escenario. Y pensar que la guerra de Irak ha sido solo una excusa para comenzar el ataque contra España, mientras, aquí, nuestros pacifistas siguen dando los atentados por justificados, como actos de legitima defensa.

{5} Se recomienda el ilustrativo y ameno artículo publicado por en el diario El Mundo, el 13 de junio de 2003.

{6} O no. Como se podría interpretar la advertencia del profesor Bueno en el glosario de España frente a Europa, «las religiones superiores son incompatibles entre sí, y el supuesto irenismo predicado desde las diversas confesiones sólo tiene viabilidad, (...) precisamente cuando se eliminen todos los contenidos positivos, irracionales y dogmáticos de cada religión, y por tanto, cuando estas religiones desaparezcan como tales», sin prejuicio de que se mantuvieran como religiones civiles, matización que nos lleva a pensar que la conservación del culto católico en España debe ser defendido.

{7} Si bien hay que hacer las siguientes concreciones: según se desprende del Ordenamiento jurídico español, las comunidades islámicas federadas, secciones dedicadas a la recolecta de fondos con fines humanitarios o de culto, no estarían obligadas al pago de tributos como el Impuesto de Sociedades, el de Actos jurídicos documentados, o el de Transmisiones patrimoniales, pero si que estarían obligadas a acreditar los valores tasados o declarados de tales negocios jurídicos, lo que hace que, salvo casos de fraude, se encuentren más o menos controladas las cuantías. No obstante, es preciso mirar con lupa todos estos detalles, pues podemos estar poniendo al servicio de la barbarie nuestro propio Ordenamiento Jurídico.

{8} Todos las normas son de 10 de noviembre de 1992, Leyes 24/1992, 25/1992 y 26/1992, por las que se aprueban los Acuerdos de Cooperación del Estado, respectivamente, con la Federación de Entidades Religiosas Evangélicas de España, la Federación de Comunidades Israelitas de España y la Comisión Islámica de España. Ver también demás legislación relacionada: Ley Orgánica de Libertad Religiosa, de 5 de julio de 1986, BOE Núm. 177 de 24 de julio de 1980).

{9} Y por curiosidad, aunque tenga poco que ver, deténgase el interesado en el punto 3. A. a) de este artículo 11, en el que se declara exento del pago del Impuesto de Bienes Inmuebles: «las Mezquitas o lugares de culto y sus dependencias o edificios y locales anejos, destinados al Culto, asistencia religiosa islámica, residencia de Imames y dirigentes religiosos islámicos.» Si el curioso acude al mismo artículo de los otros acuerdos con israelitas y evangelistas (y pese a que existe una Orden de 2 de febrero de 1994 por la que se aclara el alcance de la exención concedida en el I.B.I. por el artículo 11.3.A), de los acuerdos de cooperación del Estado (...) con las tres confesiones, en el que el legislador se limita a incluir como inmuebles exentos «los huertos, jardines y dependencias de los inmuebles enumerados en dichos preceptos, siempre que no estén destinados a industrias o a cualquier uso de carácter lucrativo») se dará cuenta de que las únicas residencias de dirigentes religiosos exentas del pago del I.B.I. son las de los dirigentes islámicos, exclusivamente. ¿Es esto una ambigüedad o bien es producto del acuerdo? ¿Dispone el Corán que los líderes religiosos no pueden pagar impuestos de residencia o es que pretenden la posesión, teniendo en cuenta que los archivos del Catastro son los más fiables a la hora de determinar la residencia de una persona?

{10} Cosa no menuda: no hace mucho algunas asociaciones islámicas de España intentaron, no sabemos con qué resultado, reunir en un congreso especial a los fieles de ambos lados del Atlántico, bajo el siguiente rótulo: Congreso de las Dos Orillas.

{11} No manifestaciones religiosas como los rezos diarios, pero sí al menos las congregaciones dirigidas por clérigos, que, de no estar convenientemente adscritas a la Comisión Islámica y con todos sus datos a disposición de la policía y los jueces, podrían ser disueltas.

 

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