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El Catoblepas, número 95, enero 2010
  El Catoblepasnúmero 95 • enero 2010 • página 9
Artículos

Cuestiones sobre el aborto

José María Lahoz Pastor

Se trata de mostrar las contradicciones en las que caen los defensores de la próxima ley de plazos y ofrecer argumentos más allá de las pobres justificaciones que se suelen manejar

Aborto humano de 9 semanasAborto humano de 9 semanas
Aborto humano de nueve semanas [fuente: http://www.priestsforlife.org]

Pretendo escribir un artículo filosófico (de mejor o peor nivel, esto ya se juzgará) sobre el aborto. El plan que me he trazado es abordarlo según la clasificación usual que se utiliza en los libros de texto de Filosofía para tratar cualquier teoría filosófica: empezando por las cuestiones ontológicas (en este caso: ¿qué tipo de ente es el embrión entre los entes del mundo?), siguiendo por las cuestiones antropológicas (aquí, nos preguntamos cómo se conforma el individuo humano, ya no biológicamente, sino culturalmente en un grupo social determinado; para ello, es clave la diferencia entre hombre, persona y ciudadano), después las cuestiones éticas y morales (¿es ético abortar, es moral?, y el comentario de situaciones concretas –dilemas– en las que hay que decidir qué es lo correcto) y terminar por las cuestiones sociales, económicas y políticas (repercusiones sociales, económicas y políticas del aborto; ¿es de izquierdas o de derechas el aborto?, &c.).

Esta forma de abordar el asunto es, desde luego, criticable pero, me parece que tiene la virtud de mostrar las interrelaciones que hay entre las distintas cuestiones y las contradicciones en las que se cae por falta de coherencia. Ya que, no tiene ningún sentido, por ejemplo, tratar la ética sin aclarar sus fundamentos ontológicos (si se considera que el embrión no es un ser humano –ontología– no se verá ningún problema en destruirlo por deseo de la madre –ética–).

Recomiendo la lectura del libro de David Alvargonzález, La clonación, la anticoncepción y el aborto en la sociedad biotecnológica, de la editorial Pentalfa, donde se abordan estos temas con más precisión que yo aquí; y recomiendo el artículo de José Manuel Rodríguez Pardo «Bioética materialista, clonación y aborto» de octubre de 2009 publicado en esta revista, en el que comenta el libro de Alvargonzález y expone argumentos sobre el tema con mayor potencia crítica que la mía. En todo caso, quede claro que de donde tomo, fundamentalmente, mis principios es del gran Gustavo Bueno y su filosofía del materialismo filosófico en la que trata estos temas éticos y bioéticos con un rigor y sistematicidad de la que somos sólo seguidores.

Bien, empecemos: lo primero es explicar por qué este es un artículo filosófico o, mejor, por qué el aborto es un tema filosófico.

Parece que algunos (incluido nuestro gobierno actual) quieren dar la potestad de juzgar sobre el aborto a los científicos (sobre todo de especialidades biomédicas: biólogos, médicos, embriólogos, &c. y a los juristas). Y, por supuesto, el Ministerio dice que se ha dejado aconsejar por una serie de «expertos» en el tema (todos ellos, al parecer, proabortistas por el resultado que se ha visto) para redactar la nueva ley de plazos. Pero, primero: no es cierto que todos los científicos estén de acuerdo en la permisión del aborto (de hecho, hay muchos médicos –la mayoría– que se niegan a practicar el aborto por su juramento hipocrático de defender la vida humana; luego, piensan que el embrión es un ser humano); y si en un asunto hay opiniones, ya no diversas, sino opuestas es que no es un asunto científico (nadie pone en duda el Teorema de Pitágoras o que el ADN es la base de los genes y de la herencia). Y, segundo: un científico se sale fuera de su campo cuando trata con ideas que superan su especialidad, por ejemplo, definir qué es un ser humano; porque es un tema que abarca a varias ciencias, que trasciende a una ciencia en particular y compete a la Filosofía como saber de segundo grado.

Es irrenunciable tener en cuenta los últimos descubrimientos científicos para tratar sobre el aborto pero, los científicos se saltan los límites de sus conocimientos si intentan acotar la idea de ser humano y decidir sobre el aborto; ya no hacen ciencia sino filosofía y, por cierto, filosofía no sistemática, tan respetable, no más, como la de cualquier viandante bien informado. Sus afirmaciones son meras opiniones si no las argumentan en una teoría del ser humano como sí han hecho muchos filósofos a lo largo de la historia, con menos información científica que la actual, es cierto. Aporten los científicos su información y datos encuadrados en teorías científicas pero, no opinen sobre todo. Y vuelvo a recordar que, como vamos a ver, hay muchas pruebas científicas y muchos científicos que están en contra del aborto. Y cuando digo que éste es un tema filosófico no quiero decir que sea un tema para filósofos sino que trasciende el campo categorial de cualquier ciencia particular y que, como en todos los temas éticos, todos los ciudadanos tienen el derecho y el deber de dar sus razones pues, todos saben de ética. Aquí, doy argumentos que me llevan razonando a una postura sobre el aborto y estoy dispuesto a tener en cuenta (incluso a cambiar mi postura, si me convencen) otros argumentos bien fundamentados en contra de los que expongo, mas no insultos y descalificaciones para despreciar lo que no se sabe responder.

Hecho este preámbulo, pasemos a las cuestiones organizadas como hemos expuesto al principio de este artículo.

Cuestiones ontológicas

¿Qué cosa o ente es un embrión entre los entes del mundo?

Los que aprueban el aborto consideran que el embrión humano (al menos hasta una fase de su desarrollo, como en la actual ley de plazos por aprobar) no es un ser humano sino un conglomerado celular sin identidad (como un grupo de células humanas de un adulto) pero, aún no un individuo de la especie humana y que, por tanto, es lícito eliminarlo o destruirlo sin que este acto sea un homicidio. Se suelen fijar dos plazos: el embrión no es un ser humano hasta el día 14, en el que se implanta en el útero (es, por cierto, lo que defiende Alvargonzález en su libro) argumentando que hasta ese día se pueden formar gemelos homocigóticos; o hasta la semana 14 (en la ley de plazos propuesta) porque se conforma el sistema nervioso del embrión.

Vamos a intentar rebatir sus tesis empezando, por cierto, con datos científicos:

• En el genoma del cigoto, desde el momento de la fecundación está toda la información genética necesaria para que se desarrolle hasta un ser humano adulto. Por otra parte, es cierto que el ADN no es suficiente para identificar un individuo humano, falta la expresión de esos genes en un proceso de desarrollo, en el que el embrión intercambia materia, energía e información con su medio. A este proceso se le denomina epigenético.

• Pero, se sabe que la expresión de los genes comienza ya en la primera división del cigoto con la desmetilación de las citosinas del ADN; esto es, el proceso de desarrollo del embrión, regulado por los genes, comienza ya en el cigoto.

• También, se ha comprobado que las primeras células del embrión, llamadas blastómeros, ya intercambian información entre sí y con el medio, y que expresan unos genes u otros según el lugar dentro del embrión en el que estén ubicadas; esto es, tienen información de posición que determina dónde y cuándo tiene que dividirse cada célula en función de su localización en el embrión, en un desarrollo organizado desde la primera división celular.

• Se sabe, además, que ya en la primera fase de cigoto hay polarización (diferencias de concentración en los polos de las células) y asimetría (no son iguales) entre los dos primeros blastómeros, que tendrán diferentes destinos en el embrión: uno desarrollará el cuerpo del embrión y, el otro, los mecanismos de interacción con la madre (placenta, cordón umbilical, &c.). Es decir, desde la primera división celular ya hay una identidad funcional en las dos primeras células del embrión.

• También, se ha determinado que el que cada célula del embrión «sepa» si debe ubicarse en la parte izquierda o derecha del cuerpo del embrión depende de que exprese (izquierda) o no (derecha) un determinado gen, y esto, se produce por la diferente concentración de iones calcio en cada una de estas células; variaciones de concentración de calcio que ya se dan en el ovocito (mayor concentración en la zona por la que penetra el espermatozoide).

La interpretación de todos estos datos me parece que muestra que el embrión, desde la fecundación, está organizado como un todo o totalidad en el que las partes (células) se relacionan entre sí y con el medio como una unidad o individuo. Esto es, un embrión es una totalidad atributiva (en la que las partes –células– se relacionan y difieren entre sí, se refieren unas a otras) mientras que, un trozo de tejido humano es una totalidad distributiva (partes separables y cada parte –cada célula– tiene las características del todo). La tesis de los que defienden que el embrión, hasta el día 14 en el que se implanta en el útero, no tiene individualidad porque puede dar lugar a gemelos homocigóticos creo que queda aquí invalidada. Y, además, la individualidad no implica indivisibilidad ya que, una bacteria o una planta son seres vivos individuales y se pueden dividir por bipartición (la bacteria) o por esquejado (la planta) o por partenogénesis (otros seres vivos) dando lugar a nuevos individuos distintos de la misma especie. O, en el caso de la clonación, que es otra división de un individuo –una forma de reproducción asexual– para dar lugar a otro individuo.

El argumento de que un embrión, aunque tenga genes humanos, no es un ser humano sino un grupo de células humanas (como un trozo de tejido humano), me parece poco serio. Se reduce a la distinción (de capítulo de Barrio Sésamo) entre el todo y las partes. Un trozo de tejido humano no es un ser humano, es una parte de un ser humano. Pero, el embrión es una totalidad, un todo organizado, un individuo de la especie humana, un ser humano. A lo que es comparable un trozo de tejido humano es a unas cuantas células tomadas del embrión en una biopsia para analizar su ADN. Pero, esta prueba se realiza con frecuencia en mujeres mayores de 35 años y nadie dirá que es un aborto. La totalidad embrión sólo es comparable a la totalidad ser humano adulto.

Lo anterior también prueba que, en los seres vivos, los procesos de desarrollo son graduales y continuos y que, sólo distinguimos fases en los mismos por motivos clasificatorios, conceptuales, pedagógicos si se quiere. Las fases son distinguibles pero, no disociables del proceso continuo. Defender que en el proceso de desarrollo del embrión hay fases diferenciadas discontinuas es volver al imposible paso del ser al no-ser y del no-ser al ser que trató el filósofo griego Parménides que entonces, concluía que el cambio era imposible ya que, no se puede pasar del no-ser –aquí la fase en la que el embrión aún no es un ser humano– al ser –aquí, el embrión desde el plazo en que consideran que ya es un ser humano–; a no ser, que se defienda la creación mágica desde un estado o fase a otro (antes no había un ser humano, ahora sí). Los que defienden que hay fases diferenciadas discontinuas en el proceso de desarrollo del embrión deberían tener la decencia de comunicarnos desde qué día, hora, minuto y segundo se crea un ser humano, y cómo se produce esta creación mágica.

Pero, si el desarrollo biológico es gradual y continuo esto no tiene sentido. No es que la oruga se convierta en mariposa desde el ser una oruga (no ser mariposa) hasta llegar a ser mariposa (y ya no ser oruga) como en un pase de magia. Es que la oruga en cada momento ya está avanzando para ser mariposa. Y si abriésemos el capullo veríamos que el proceso de cambio sigue siendo continuo, cada segundo se va haciendo mariposa o, ¿en qué segundo deja de ser oruga y ya es mariposa o no-oruga? La pregunta es absurda porque estamos convirtiendo en dos estados estancos (oruga y mariposa) un proceso continuo. Es que la oruga es ya una mariposa y la mariposa es aún una oruga (con alas, &c.), ambas, un individuo de la misma especie biológica. Por esto, Aristóteles, respondiendo a Parménides habla de no-ser relativo que es el de los seres que no son todavía el resultado final de su desarrollo pero, están en el proceso continuo para serlo.

También, Aristóteles distingue entre seres vivos o naturales que son aquellos que tienen en sí mismos el principio de cambio, y artificiales que son aquellos cuyo cambio es producido por un agente externo (el artista o el técnico). Y así parece aceptarlo la ciencia hoy pues, reconoce que un ser vivo está organizado y que, justamente, los seres vivos son los únicos entes que tienen entropía negativa, esto es, que se organizan, se ordenan por su metabolismo desde sí mismos –intercambiando materia y energía con su entorno–; por esto un embrión es un ser vivo de la especie humana. Los tablones de madera para construir una mesa no son ya una mesa, hasta que el carpintero construya con ellos la mesa y no un armario ropero, por ejemplo. Pero, un embrión sí es ya un ser humano pues, su desarrollo dará lugar a un adulto (sin decisión del carpintero) sin ninguna otra posibilidad.

A los que defienden que el embrión no es un ser humano les preguntamos ¿qué es entonces?, ¿es un ser vivo?, ¿de qué especie? Algunos responden que aún no es un ser humano ni otro ser vivo, sino que pertenece a la clase de los embriones, semillas o seres en potencia. Veamos el absurdo de esto: en la clase de los seres vivos están los caballos, los perros, los seres humanos, &c. Y proponen otra clase de aún no seres vivos o aún no individuos, formada por los embriones y las semillas que, en un momento dado, pasan a pertenecer a la clase de los seres vivos y, aquí, de los seres humanos. Una posible razón aducida es que no se penaliza de igual modo destruir un árbol centenario que una semilla y, es cierto, al menos jurídicamente. Pero, un árbol es un bien que se valora por su productividad o por los beneficios que procura (sean estos ambientales, económicos, estéticos o de otros tipos) y, según esto, es menos malo matar un arbolito que un árbol centenario. Pero, este argumento trasladado al caso humano nos da como resultado que es menos malo matar a un niño que a un adulto, ¿por qué no establecer la gravedad de un asesinato con una ley de plazos como la propuesta en el aborto? Porque un ser humano no se valora por su productividad o por los beneficios que procura sino, por el hecho de ser humano, esto es, por sus atributos únicos. Si la semilla fuera de un árbol extinguido o contuviera alguna sustancia para curar el cáncer y se guardara bajo custodia en un banco de semillas, sí que se consideraría un delito muy grave destruirla. Si al propietario de un excelente y caro caballo de carreras que se cruza con una excelente y cara yegua que queda gestante se le propone eliminar ese embrión porque un grupo de proabortistas equinos le dice que ese embrión no es un caballo de carreras (sólo es un no-caballo o conglomerado de células), seguramente los mandará a paseo defendiendo ese embrión que tanto le cuesta.

Otro argumento, a mi juicio, subjetivo y erróneo, para defender que el embrión de pocas semanas no es un ser humano (y, por tanto, aceptar la ley de plazos), es que no se puede considerar así hasta que no tenga sistema nervioso y pueda sentir (dolor, &c.) Esto es, se considera que lo que nos hace humanos son el sistema nervioso y los sentidos que son, justamente, atributos que compartimos con otros animales ¿lo que nos diferencia de otros animales es lo que tenemos en común con ellos? Me parece que esta postura (que es la que aplica la nueva ley de plazos al proponer el aborto libre hasta la semana 14 de gestación, cuando se forma el sistema nervioso del feto) merece pocos comentarios más. Pero, veamos: según esto, es cruel matar a otros animales con sistema nervioso y sentidos (por ejemplo, para comerlos). Es el mismo argumento que dan muchos vegetarianos para no comer carne y los defensores de los animales para prohibir la caza o las corridas de toros (¡pobrecitos, sienten!, ¡qué crueldad!; ya ironizaba sobre esto Valle-Inclán cuando decía que los intelectuales que abominan las corridas de toros es porque se ponen en el lugar del toro o del caballo, con una sensibilidad taurina o equina, como si a ellos les aplicaran el puyazo). La Unión Europea aplica este criterio con el aturdimiento de los animales en el matadero, previo a su sacrificio, para que no sientan dolor. Es decir, se podría matar a un ser humano anestesiándolo previamente. O, incluso, practicarle una tortura sistemática (pues, con la analgesia o la anestesia la misma noción de tortura desaparece en el que nada siente). O cargarse a una persona en coma por la misma razón (que, por otra parte es lo que se propone en algunos casos de eutanasia). Pero, también sienten dolor los presos al estar en la cárcel o los ciudadanos al pagar impuestos y no por esto se dejan de encarcelar o los dejan de pagar. Y hago notar otra contradicción: sí al aborto, sí a la eutanasia pero, no a la pena de muerte (ni con anestesia o con inyección letal para que nada sienta el ejecutado). Me parece de un confusionismo maniqueo e interesado.

Con todos estos argumentos creo haber demostrado que el embrión es un ser humano, al igual que un adulto o un enfermo en coma profundo, para que se contemple la escasa fuerza de las «razones» de los que apoyan la nueva ley del aborto que se fundamentan en que el embrión no es un ser humano y que es, por tanto, banal destruirlo.

Hago aquí, una digresión: que el embrión sea o no un ser humano no es relevante para la Bioética del materialismo filosófico pues, el propio Gustavo Bueno considera que esta cuestión pertenece a los principios distributivos aplicables al aborto (los que postulan el carácter sagrado de la vida humana, que tendría el embrión o el feto) y no a los principios atributivos (que parten de las relaciones de los seres humanos o personas entre sí) que son por los que se inclina el materialismo filosófico. Me sorprende que Alvargonzález (que se considera seguidor de esta corriente filosófica), en su libro, se entretenga en argumentar que el embrión no es un ser humano hasta su implantación en el útero, y que Rodríguez Pardo, en su artículo, en esta misma revista, se dedique a demostrar (corrigiendo a Alvargonzález) que el embrión es un ser humano desde la fecundación. Y, que ninguno de los dos hagan notar que la individualidad humana del embrión no es lo más importante para la Bioética materialista. Pasemos ahora a las cuestiones antropológicas.

Cuestiones antropológicas

Lo primero que nos alarma aquí es el confusionismo que ejercen los defensores del aborto al no distinguir persona, de ser humano y ciudadano. Pues, lo mismo dicen que el embrión no es un ser humano, que no es una persona, que no es un ciudadano, pero que es un ser vivo.

Para tratar este asunto tomo la distinción de Gustavo Bueno entre hombre, persona y ciudadano.

Hombre o ser humano

Individuo de la especie humana Homo sapiens (pues, sabemos que han existido otras especies humanas ya extinguidas como Homo erectus, el hombre de Neardental o el antecessor de Atapuerca).

Ya hemos mostrado en las cuestiones ontológicas que el embrión es un individuo de la especie humana, luego: es un ser humano, ¿o es una vaca o una cebolla? Abortar es asesinar a un ser humano.

Persona

Ser humano que, en una sociedad compleja, va asumiendo diversos papeles sociales y relaciones que le van constituyendo como tal persona. La persona no nace, se hace (Baltasar Gracián decía: «no se nace hecho; se va cada día perfeccionando en la persona, en el empleo, hasta llegar al punto del consumado ser» y «nace bárbaro el hombre; redímese de bestia cultivándose. Hace personas la cultura, y más cuanto mayor»). La persona es un producto social, de un momento histórico concreto, en una sociedad determinada (un mismo individuo humano, sería distinta persona si hubiese nacido en otra época o en otro entorno cultural y social). Aquí, también, la diferencia es de grado, se va haciendo; es el lenguaje articulado el que nos constituye como personas: nuestro yo y nuestros pensamientos se forman en una lengua y en una cultura concretas. Un embrión no es aún una persona, es cierto, pero, tampoco lo es un feto de 8 meses, ni un bebé y, no por ello, se permite su asesinato porque lo que protegemos en estos casos no es la persona sino el ser humano, y un embrión o un feto lo son tanto como un bebé.

Ciudadano

Ser humano que vive en un Estado con leyes que le protegen y le obligan. Uno es ciudadano de un Estado: ciudadano español, ciudadano norteamericano, &c. No tiene sentido declararse ciudadano del mundo pues, no hay un Estado mundial con leyes internacionales que se cumplan. Ciudadano es un concepto legal, jurídico (un inmigrante puede llegar a ser ciudadano español con todos sus derechos y deberes). Entonces, un embrión (o un feto o un niño o un anciano) es un ciudadano si así lo reconocen las leyes de su estado. Y nuestra Constitución protege al no nacido aún (y el Tribunal Constitucional en 1985 sentenció que en el aborto hay un conflicto entre dos bienes: la vida de la madre y la del futuro hijo).

Una vez aclaradas las cuestiones antropológicas, vamos a ver que, en todo caso, la principal norma ética es no matar a un ser humano ( sea o no persona o ciudadano).

Cuestiones éticas y morales

Ya hemos explicado que estas, no se pueden abordar sin antes haber presentado las cuestiones ontológicas y antropológicas en las que toda norma ética y moral se fundamenta. Nos preguntamos si es bueno o correcto ética y moralmente el aborto. Para tratar estas cuestiones me parece fundamental comenzar con la distinción que hace Gustavo Bueno entre Ética y Moral.

La Ética se refiere a las acciones y normas para la pervivencia del cuerpo humano individual («perseverar en el ser» decía Espinosa), que se concreta en dos virtudes éticas: la firmeza (preservar el propio cuerpo) y generosidad (preservar el cuerpo de los demás).

Y la Moral se refiere a las acciones y normas para asegurar la pervivencia del grupo humano al que se pertenece. Como cada persona pertenece a varios grupos sociales (familia, amigos, partido político, nación, clase social, religión, &c.), hay distintas normas y acciones morales que a cada uno le afectan, muchas veces contrarias entre sí. La virtud moral básica es la fidelidad y defensa del grupo, entre grupos enfrentados. Y, además, las normas éticas se suelen enfrentar con las normas morales (ejemplo: si en una guerra me encuentro con un soldado enemigo malherido que me pide ayuda, la Ética me obligaría a ayudarle por generosidad –aunque, pudiera disminuir mi firmeza si me descubren y me condenan– pero, la moral patriótica me obligaría a no prestarle ayuda por ser un enemigo que puede haber matado a conciudadanos míos, incluso amigos o familiares). Así, los terroristas de ETA asesinan españoles guiados por la moral de defensa de su grupo contra el grupo del Estado español, y los políticos ingenuamente –o interesadamente– responden desde la ética, que es una acción reprobable quitar una vida humana, sin tener en cuenta, que no los asesinan por ser seres humanos sino españoles.

Como, en numerosas ocasiones, las normas éticas y morales se oponen, es el Derecho el que regula estas situaciones con normas legales y establece unas sanciones para asegurar su cumplimiento. En el caso de la ley de plazos del aborto, el Gobierno va a crear la norma movido, dice, por la ética (como el embrión no es un ser humano no se le aplica la virtud ética de la generosidad y se defiende el derecho de la madre a decidir por su firmeza) pero, la realidad es muy otra. La ley propuesta se basa, simplemente, en la moral (de grupo, por tanto) «laica y progresista» de los llamados a sí mismos «partidos de izquierda» que quieren imponer por la fuerza su moral de grupo a todos los ciudadanos en contra de la ética y de otras morales existentes a las que ni se les deja opinar (véase, por ejemplo, cómo se intenta acallar desde el Gobierno la defensa legítima que están haciendo los católicos de su moral y su ética). Es lo mismo que se ha intentado hacer con la asignatura de «Educación para la ciudadanía» imponiendo su moral (basada en su ideología) sin permitir el debate ético y sin tener en cuenta la ética y la moral que los padres quieran enseñar a sus hijos. O la salvaje obligación, propuesta en la nueva ley de plazos del aborto, de que se imparta en las facultades de medicina conocimiento y práctica para enseñar a abortar a los futuros médicos (justamente, siendo la medicina una profesión ética que defiende la vida humana). Es el «pensamiento único», pero el suyo, claro. Es tal la fuerza, la presión ideológica «progresista», con la que se impone esta moral que hasta muchos políticos del PSOE que son católicos han votado (en contra de su moral católica o de su ética) a favor de la nueva ley del aborto.

Vamos a los dilemas éticos y morales que suscita el aborto. Nos preguntamos si es bueno o correcto. La cuestión principal aquí es que si, aunque el embrión sea un ser humano, hay circunstancias por las que sea permisible matarlo.

Y la primera afirmación que se hace es decepcionante: es el derecho de la mujer a hacer lo que quiera con su cuerpo (que tampoco es así pues, por ejemplo, se le obliga a llevar cinturón de seguridad en el coche). Aquí, el principio que se supone es «mi cuerpo es mío y hago con él lo que me da la gana». Pero, es un principio totalmente metafísico y contradictorio. A una (o a uno) no le pertenece su cuerpo: es su cuerpo. Defender lo contrario sólo lo puede hacer el que piensa que hay un alma o un yo espiritual que dirige, controla y posee su cuerpo. Es curioso que los progresistas defiendan esta postura idealista y espiritualista más propia de las religiones y el espiritismo. Se llama a esto dualismo antropológico (cuerpo y alma). Pero, es sólo un juego de palabras que nos permite el lenguaje reflexivo, un juego de pronombres: yo soy (un espíritu o un alma en un cuerpo) el que dirijo mi cuerpo; «mi cuerpo es mío» ¿de quién?, ¿quién es ese yo que dice que ese cuerpo le pertenece?

Visto el absurdo de este planteamiento, sigamos desmontando el argumento: el embrión (o el feto) no es una parte del cuerpo de la madre, es otro ser humano (como hemos probado antes) distinto con su ADN, su sistema inmunológico, su grupo sanguíneo, &c. (así, el sistema inmune de la madre, muchas veces, rechaza al feto por sus grupos sanguíneos distintos o por otras causas). Es otro ser humano distinto que, esto sí, está en situación de total dependencia respecto de la madre (al menos, hasta el quinto mes en el que hay ya cierta probabilidad de que pudiera vivir si naciera). Entonces, eliminarlo es negarle el cuidado que necesita ese ser humano totalmente dependiente. Es como dejar morir a un hijo o a un anciano a nuestro cargo, que dependen de nosotros. Y se considera, en nuestra legislación, que los padres tienen la obligación de cuidar a sus hijos, y se sanciona al que no ayuda o socorre a un herido o a un accidentado.

Se olvida, también, la responsabilidad y la posibilidad de elección del padre. Si la madre quiere abortar y el padre no, se exige que pueda abortar. Si el padre quiere abortar y la madre no, ésta puede tener el hijo. No se le concede al padre posibilidad de elección pero, sí se le puede exigir responsabilidad paterna si la mujer decide tener el niño. Y, para que se vea la contradicción de derechos, cito el caso de la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de marzo del 2006 sobre una pareja británica que decidió recurrir a la fecundación in vitro en 2001 cuando elle tenía un cáncer incipiente que obligaba a que le extirparan los ovarios. Obtuvieron así seis embriones que mandaron congelar, con la intención de que ella los gestara una vez terminado el tratamiento que la dejaría estéril. Pero, después, los dos se separaron y, aunque ella seguía queriendo tener un hijo, él no se lo permitió. El Tribunal, en su sentencia, considera el litigio como un conflicto entre dos voluntades. Los jueces reconocen que la mujer está involucrada en la reproducción en grado más intenso; pero, replican que el derecho del hombre no es menos digno de protección. Ciertamente, ella goza de poder de veto pues, no sería posible obligarla a gestar si no quisiera. Así pues, parece equitativo dar derecho de veto a ambas partes hasta la implantación. Iniciado el embarazo, la mujer tiene derecho absoluto de veto, cualquiera que sea la voluntad del hombre. Como la ley permite el aborto, la decisión de ella sigue siendo revocable, aunque él ya no pueda echarse atrás. Esto es, el Tribunal reconoce la voluntad del padre en el caso de la fecundación in vitro hasta la implantación del embrión pero, la ley no reconoce la voluntad del padre en el caso del aborto en ninguno de los plazos. Y, desde luego, tampoco se tiene en cuenta la voluntad de los futuros abuelos (pues, también es su nieto y, por ejemplo, el futuro heredero que esperan para sus bienes).

El hijo no es posesión exclusiva de la madre. La nueva ley del aborto propone la idea metafísica de la autodeterminación de la mujer, sin tener en cuenta que es una codeterminación familiar, social, con el novio o marido, &c. Además, los hijos no son propiedad de sus padres, como si fuesen un producto de consumo. De hecho, si unos padres no cumplen con sus deberes paternales se les puede retirar la custodia de sus hijos. Pero, en cambio, con el aborto pueden abdicar de toda responsabilidad y asesinarlo.

La formulación más explícita de esta pseudoideología del derecho de propiedad absoluto de la madre gestante respecto al embrión o feto es la frase que repiten muchas proabortistas: «Nosotras parimos, nosotras decidimos.» Esta frase, aunque parezca lo contrario, es profundamente machista pues, libera al padre de toda responsabilidad paterna sobre lo que ha hecho y fomenta que los hombres se dediquen a tener relaciones promiscuas, que del resultado de las mismas ya se encargarán las mujeres («para tí sola, yo me lavo las manos»).

Otro absurdo y otra contradicción, en la ley de plazos propuesta por nuestro Gobierno, es el permitir abortar a las chicas de 16 y 17 años sin el consentimiento de sus padres (se ha maquillado la ley exigiendo que informe a los padres, pero ella es la que decide, esto es: «padres, os informo de que voy a abortar»). Las menores no pueden votar, ni fumar, ni beber alcohol, ni tienen responsabilidad penal plena, y sus padres no las pueden echar de casa pues, se considera que dependen de ellos y tienen obligación de cuidarlas hasta los 18 años pero, sí pueden decidir abortar (o decidir ser madres, lo cual ,también, es una decisión de gran responsabilidad) por su cuenta y riesgo (por ejemplo, UPyD –el partido de Rosa Díez– ha votado en contra de la nueva ley del aborto por considerar que el Estado hace una apropiación indebida de la tutela de las menores a sus padres; y el PAR, en el Parlamento aragonés ha presentado una iniciativa parlamentaria que se ajusta al derecho civil aragonés y, que ha sido respaldada por mayoría, en el sentido de que «en este derecho civil, el menor con capacidad de decisión es amparado por sus progenitores mediante la asistencia favoreciendo el pleno desarrollo de su personalidad. Aplicar el derecho civil aragonés supone ofrecer a los padres la posibilidad de ejercer su derecho a conocer y participar del que puede ser el asunto más importante que hasta ese momento les haya tocado vivir al lado de su hija»).

Pero, tratemos este asunto con un poco de detenimiento:

• Libertad y responsabilidad: sólo si uno es, o se le considera, responsable de sus actos es libre. Por esto, no se consideran responsables de sus actos a los niños y adolescentes y, las sanciones por sus conductas –por ejemplo, robar o romper un cristal– las asumen sus padres. Sin embargo, otra contradicción, se considera libre de elegir a la chica de 16 años pero, no responsable de sus actos (pues, no se le permite fumar, conducir o votar).

• Con este artículo de la nueva ley se piensa en una chica de 16 años que, por un descuido o accidente o negligencia, ha tenido relaciones sexuales y queda embarazada y, si tiene el niño, se le destroza la vida; en contra de unos padres «católicos, de derechas» que no la quieren dejar abortar. Pero, supongamos el caso opuesto, que también se puede dar: la chica quiere tener el niño y sus padres «progresistas, de izquierdas» quieren que aborte. La chica decide, en contra de sus padres, y lo tiene. Nace el bebé (el nieto de sus padres) y, a estos, se les obliga a mantener a su hija –pues, aún es menor de edad– y al nieto hasta los 18 años de ésta. Esto es, no se les permite decidir en una situación que les incumbe (como al padre del niño) pero, tienen que asumir las consecuencias de una decisión que no es suya. Y, la hija, es libre de decidir pero, no responsable de las consecuencias de su decisión. ¿Qué responsabilidad es ésta, que es de una y la asumen otros?

Hay otra cuestión ética y moral que quiero tratar: la ley de plazos del aborto, al no exigir razones o casos en los que únicamente se pueda abortar, abre el paso a toda suerte de motivos frívolos, extravagantes e, incluso, bárbaros. Abre el paso a la eugenesia (selección de los rasgos físicos y psicológicos de los que van a nacer, como ya hacían los nazis) o a abortar por no engordar, o porque se quiere un niño en vez de una niña, o por cualquier otro deseo. Se transforma el aborto, no en una decisión ética grave, sino en una elección intrascendente de un producto de consumo.

Hago aquí otra digresión para recordar que, según Gustavo Bueno, «el aborto está bioéticamente justificado en todas aquellas situaciones en las cuales la continuidad del embrión ponga en peligro la continuidad de la vida de la madre o la del grupo social. Nos encontramos entonces en el conflicto entre la generosidad y la firmeza, como virtudes éticas fundamentales. La generosidad ante el embrión indefenso cederá ante la firmeza de la madre; si esta firmeza está comprometida por el embarazo, sea a través de la misma vida orgánica, sea a través de la vida ulterior (por ejemplo, si el feto está malformado o si es fruto de una violación). Lo abortará bioéticamente, no porque sea parte de su cuerpo, sino simplemente porque es su enemigo en la lucha por la vida. Daremos análogos juicios en lo que concierne al control de natalidad. Si una proliferación excesiva de embriones pusiera en peligro la vida del grupo social, este tendría que defenderse de sus futuros competidores en nombre de su propia vida. Pero, desde los principios del materialismo bioético, cabe derivar un juicio condenatorio contra la práctica incondicional del aborto de embriones o fetos bien formados, fundada en la simple premisa de no haber sido deseado el embarazo. Quien sostiene esta premisa, debiera haber conocido los procedimientos de control de la natalidad; y el no haberlos utilizado implicará una gran negligencia de efectos potenciales o actuales muy graves –riesgo de la vida, atenciones hospitalarias, &c.– que debería compensar con una fuerte multa o sanción.»

Cuestiones políticas, sociales y económicas

El primer asunto que podemos tratar aquí es otra contradicción: en la todavía vigente ley del aborto se utiliza el término, ya en su título, de «despenalización» del aborto, esto es, no es que la ley permita el aborto (entonces, reconoce que es un delito) sino que se eliminan sus sanciones y penas en algunos casos (peligro para la salud física o psicológica de la madre, embarazo producido por una violación y malformaciones del feto); se incurre, me parece, en la contradicción de considerar el aborto una acción punible pero eliminar las penas que le corresponderían, se despenaliza ( es como si en un instituto se reconociera que la conducta de un alumno es grave y sancionable pero, según las normas internas del centro, no se sanciona, se despenaliza). La nueva ley de plazos por aprobar da un paso más: no habla del aborto sino de la «interrupción voluntaria del embarazo», con lo que se coloca en la perspectiva exclusiva de la madre gestante (obviando, eufemísticamente, la acción de destruir el embrión o feto) y subrayando su decisión de interrumpir (véase, la palabra elegida tan asépticamente, como quien interrumpe el suministro de luz) voluntariamente el proceso del embarazo. Y es más, se considera éste un «derecho» de la mujer, un derecho que exigen o tienen las mujeres. Pero, recordemos que los derechos no se tienen ni se exigen, sino que se conceden si así lo considera la sociedad y sus instituciones; y que, en nuestra Constitución no se contempla ese derecho.

La segunda cuestión a tratar, la podemos formular como una pregunta: ¿es la defensa del aborto una postura política de izquierdas y progresista? Me parece que, según los presupuestos del progresismo, sería más progresista estar en contra del aborto, por varias razones:

• Ha sido practicado por regímenes totalitarios que hoy consideramos execrables (ejemplo: la Alemania nazi con los judíos, la China actual con las niñas, &c.).

• Va contra la teoría progresista de aumentar el gasto social pues, coherentemente, se debería ayudar a las mujeres gestantes con problemas económicos, laborales, de pareja y otros a poder tener su hijo o darlo en adopción (otra política social) a tantas parejas que lo desean. En España no hay ayudas para la mujer embarazada, como sí las hay en la mayoría de los países europeos (Cáritas ha denunciado que el gasto social en España está muy por debajo de la media de la Unión Europea).

• Desde el punto de vista económico es un despilfarro si se realiza en la sanidad pública o un negocio si se practica en clínicas privadas (a las que parece apoyar el Gobierno –él sabrá por qué– en contra de su ideología de lo público); y, socialmente, es lo contrario de lo que habría que hacer para solucionar la baja tasa de natalidad que tenemos, con sus efectos de: envejecimiento de la población, problemas para garantizar las futuras pensiones, &c.

Visto esto, sólo cabe entender una causa por la por la que los partidos políticos de izquierdas apoyan el aborto contra todas las razones arriba aducidas: en las democracias capitalistas del Estado del Bienestar actuales, ante la falta de criterios políticos reales para distinguir las izquierdas de las derecha, las izquierdas toman como causas políticas diferenciadoras cuestiones que no son estrictamente políticas sino éticas o de otros tipos (el aborto, la eutanasia, los matrimonios homosexuales, la paz, la defensa del medio ambiente, &c.); utilizadas como banderas distintivas cuando los criterios clásicos para distinguir izquierdas y derechas ya no están vigentes pues, en España, o en cualquier país occidental democrático, la alternancia de gobiernos de izquierdas o de derechas no supone ningún cambio significativo en las llamadas «políticas sociales» (pensiones, derecho a cobrar el paro, &c.), ni en el modelo de Estado (curiosamente, las izquierdas apoyan los nacionalismos regionales pero, ¿es el nacionalismo de izquierdas?; este es otro tema que no podemos tratar aquí), &c. Y, además, la «lucha de clases» ha perdido su sentido en un sistema en el que no se sabe, por ejemplo, si los autónomos, o las profesiones liberales, o los trabajadores con acciones de su empresa, o las sociedades anónimas, o las cooperativas, o las pequeñas empresas en las que el jefe trabaja como un trabajador más –que son la mayoría de la población activa en nuestro país–, son trabajadores o empresarios, obreros o patronos, explotadores o explotados, en un sistema en el que todos somos consumidores en el mercado pletórico.

El aborto no es un tema de diferenciación política, sino bioética (que incluye todas las cuestiones ontológicas, antropológicas, éticas, políticas, sociales y económicas que hemos tratado) y se puede, perfectamente, sin contradicción ideológica, ser de izquierdas y estar en contra del aborto o ser de derechas y estar a favor del mismo.

Para ir terminando, quisiera comentar el «gran» argumento que, a falta de otros, se nos da como conclusión: «Lo que hace la ley del aborto es dar libertad a cada cual para que haga lo que considere. Se permite pero no se obliga a abortar a nadie. Si usted está en contra del aborto, no aborte. Pero, déjenos en paz a los que estamos a favor.» Este semiargumento sólo engaña a los ingenuos pues, sólo vale si se es ya proabortista. Ya que, los que consideran el aborto como un asesinato no se pueden quedar satisfechos y tranquilos sabiendo que se legaliza, aunque sean otros los que maten los embriones. Es como si se legalizase el robo a mano armada pero, el que no quiera, si va contra sus convicciones, que no lo realice. Aquí no se trata de si a usted o a mí nos parece bien o mal o si realizaríamos una acción concreta u otra si nos viésemos en esta situación, sino de establecer unas normas legales (y éticas; por esto la ética es trascendente, razonada, no de opiniones o gustos personales) de obligado cumplimiento. Es más, los que consideran el aborto como un asesinato sólo pueden ser coherentes con su posición si hacen todo lo posible para que no se legalice, y no ejercer una falsa tolerancia hacia los que consideran que están cometiendo un asesinato. En este sentido, y aunque uno no esté de acuerdo con sus supuestos, la Iglesia hace muy bien en condenarlo y tiene todo el derecho a la libre expresión. Como se ve en este caso –y en muchos otros- no es posible seguir la ética del consenso del filósofo alemán Habermas (lo cual la invalida totalmente) pues, no es posible llegar a un consenso en temas como este de posturas enfrentadas: o se permite el aborto o no se permite (como en la pena de muerte: se legaliza o no; el consenso sería tan absurdo y macabro como dejar al ajusticiado medio muerto).

Termino, diciendo que en este artículo me he intentado guiar por la razón. Si en democracia no se razona, si se toman decisiones y se promulgan las leyes movidos por los sentimientos, las opiniones, las ideologías o las creencias, sin escuchar y aceptar o rebatir los argumentos de las otras partes, sólo empujados por la fuerza del mayor número de votos, la democracia se convierte en la dictadura de la mayoría.

 

El Catoblepas
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