El CatoblepasSeparata de la revista El Catoblepas • ISSN 1579-3974
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El Catoblepas · número 199 · abril-junio 2022 · página 7
Artículos

Teoría general de la familia y el matrimonio como instituciones antropológicas

Daniel Alarcón

Se explica el núcleo, el cuerpo y el curso de estas instituciones, así como se esboza una tipología de familias y se expone un análisis funcional del papel de la familia nuclear en la España del presente

cuadro

Introducción

La familia como institución parece estar desde hace años en el centro del debate público español y de otros países, habiendo recibido valoraciones muy diversas que se mueven entre dos polos extremos:

(1) de un lado, quienes conciben la familia como una Idea fuerza de la política, reducida a la familia tradicional católica entendida a su vez como familia natural, que consideran que la cultura occidental habría entrado en decadencia al ritmo que esta institución se iba devaluando en favor o bien del individualismo más atroz o bien de estructuras socialistas sucedáneas y falsas como el Estado, que quieren suplantar sus funciones; y

(2) de otro lado, quienes ven en la familia un estado de servidumbre de la mujer frente al varón, que impediría su autonomía y autorrealización laboral y personal, como eje principal de la estructura cultural patriarcal y opresora de la que ésta tendría que liberarse. Esta perspectiva tiende a ir acompañada de críticas más o menos definidas a la concepción de los primeros, acusándolos de reducir la variedad infinita de formas familiares a sólo la familia católica, e ignorando las familias monoparentales, con hijos adoptados, de padres homosexuales o incluso con alguno de ellos transexual, interraciales, etc. que harían de ésta una institución arbitraria en el fondo, en la que todo cabe y donde toda forma de familia es equivalente, es decir, vale lo mismo, que cualquier otra. O bien la familia sería una institución vestigial, sin sentido o incluso perjudicial en el moderno Estado de bienestar, dado que opondría a la igualdad de oportunidades que éste puede proveer a los ciudadanos el privilegio de ser hijo de tal persona.

De entre las dos posiciones extremas, la que ha llegado a calar en mayor grado en la opinión pública española actualmente es la segunda, oficial además a través de instituciones políticas como el Ministerio de Igualdad a cargo de Irene Montero o el Instituto de la Mujer, y es también la más peligrosa y dañina para España, por las razones que en seguida vamos a ver. Esta es la razón que aconseja que la crítica filosófica se centre en este tipo de concepción antes que en la tradicionalista, de carácter a día de hoy minoritario, y que pese a su tendencia a presentar como natural la familia católica reconoce al menos la diferencia fundamental y de valor entre la familia nuclear y las formas de familia no nucleares. Pero como hemos visto, la cuestión del valor de la familia es hasta cierto punto indisociable de la cuestión de qué es la familia, o sea de cuál es la esencia de la familia. En este sentido, hay que empezar por preguntarse esto último. Por tanto: ¿Qué es la familia?

1. Qué es la familia

La respuesta aparentemente más fácil a esta pregunta sería la siguiente: la familia es lo que las leyes vigentes en España digan que es la familia. Este tipo de concepción es lo que se conoce como formalismo jurídico, porque en la definición no entra en el contenido de lo que es la familia, sino que la reduce a una forma jurídica. Sin embargo, al formular este tipo de definición se incurre principalmente en cuatro contradicciones:

(1) Se cae en un puro círculo vicioso, porque incluye en la definición la misma palabra que quiere definir: la familia es lo que la ley diga que es la familia.

(2) No se da cuenta del hecho de que “lo que las leyes dicen que es la familia” va cambiando dependiendo de la sociedad política y del tiempo al que estemos haciendo referencia. No son lo mismo las definiciones de familia que aparecían en las leyes españolas de la Segunda República, que las que aparecían durante el Franquismo, que las que aparecen actualmente, ni que las que aparecen en las leyes mexicanas, argentinas, chilenas, francesas, alemanas, inglesas, italianas, etc. Esta es la razón por la cual una definición de este tipo no dice nada del contenido de lo que es la familia.

(3) Se incurre en una forma de idealismo al suponer que son leyes arbitrarias puestas por un gobierno las que crean de la nada la familia, cuando lo que sucede es que las leyes formalizan una institución material de la familia que ya preexistía a ellas, es decir, se limitan a darle un estatuto jurídico propio cuyo fin consiste en regular el tipo de relación económica que los esposos que se han casado van a mantener entre sí, la distribución de herencia entre los hijos cuando hayan fallecido, las obligaciones que los padres tienen de cuidarlos cuando estos son menores, etc.

(4) Y se incurre además en una forma de etnocentrismo, porque al reducir la familia a una forma jurídica deja fuera de ésta a todas las sociedades donde no existe un Estado que regule sus relaciones a través de leyes positivas. O sea, implicaría que ninguna sociedad no organizada políticamente puede tener instituciones familiares.

Por tanto, nosotros vamos a empezar por desmarcarnos de la concepción formalista jurídica de la familia, y en su lugar vamos a optar por una concepción institucionalista. Desde esta perspectiva, vamos a suponer que la familia no es meramente una forma jurídica sino sobre todo una institución antropológica, entendiendo por tal un modelo repetible y artificioso, generalmente transmitido de generación en generación con más o menos alteraciones, que define normativamente algún tipo de pauta de comportamiento de los miembros de una sociedad histórica dada. O sea, repetible porque para que un español pueda aprender a comportarse como se espera de un padre, el rol social de ser un padre tiene que poder ser repetido, y lo mismo va para el hijo, el hermano, el tío, el sobrino, la esposa, el nieto, la nieta, etc.; y artificioso no en el sentido de arbitrario, como si no hubiese razones objetivas de tipo histórico o ecológico que determinen por qué necesariamente la institución de la familia es de determinado tipo en X sociedad, sino en el sentido de que esas razones no son naturales, es decir, no están reguladas meramente por la biología. Y con esto nos desmarcamos de un lado de la concepción tradicional católica de la familia que ve en ésta una forma natural y de otro lado de la concepción progresista que supone que la familia es una especie de constructo arbitrario y opresor donde entra todo, puesto ahí voluntariamente por alguien sin que se sepa muy bien por qué ni cómo ha llegado a existir.

Y finalmente tenemos que distinguir entre concepciones fijistas y evolucionistas de la familia, para optar por las segundas. Así, supondremos que no hay una sola forma de familia, sino que como tal institución cultural hay muchas formas de familia distintas dependiendo de la cultura que estemos teniendo en cuenta, y que esas formas de familia van transformándose y cambiando con el paso del tiempo, y que además la familia no es eterna, sino que tiene un origen. Por tanto, a la definición de lo que es la familia, o sea, de su núcleo, tiene que acompañarle una precisión de cuál es también su género radical (es decir, de la transformación de qué ha resultado la familia, cuál es el origen de la familia), su cuerpo (es decir, los rasgos que se van acumulando en las transformaciones que van teniendo lugar en la institución familiar) y su curso (es decir, qué transformaciones se producen propiamente):

(1) Género radical de la familia:

Las especies animales, y entre ellas el ser humano como homo sapiens biológico, han evolucionado con un tipo de reproducción vivípara, es decir, en la que el embrión se desarrolla directamente en el interior del cuerpo de la hembra madre, al contrario que los organismos ovíparos como las aves o los peces, para los que el embrión se desarrolla en el interior de un huevo. El nuevo organismo animal resultado de esta multiplicación nace muchas veces en un estado indefenso frente a depredadores e incapaz de alimentarse por sí mismo, siendo así que requiere del cuidado al menos de la madre hasta alcanzada la madurez, que lo provee tanto de leche como de protección; así ocurre en todo tipo de primates. Si admitimos que los españoles actuales y el resto de hombres somos el resultado de la evolución de otras especies biológicas previas (homo afarensis, homo erectus, homo habilis, etc.) y que estas instituciones propias del homo sapiens se han ido sedimentando paulatinamente conforme las diferentes sociedades de hombres primitivos se fueron desarrollando históricamente, la familia como institución que aparece en culturas de todo el planeta no es sino la transformación por aprendizaje a través de instituciones de las relaciones etológicas que ya preexistían en el homo sapiens “en estado de naturaleza”. Hay que insistir en que esto no significa que la familia pueda ser explicada a través de “leyes naturales”, o que la familia sea algo que corresponda estudiar a un biólogo, más que a los antropólogos, sino que simplemente reconoce que, puesto que nada surge de la nada, también la familia como institución cultural tiene que ser el resultado de la transformación de algo previo que no era propiamente aún una institución.

(2) Núcleo de la familia:

Desde este punto de vista, podemos definir el núcleo de la familia como la comunidad o círculo estable de roles sociales que se establece entre padres y madres respecto de sus hijos o progenie, y el matrimonio como la relación que los progenitores de la familia mantienen entre sí.

En todas las culturas del mundo, el matrimonio es una estructura que está funcionalmente orientada a la procreación, a tener hijos. Si seguimos el análisis que de él hizo Arnold van Gennep (1986) en su obra Los ritos de paso, la boda como ceremonia que instituye un matrimonio sería el medio por el cual los individuos contrayentes que se casan ingresan en la madurez social. Dicho con otras palabras, alcanzar la madurez implica casarse y casarse implica alcanzar la madurez.

Además, el matrimonio, y por tanto la familia que se va a formar, no sólo interesa a quienes se casan, sino también a los mozos y damas de honor, a los parientes cercanos, a los grupos de ascendientes por línea materna y paterna y el resto de parientes en general, a la corporación profesional, casta, etc. a que estos pertenecen y, en suma, a la sociedad en su integridad. De ahí que las bodas conllevan una ruptura del equilibrio de toda la sociedad: se paraliza la producción, se gastan los ahorros… y que por su importancia le suela preceder un período más o menos largo de noviazgo. La boda suele tener lugar en primavera, invierno y otoño, es decir, en malas estaciones y no en época de trabajo en los campos, porque es en esta época cuando los trabajos están terminados, los graneros y las arcas llenos y es por tanto una buena ocasión para que los novios arreglen el nuevo hogar.

Una vez constituido el matrimonio, los contrayentes adquirirán el deber de contribuir a que la sociedad pueda continuar existiendo en el tiempo a través de la procreación, teniendo hijos, y tendrán además la obligación de educarlos conforme a las reglas y pautas de comportamiento tradicionales del grupo y de conseguir de ellos que se conviertan en miembros útiles y productivos. En una palabra, habrán generado una nueva familia.

(3) Cuerpo de la familia:

Si utilizamos la teoría de Gustavo Bueno (1978) de los tres ejes del espacio antropológico, es decir, la teoría según la cual las relaciones propias de una sociedad pueden ser clasificadas en tres planos o ejes: el eje circular (correspondiente a las relaciones que sus sujetos o miembros mantienen entre sí), el eje radial (correspondiente a las relaciones que estos mantienen con objetos o cosas) y el eje angular (correspondiente a las relaciones que mantienen con los animales como sujetos no humanos), es evidente que el núcleo de la familia se mantiene fundamentalmente en el eje circular.

Sin embargo, conforme la familia se desarrolla históricamente, se abren dentro de sus instituciones características relaciones que ya no son exclusivas del eje circular, sino también del eje radial y del eje angular:

(A) Del eje radial, una propiedad comunitaria de la familia, empezando por una vivienda compartida u hogar, que es lo que se conoce como patrimonio, y que los hijos heredarán bien a través de la línea de ascendencia materna, cuando la sociedad es del tipo matrilineal, bien a través de la línea de ascendencia paterna cuando es del tipo patrilineal, bien de un modo mixto a través de ambas cuando es del tipo ambilineal, como sucede actualmente en España. En este punto, cabe citar la interesante aportación que Luis Carlos Martín Jiménez hizo hace poco en el programa Teatro crítico del canal fgbuenotv que se titula “El estatuto jurídico de la institución familiar”{1}, donde propone que la familia adquiere su significado político precisamente a través de la propiedad familiar o patrimonio, siendo la propiedad privada una institución esencialmente política, regulada indirectamente por el Estado.

(B) Y del eje angular, de un lado los animales domésticos, o sea del hogar familiar, bien de recreo –mascotas como los gatos o muchas especies de perros– bien de ganado –para la producción de leche o lana en el caso de las ovejas, o para comerlos–, y de otro lado los esclavos en el caso de las sociedades esclavistas, como las de Antigüedad Clásica, Grecia y Roma. Y es que en éstas no se consideraba propiamente a los esclavos como personas, ni se los trataba del mismo modo que se podía tratar a un hombre libre (es decir, como contenidos del eje circular), sino como propiedades privadas del paterfamilias (del “padre de familia”), y por tanto como contenidos del patrimonio.

En cuanto a los animales de compañía, conviene aclarar la lamentable confusión que afecta a muchos de los pensadores progresistas de la España del presente cuando afirman que las mascotas son miembros de la familia. Efectivamente, las mascotas son parte de la familia en cierto sentido, y lo llevan siendo durante toda la historia, pero lo que no son es parte del núcleo de la familia sino del cuerpo; o sea, no están en pie de igualdad con los hijos o los padres sino al mismo nivel que otras propiedades familiares, aunque las relaciones que se mantengan con ellos no sean las mismas que se mantienen con una mesa o una puerta del hogar (propias del eje radial), sino de un tipo especial que los reconoce como sujetos y no como meros autómatas, aunque no sean sujetos humanos (eje angular).

(4) Curso de la familia:

Finalmente, sobre las transformaciones que la institución de la familia ha ido sufriendo a lo largo del tiempo, nos interesan particularmente las que terminarán dando lugar a la actual familia en España, y en esta línea de desarrollo tenemos que remontarnos por tanto a las familias griega y romana, donde se origina la propia palabra “familia”. Y ésta deriva precisamente de famulus, que hace referencia al esclavo doméstico. De esta etimología, Engels (1977) dedujo erróneamente que la mujer en la Antigua Roma tenía un estatus familiar del mismo tipo que un esclavo. Sin embargo, si siguiendo a Daniel Jiménez (2019) atendemos al testimonio de Dominico Ulpiano, las leyes romanas distinguían dos usos distintos de la palabra familia: uno con sentido el de propiedad (res), que hacía referencia al patrimonio, y otro con sentido personal (personae) que hacía referencia a todas aquellas personas libres bajo la autoridad del paterfamilias: hijos, nietos e hijos adoptivos. En cuanto a la mujer, había dos tipos de matrimonio: el cum manu, en el que ésta pasaba a la autoridad del marido, y que cayó en desuso ya a finales de la etapa republicana, y el sine manu, en el que permanecía bajo la autoridad del padre. Pero tanto en el primero como en el segundo, la mujer mantenía con su marido una relación completamente distinta de la que éste mantenía con sus esclavos.

En la práctica, la situación familiar de la mujer en esta y otras sociedades en las que la autoridad recae sobre el padre de familia (la familia patriarcal) no es de su esclavización u opresión por parte de éste, como pretende el feminismo hegemónico, sino en todo caso de infantilización. Es decir, a las mujeres se las trataba de manera semejante a como se trataba a los niños, y como tales no se las maltrataba por regla, como tampoco a los niños, sino que el rol masculino del padre, analizado también por David Gilmore (1994), tenía como fines fundamentales los tres “pro”: proveer, es decir, traer dinero a casa, proteger, es decir, evitar que cualquier otra persona pueda hacerle daño a su familia, y procrear, es decir, engendrar muchos hijos.

Sobre el desarrollo posterior de la familia, cabe también mencionar como tema de polémica en la actualidad la incorporación de la mujer casada al mercado laboral, tal y como fue explicada por Marvin Harris (1992) en su conocida obra La cultura norteamericana contemporánea. De acuerdo con el relato feminista oficial, la mujer en el hogar estaba oprimida y dependía del marido cuando el surgimiento espontáneo de la conciencia feminista y su organización como movimiento social condujo a su incorporación al mercado laboral, y con ello a su emancipación o liberación. Sin embargo, para Marvin Harris el proceso fue justamente el inverso: fue la incorporación de la mujer al mercado laboral, como resultado de procesos objetivos que estaban teniendo lugar en la base económica, la que dio lugar como superestructura ideológica al surgimiento del feminismo. En todo caso, esta incorporación no fue en ningún sentido una liberación o emancipación de la mujer, sino un cambio de la dependencia que ésta tenía respecto de su marido hacia una dependencia del jefe o jefa en el trabajo, o bien de los clientes que sustentan su negocio cuando llega a ser ella misma empresaria.

No se puede decir en ningún sentido, por tanto, que las mujeres en el mercado laboral son absolutamente libres y autorrealizadas, mientras que como amas de casa en el hogar están oprimidas y esclavizadas; lo que ha tenido lugar en cuanto a la posición de la mujer no es, en suma, una liberación, sino una transformación en su relación de dependencia.

2. Géneros y especies de familia

De entre los diferentes tipos de familia, lo primero que hay que hacer es distinguir la familia nuclear de la familia no-nuclear. Con familia nuclear nos referimos a todas aquellas formas de familia que cumplen la definición del núcleo, es decir, el ser una institución que consiste en la comunidad o roles sociales que se articulan en torno a los hijos o progenie; y con familia no-nuclear nos referimos a las formas de familia que si bien han partido históricamente de ese núcleo, son el resultado de su transformación hacia un estado tal que la comunidad doméstica en cuestión ha dejado de cumplir su función esencial relacionada con la procreación. O dicho en otras palabras, familias no-nucleares son todas aquellas estructuras evolucionadas de la familia que por razones objetivas son incapaces de generar descendencia dentro del seno de la propia pareja matrimonial; principalmente: la llamada “familia monoparental”, la “familia adoptiva”, la “familia de padres divorciados” y la “familia de padres (o madres) homosexuales”, dentro del “matrimonio homosexual”.

No se trata de dos géneros de familia simultáneos y puestos en pie de igualdad, porque para que puedan haber llegado a existir formas familiares no nucleares ha sido necesario que previamente existieran históricamente durante milenios formas familiares nucleares, mientras que, por el contrario, no era necesario que existiesen formas de familia no nucleares para que existiesen formas nucleares. O sea, la familia no-nuclear presupone la familia nuclear como de-generación suya, como pérdida del núcleo esencial, sin que se dé la contrarrecíproca. La familia nuclear tiene prioridad lógica e histórica sobre la familia no nuclear, dicho esto sin que tenga por sí mismo ningún sentido valorativo, es decir, sin que la nuclear tenga sólo por ser nuclear también prioridad axiológica.

(1) Especies de familia nuclear:

Dentro del género de la familia nuclear, dependiendo de cuál sea la línea de ascendencia por la que se hereda el patrimonio, ya hemos visto que se distinguían de un lado las instituciones familiares matrilineales, las patrilineales y las ambilineales. Y dependiendo de si en el momento de la boda es el hombre el que se traslada a la residencia de la mujer o al contrario, se puede distinguir también entre formas matrimoniales patrilocales (cuando la mujer se desplaza al hogar del marido), matrilocales (cuando es el hombre el que se desplaza al hogar de la mujer) y ambilocales (cuando no está socialmente definido de entrada el desplazamiento). Pero sobre todo, el criterio más importante de distinción de especies de familia es el que separa las formas familiares monogámicas (cuando el matrimonio se compone de únicamente un hombre y una mujer), poligínicas (cuando se compone de un hombre y varias mujeres) y poliándricas (cuando se compone de una mujer y varios hombres). La mayoría de culturas del mundo han desarrollado sobre todo familias del tipo monogámico, y sólo en condiciones ecológicas muy particulares llegan a formarse familias poligínicas (como en el caso de la cultura musulmana), o más raramente incluso poliándricas. La familia nuclear en España actualmente es del tipo ambilineal, ambilocal y por supuesto monogámica.

(2) Especies de familia no-nuclear:

Y dentro del género de la familia no nuclear podemos considerar las siguientes especies:

(a) En primer lugar, la familia monoparental. Es no nuclear por la sencilla razón de que el homo sapiens ha evolucionado hacia un tipo de reproducción sexual que requiere de dos progenitores distintos, y una sola madre o un solo padre no se puede autofecundar a sí mismo. Una madre puede tener hijos con otro hombre, pero si no está casado con ella como parte de la familia, entonces los hijos no han sido tenidos dentro del matrimonio ni es una familia, pero si sí lo ha hecho, entonces no sería una familia monoparental sino biparental, o sea nuclear.

(b) En segundo lugar, la familia adoptiva. De nuevo vuelve a ser no nuclear, porque si los hijos son adoptados, entonces por definición han sido concebidos fuera del matrimonio que los adopta, lo que no impide que puedan ser tratados por éste exactamente igual que si fuesen hijos biológicos suyos, y posteriormente heredarán de la misma manera de acuerdo con el código legal vigente en España.

(c) En tercer lugar, la familia de padres divorciados. En este caso, se parte inicialmente de una familia en el sentido nuclear, pero a través del divorcio el núcleo se desestructura; los padres ya no conviven juntos y con los hijos, sino que se reparten de mutuo acuerdo o a través de un juez cuándo corresponde tenerlos a cada uno de ellos.

(d) Y, en cuarto lugar, la familia de padres homosexuales, es decir con dos padres varones o con dos madres mujeres. Gustavo Bueno decía de ella en una entrevista en vídeo para Periodista digital sobre su ensayo El fundamentalismo democrático en enero de 2010, en palabras textuales, que el concepto de matrimonio homosexual “destroza completamente la estructura del matrimonio”{2}. Esto puede parecer una actitud homófoba, y sin embargo Bueno significó con esas palabras que si el núcleo –y por tanto la estructura– del matrimonio –y de la familia a su través– implica la generación de descendencia, entonces la noción de un matrimonio homosexual es esencialmente absurda, porque dos hombres, como machos generadores de espermatozoides, no pueden dar lugar a un nuevo individuo, ni tampoco dos mujeres, como hembras generadoras de óvulos, y por tanto el tipo de relación que se establece entre ellos no puede tampoco constituir un matrimonio en el sentido nuclear o fuerte. Y puntualizaba también que no hablaba de su derecho de constituir libremente todo tipo de vínculos de cariño mutuo, sino al concepto con el que se pone nombre a esos vínculos, en la medida en que el nombre “matrimonio” arrastra necesariamente un concepto de matrimonio que depende a su vez una teoría de lo que es antropológicamente el matrimonio.

3. El valor de la familia nuclear en la España del presente

Y llegamos finalmente al punto de debate en torno al valor que cabe atribuir a la familia nuclear para España actualmente. Y es que es evidente que la familia nuclear como institución ya no ocupa la posición central de la sociedad que le correspondía hasta al menos el siglo XIX, lo cual además puede verse por el surgimiento de las diferentes formas de familia no-nuclear que acabamos de analizar. Este proceso, que acompaña al descenso continuo de la tasa de natalidad y a la caída del llamado por Marvin Harris (1992) “imperativo procreador”, de acuerdo con el cual la actividad sexual y el matrimonio permanecían indisociables del fin de la reproducción, viene determinado principalmente por el hecho de que muchas de las funciones sociales que hasta la industrialización había desempeñado la familia van a ir siendo sustituidas por estructuras extrafamiliares de tipo político y mercantil, algo ya percibido por Max Weber (1979). Así, la función educativa va a pasar de la madre a las incipientes escuelas de instrucción pública; la función de protección va a pasar del padre a los servicios de policía nacional; la función de provisión intradoméstica, como el huerto de la casa, va a ir desapareciendo en favor del mercado público, y posteriormente más aún con la incorporación de la mujer casada al mercado laboral; y la función de cuidado de los ancianos va a pasar de los hijos a los nuevos sistemas públicos de pensiones, entre otras.

Todas estas transformaciones podrían dar lugar a pensar que la familia y el matrimonio actualmente no son más que instituciones vestigiales y accesorias, anacrónicas, que podrían simplemente desaparecer. Y sin embargo no es en absoluto así; ambas siguen siendo instituciones fundamentales{3}, y no sólo porque por razones biológicas y psicológicas un niño necesita para desarrollarse del cuidado de una madre estable y definida, y no simplemente de una mujer cualquiera funcionaria del Estado, sino porque el matrimonio nuclear es precisamente el que estadísticamente favorece en mayor medida la generación de descendencia.

Para que España pueda mantenerse en el tiempo, es decir, para constituir su eutaxia, es imprescindible determinado porcentaje de población activa laboralmente y contribuyendo con su acción económica (educación, sanidad, ejército, pensiones…), y para que eso suceda el mejor medio consiste en incrementar la tasa de natalidad nacional. Como alternativa, la inyección constante de inmigración no constituye ninguna solución, y no sólo porque la inmigración de países como Marruecos o Argelia no siempre es rentable económicamente, sino también porque ésta da lugar a una serie de contradicciones étnicas objetivas que terminan en conflictos de tipo religioso endémicos como los que se vienen sucediendo durante los últimos años en Francia.

Pero si la institución que mejor puede contribuir a mantener esa tasa de natalidad es precisamente el matrimonio nuclear, y no cualquier otro tipo de matrimonio sino particularmente éste, entre un hombre y una mujer, entonces podemos deducir de aquí la que llamaremos la regla política de protección del matrimonio nuclear. Lo que significa que un buen gobierno debería tender a favorecer la constitución del mayor número de matrimonios nucleares y por tanto de familias nucleares posible. Otros medios para favorecer la natalidad pasan por políticas como incentivos económicos directos (“cheque bebé”), rebajas impositivas a familias o campañas publicitarias. Y si bien es muy difícil que España pueda llegar a tener la tasa de natalidad que presentaba hace doscientos años, ejemplos como el de Hungría{4} son una muestra de que se puede revertir al menos parcialmente el proceso.

Final

Hemos visto, en suma, por qué la familia es una institución antropológica y no meramente una forma jurídica, y que si bien es cierto que hay muchos tipos de familia distintos (monogámica, poligínica, poliándrica) y no meramente la familia católica tradicional, no puede ponerse en pie de igualdad a las especies de familia y matrimonio nucleares y a las especies de familia y matrimonio no-nucleares. La familia nuclear no es ninguna ficción arbitraria destinada a la opresión de la mujer, sino una institución fundamental que sigue siendo imprescindible para la España del presente y que las políticas públicas deben procurar promocionar por los medios que sean necesarios.

Referencias bibliográficas

Bueno, G. (1971). Etnología y utopía. Valencia: Azanca.

Bueno, G. (1978). “Sobre el concepto de 'espacio antropológico'”, El Basilisco, 5, 57-69.

Gennep, A. van (1986). Los ritos de paso. Madrid: Taurus.

Gilmore, D.D. (1994). Hacerse hombre. Concepciones culturales de la masculinidad. Barcelona: Paidós.

Harris, M. (1992). La cultura norteamericana contemporánea: una visión antropológica. Madrid: Alianza.

Jiménez, D. (2019). Deshumanizando al varón. Kindle Direct Publishing.

Marx, K. y Engels, F. (1977). Obras escogidas de Marx y Engels. Tomo II. (En particular: El origen de la familia, la propiedad privada y el Estado.) Madrid: Fundamentos.

Weber, M. (1979). Economía y Sociedad. México: Fondo de Cultura Económica.

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{1}El estatuto jurídico de la institución familiar”, TC157 (5 marzo 2022), con José Luis Pozo Fajarnés, Luis Carlos Martín Jiménez, José María Fernández, Antonio Muñoz Ballesta y Francisco López Ruiz.

{2} Entrevista a Gustavo Bueno, autor de Fundamentalismo democrático, Periodista Digital, 26 de enero de 2010.

{3} Aludo a la distinción de Bueno (1971) entre componentes arcaicos, antiguos, clásicos y fundamentales de la civilización.

{4}La fórmula mágica con la que Hungría ha conseguido aumentar la natalidad y reducir los divorcios”, ABC, 2 julio 2020.

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