El CatoblepasSeparata de la revista El Catoblepas • ISSN 1579-3974
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El Catoblepas · número 214 · enero-marzo 2026 · página 1
Artículos

Análisis crítico del papel del Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos en la conservación y recuperación del patrimonio histórico de la obra pública en España

Ángel de la Rosa Velasco

Se analiza esta figura desde las coordenadas del materialismo filosófico de Gustavo Bueno


Puente
Imperando Trajano se levantó el puente de Alcántara sobre el río Tajo en los años 103-104, en la provincia de Lusitania en Hispania (hoy provincia de Cáceres en España)

Resumen

¿Cuáles son las razones de la escasa presencia del Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos (ICCP) en la conservación y recuperación del Patrimonio histórico-cultural de España? Para responder a la pregunta, este trabajo presenta un análisis crítico sobre su limitada participación en la recuperación del patrimonio histórico de la obra pública en España, basado en el ensayo de Gustavo Bueno La filosofía crítica de Gracián (2001). Se examina la normativa vigente –Ley 16/1985 del Patrimonio Histórico Español y Ley 4/2013 de Patrimonio Cultural de Castilla-La Mancha–, evidenciando cómo la limitada implicación del ICCP debilita el enfoque interdisciplinar necesario para la preservación de infraestructuras como puentes, presas, canales y carreteras. El estudio aplica un enfoque de crítica múltiple con finalidad constructiva, orientado no solo a identificar carencias, sino también a proponer alternativas que favorezcan la integración del ICCP en equipos multidisciplinares y aseguren intervenciones rigurosas, sostenibles y técnicamente sólidas sobre el patrimonio técnico histórico.

1. Introducción

El patrimonio histórico construido en España ha sido tradicionalmente abordado desde una perspectiva arquitectónica y monumental. Sin embargo, una parte fundamental de este legado la constituyen las obras públicas de ingeniería civil, incluyendo acueductos como el de Segovia, puentes como el de Alcántara, presas como la de Consuegra, así como calzadas y caminos históricos que han articulado y continúan articulando el territorio.

A pesar de la relevancia de estas infraestructuras históricas, la participación del Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos (ICCP) en los procesos de conservación y recuperación continúa siendo limitada. Sin embargo, el compromiso reciente del Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos se ha materializado en la publicación del Catálogo de Actuaciones en el Patrimonio de las Obras Públicas{1}, donde se identifican 111 intervenciones en toda España que requieren rehabilitación parcial o total, así como mejoras en señalización y difusión pública. Este esfuerzo institucional debería servir como un estímulo para reforzar el papel del ICCP, cuya limitada presencia ha favorecido que muchas actuaciones se guíen principalmente por criterios arqueológicos que, si no se complementan con conocimientos técnicos especializados, pueden poner en riesgo la integridad estructural y funcional de las obras públicas patrimoniales.

El presente estudio propone un análisis crítico que aporta elementos para evaluar la situación del patrimonio técnico en España, identificar carencias y proponer soluciones constructivas. Se subraya la importancia de integrar al ICCP en equipos interdisciplinarios junto a arquitectos, arqueólogos y restauradores, con el objetivo de garantizar intervenciones más rigurosas, seguras y respetuosas con la autenticidad histórica de las infraestructuras.

El objetivo principal de este trabajo es entender las razones de la escasa participación del ICCP en la conservación del patrimonio de obra pública y reivindicar su rol activo en dichos procesos. Esta reflexión crítica no se limita a describir la problemática existente, sino que busca promover cambios en la práctica profesional, en la formación académica y en la regulación normativa, fortaleciendo así la preservación del patrimonio técnico-histórico-cultural en España. Además, el enfoque del estudio, de naturaleza científico-tecnológica, incorpora componentes filosóficos extraídos del Materialismo filosófico de Gustavo Bueno. En particular, se considera el uso de la idea de crítica que el profesor Bueno desarrolla en su artículo La filosofía crítica de Gracián{2}, proporcionando un marco conceptual que permite analizar de manera más profunda la interacción entre disciplinas y la intervención del ICCP en la conservación patrimonial.

2. Materiales y metodología

2.1. Materiales: Marco legal para la conservación de la obra pública histórica española

2.1.1. El marco legal estatal (Ley 13/1985)

La Ley 13/1985 de Patrimonio Histórico Español{3} establece el marco jurídico para la protección del patrimonio cultural en España. Según el Artículo 1, su objetivo es garantizar la conservación, el enriquecimiento y la transmisión del Patrimonio Histórico Español a las generaciones futuras. El mismo artículo (Artículo 1.2) define este patrimonio como los bienes inmuebles y muebles de interés artístico, histórico, paleontológico, arqueológico, etnográfico, científico o técnico. Asimismo, incluye el patrimonio documental y bibliográfico, los yacimientos y zonas arqueológicas, así como los sitios naturales, jardines y parques que posean valor artístico, histórico o antropológico. Por su parte, el Artículo 3 regula los procedimientos de comunicación y asesoramiento en materia de patrimonio, aspecto que conecta directamente con el tema central de esta comunicación:

1. La comunicación y el intercambio de programas de actuación e información relativos al Patrimonio Histórico Español serán facilitados por el Consejo del Patrimonio Histórico, constituido por un representante de cada Comunidad Autónoma, designado por su Consejo de Gobierno, y el Director General correspondiente de la Administración del Estado, que actuará como Presidente.

2. Sin perjuicio de las funciones atribuidas al Consejo del Patrimonio Histórico, son instituciones consultivas de la Administración del Estado, a los efectos previstos en la Ley, la Junta de Calificación, Valoración y Exportación de Bienes del Patrimonio Histórico Español, las Reales Academias, las Universidades españolas, el Consejo Superior de Investigaciones Científicas y las Juntas Superiores que la Administración del Estado determine por vía reglamentaria, y en lo que pueda afectar a una Comunidad Autónoma, las instituciones por ella reconocidas. Todo ello con independencia del asesoramiento que, en su caso, pueda recabarse de otros organismos profesionales y entidades culturales.

En otras palabras, el Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos tendría competencia para actuar como órgano asesor. Sin embargo, esta función no se aplica de manera sistemática sobre el conjunto de bienes inmuebles que integran el patrimonio histórico de la obra pública.

El Artículo 14 clasifica los bienes inmuebles de la siguiente manera:

1. Se consideran bienes inmuebles aquellos elementos consustanciales con los edificios, que formen parte de ellos o de su exorno, aunque puedan separarse.

2. Los bienes inmuebles integrados en el Patrimonio Histórico Español pueden ser declarados Monumentos, Jardines, Conjuntos y Sitios Históricos, así como Zonas Arqueológicas, todos ellos como Bienes de Interés Cultural.

El Artículo 15 distingue entre dos tipos de bienes: los Monumentos y las Zonas Arqueológicas. Los Monumentos se definen como bienes inmuebles que constituyen realizaciones arquitectónicas o de ingeniería, o bien obras de escultura colosal, siempre que posean interés histórico, artístico, científico o social. Por su parte, las Zonas Arqueológicas comprenden lugares o parajes naturales que contienen bienes muebles o inmuebles susceptibles de estudio arqueológico, estén o no extraídos, y se encuentren en superficie, subsuelo o bajo aguas territoriales españolas.

En este contexto, un Monumento de ingeniería de obra pública debería permitir la implicación del ICCP en su conservación. Asimismo, la definición de Zona Arqueológica puede abarcar, en la práctica, a un Monumento de ingeniería, lo que hace obligatoria la participación de un equipo arqueológico en las intervenciones.

El Artículo 39 establece que:

1. Los poderes públicos procurarán por todos los medios de la técnica la conservación, consolidación y mejora de los bienes declarados de interés cultural, así como de los bienes muebles incluidos en el Inventario General. Los bienes declarados de interés cultural no podrán ser sometidos a tratamiento alguno sin autorización expresa de los Organismos competentes.

2. En el caso de bienes inmuebles, las actuaciones irán encaminadas a su conservación, consolidación y rehabilitación, evitando intentos de reconstrucción, salvo cuando se utilicen partes originales y pueda probarse su autenticidad. Si se añadiesen materiales indispensables, deberán ser reconocibles y evitar confusiones miméticas.

Queda expresamente establecida la necesidad de una intervención técnica y tecnológica para la conservación, consolidación y rehabilitación de estos bienes, lo que hace imprescindible la participación del ICCP.

El Artículo 40 define que:

1. Forman parte del Patrimonio Histórico Español los bienes muebles o inmuebles de carácter histórico, susceptibles de ser estudiados con metodología arqueológica, estén o no extraídos y tanto si se encuentran en superficie, subsuelo, mar territorial o plataforma continental. También se incluyen elementos geológicos y paleontológicos relacionados con la historia del hombre.

En otras palabras, se establece tanto la necesidad como la obligatoriedad de contar con un equipo arqueológico en el estudio de estos bienes.

El Artículo 41 regula cuáles son las intervenciones arqueológicas:

1. Se consideran excavaciones arqueológicas las remociones en superficie, subsuelo o medios subacuáticos realizadas para descubrir e investigar restos históricos o paleontológicos, así como componentes geológicos relacionados.

2. Se consideran prospecciones arqueológicas las exploraciones superficiales o subacuáticas sin remoción del terreno, dirigidas al estudio o investigación de dichos elementos.

3. Se consideran hallazgos casuales los descubrimientos de objetos y restos materiales con valor patrimonial producidos por azar o como consecuencia de remociones de tierra, demoliciones u otras obras.

En síntesis, la Ley 13/1985 de Patrimonio Histórico Español no solo permite la incorporación del ICCP en un equipo arqueológico, sino que lo propone explícitamente al reconocer la necesidad de intervención técnica y tecnológica, así como el asesoramiento que pueda requerirse de otros organismos profesionales.

2.1.2. El marco legal autonómico (Ley 4/2013)

La Ley 4/2013 de Patrimonio Cultural de Castilla-La Mancha{4} establece el marco normativo para la protección del patrimonio cultural en el ámbito autonómico. Según el Artículo 1.1, su objetivo es garantizar la conservación, protección y enriquecimiento del Patrimonio Cultural de la Comunidad Autónoma, promoviendo su difusión y transmisión a las generaciones futuras, así como su disfrute por la generación actual, sin perjuicio de las competencias que corresponden al Estado según la Constitución y el resto del ordenamiento jurídico.

El Artículo 1.2 define el Patrimonio Cultural de Castilla-La Mancha como los bienes muebles e inmuebles, así como las manifestaciones inmateriales, que posean valor histórico, artístico, arqueológico, paleontológico, etnográfico, industrial, científico, técnico, documental o bibliográfico de interés para la región.

La Ley 4/2013{4} establece un amplio sistema consultivo (Artículo 6.1) en el que participan las Comisiones Provinciales del Patrimonio Cultural, los Institutos de Estudios Provinciales y Locales, los Colegios Profesionales, la Universidad de Castilla-La Mancha y otras instituciones consultivas, sin perjuicio de que se pueda solicitar asesoramiento adicional a organismos profesionales, instituciones científicas y entidades culturales.

En este sentido, la ley regional reconoce expresamente al Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos como órgano consultivo.

En cuanto a los bienes inmuebles, el Artículo 8.1 los clasifica, al igual que la Ley 13/1985 de Patrimonio Histórico Español{3}, en dos categorías: Monumento –entendido como construcción u obra de notable interés histórico, arquitectónico, arqueológico, artístico, etnológico, industrial, científico o técnico, incluyendo sus muebles, instalaciones y accesorios– y Zona Arqueológica.

Por su parte, el Artículo 9 regula los bienes de interés patrimonial, estableciendo una distinción específica entre sus diferentes tipos:

• Construcción de Interés Patrimonial: inmueble de relevante interés histórico, arquitectónico, arqueológico, artístico, etnológico, científico o técnico.

• Yacimiento Arqueológico de Interés Patrimonial: lugar con bienes muebles o inmuebles susceptibles de estudio arqueológico y con reconocido valor patrimonial.

Cualquier intervención sobre estos bienes requiere autorización previa y la realización de estudios por técnicos competentes (Artículo 27), incluyendo la justificación de la intervención, la descripción del estado del bien, estudios históricos, una propuesta técnica integral y multidisciplinar, así como un programa de mantenimiento.

Por su parte, el Artículo 28 establece que las actuaciones deben orientarse a la conservación y preservación, respetando la información histórica, los materiales tradicionales, los métodos constructivos y las características esenciales del bien, aunque se permite el uso de técnicas y materiales actuales para mejorar su conservación.

Estos preceptos justifican claramente la participación del ICCP como técnico competente, dada su experiencia en materiales, métodos constructivos y conocimientos específicos sobre las características esenciales de las infraestructuras históricas.

Finalmente, el Artículo 49 define el patrimonio arqueológico como el conjunto de bienes muebles e inmuebles y de manifestaciones con valor cultural que pueden ser estudiadas mediante metodología arqueológica, estén o no extraídas y se encuentren en superficie, subsuelo o zonas subacuáticas, incluyendo su contexto y los espacios asociados. Esta disposición reafirma la necesidad de contar con un equipo arqueológico para su estudio, sin que ello sea incompatible con la colaboración inter y multidisciplinar.

2.2. Metodología de análisis crítico según el Materialismo filosófico de Gustavo Bueno

En el ensayo ofrecido como lección de clausura del congreso En el 400 aniversario de Baltasar Gracián (Oviedo, 24 de noviembre de 2001), al hablar sobre “La filosofía crítica de Gracián”, concretamente en el Capítulo I, titulado “Sobre la ‘filosofía crítica’ en general”, Gustavo Bueno escribe lo siguiente: "Podemos distinguir, sobre todo cuando nos referimos a la crítica sustantiva (aunque sin olvidar las acepciones adjetivas) dos géneros de material sometido a crítica que llamaremos: material P (material lingüístico, constituido por palabras que expresan opiniones, teorías, doctrinas expresadas en un lenguaje) y material Q (constituido por objetos reales, sean acciones, instituciones, etc.). De este modo, o bien hablamos de crítica a una opinión o a un proyecto parlamentario de ley (P) o bien hablamos de crítica a una obra arquitectónica, o escultórica (Q)."{2}

Este trabajo se sitúa dentro de un enfoque crítico sobre la limitada participación del Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos (ICCP) en la conservación del patrimonio histórico de la obra pública. Para contextualizar el concepto de crítica, resulta pertinente recurrir al análisis materialista de Gustavo Bueno{2}, quien distingue diversas formas de crítica, ampliando su alcance más allá del uso filosófico kantiano. Según Bueno, pueden identificarse cuatro situaciones críticas{2}:

1. p(P): Crítica de teorías mediante otras teorías, o de opiniones mediante opiniones opuestas. Se trata de la crítica dialógica en sentido estricto, aplicable, por ejemplo, a debates teóricos o al análisis comparativo de propuestas doctrinales.

2. p(Q): Crítica mediante palabras a cosas reales, como instituciones o acciones humanas. Bueno denomina esta modalidad crítica logoterápica, por ejemplo cuando un docente corrige verbalmente la conducta de un estudiante.

3. q(P): Crítica de opiniones, doctrinas o teorías mediante instrumentos reales. Se trata de la crítica translógica, como la llamada "crítica de las armas” mencionada por Marx, o el uso de sanciones físicas para refutar doctrinas.

4. q(Q): Crítica de una acción, institución o realidad mediante otra acción o realidad. Esta es la crítica ontológica o "crítica demoledora”, como puede ser la intervención material en una obra arquitectónica o la fase de crisis de un organismo que conduce a su desequilibrio y posterior transformación.

Aplicando esta tipología al caso de la conservación del patrimonio histórico de obra pública, se puede argumentar que:

• La literatura y los estudios doctrinales sobre patrimonio constituyen una crítica del tipo p(P), donde se contrastan teorías sobre conservación y restauración.

• La interacción con autoridades, administraciones o profesionales en proyectos concretos se puede clasificar como p(Q), ya que mediante argumentación se busca modificar decisiones o prácticas.

• La intervención directa sobre obras o infraestructuras (refuerzos, restauración técnica) ejemplifica la q(Q), la crítica ontológica, que transforma la realidad material.

• La denuncia o cuestionamiento de normativas, políticas o prácticas desde posiciones externas constituye una crítica del tipo q(P), la crítica translógica, que se ejerce mediante instrumentos concretos para refutar doctrinas o instituciones, como ocurre en las acciones judiciales para impugnar decisiones que afectan la conservación del patrimonio.

Siguiendo la interpretación de Gustavo Bueno{2} se considera que la crítica translógica ofrece un marco más pertinente que la crítica logoterápica para abordar las deficiencias en la conservación y recuperación del patrimonio histórico-cultural. Esta orientación no excluye la necesidad de las correcciones verbales o argumentativas (p) dirigidas a las actuaciones de los poderes responsables (Q), pero sitúa el eje del análisis en una perspectiva técnico-moral más que técnico-pedagógica. Desde esta óptica, el examen crítico se apoya en instrumentos reales y materiales (q) para confrontar los discursos, doctrinas y normativas (P) que han contribuido al estado actual de la gestión patrimonial. No se trata de una censura abstracta, sino de una crítica que puede derivar en consecuencias administrativas o incluso legales, al dirigirse hacia profesionales cuya actuación negligente afecta bienes de relevancia cultural y social.

El enfoque incorpora, además, otras formas de crítica: una crítica dialógica, expresada en la revisión de la legislación vigente y sus carencias en la aplicación efectiva; y una crítica ontológica, de carácter “demoledor”, orientada a desmantelar los errores estructurales de determinadas intervenciones contemporáneas. En términos metafóricos, esta última modalidad puede entenderse como el uso de una “piqueta” intelectual (q) destinada a desmontar lo mal hecho para reconstruirlo con fundamento racional y técnico.

3. Resultados y discusión

3.1. Arquitectos y arqueólogos: presencia consolidada

Los arquitectos han consolidado su papel en la conservación patrimonial gracias a varios factores: la tradición cultural que asocia patrimonio con monumento arquitectónico, la formación específica en restauración incluida en sus planes de estudio y una sólida presencia institucional. Por su parte, los arqueólogos aportan conocimientos históricos y estratigráficos, desempeñando un papel imprescindible en las fases de prospección y excavación. Sin embargo, en el caso de las obras públicas históricas, la dirección técnica recae predominantemente en arquitectos, relegando al ICCP a un rol secundario o meramente consultivo.

3.2. Consultoría y rol profesional de los ICCP en la conservación del patrimonio

Tanto la legislación estatal como la autonómica reconocen la importancia de la participación de expertos y organismos consultivos en la gestión del patrimonio cultural. El Artículo 3 de la Ley estatal{3} y el Artículo 6.1 de la Ley autonómica castellano-manchega{4} establecen que Comisiones Provinciales, universidades, Colegios Profesionales y otros organismos pueden ejercer funciones de asesoramiento, destacando la necesidad de un enfoque interdisciplinar que incluya la ingeniería.

No obstante, aunque ambas leyes reconocen expresamente el valor del patrimonio técnico, no precisan los perfiles profesionales responsables de su conservación. Esta laguna normativa ha favorecido, en la práctica, un predominio del enfoque arquitectónico, en detrimento de la participación de los ICCP en la preservación de la obra pública histórica.

3.3. El ICCP: competencias y ausencia

El Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos (ICCP) posee una formación especializada en estructuras, hidráulica, geotecnia y materiales, que lo convierte en el profesional idóneo para asegurar la conservación rigurosa de infraestructuras históricas. Entre sus aportaciones destacan:

• Evaluación del funcionamiento estructural e hidráulico original de la infraestructura.

• Análisis de estabilidad, cimentaciones y sistemas de drenaje.

• Aplicación de técnicas modernas de monitorización y conservación preventiva.

• Propuesta de soluciones de refuerzo discretas y compatibles con la autenticidad del bien.

La ausencia del ICCP en numerosos proyectos conduce a intervenciones centradas en aspectos estéticos o arqueológicos, que pueden comprometer la integridad técnica y funcional de la obra histórica.

3.4. Propuesta de participación del ICCP en la conservación del patrimonio

Se propone un enfoque integral e interdisciplinario para la conservación del patrimonio técnico e industrial, subrayando la importancia de la colaboración entre Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos (ICCP) y otros profesionales del ámbito patrimonial. La evidencia comparada demuestra que la participación del ICCP no solo es viable, sino esencial para garantizar intervenciones rigurosas y técnicamente sólidas.

El análisis realizado revela que la escasa intervención del ICCP en proyectos de conservación de infraestructuras históricas no se debe a lagunas normativas, sino a prácticas profesionales consolidadas centradas en la arquitectura y la arqueología.

Atendiendo a los tipos de críticas enunciados, el enfoque logoterápico por sí solo no constituye un criterio suficiente para sustentar el papel de la ICCP en la gestión y conservación del patrimonio, dado que dicha argumentación podría percibirse como de carácter gremialista. Es necesario complementarlo con elementos críticos dialógicos y, en determinados casos, ontológicos, ya que la crítica logoterápica se fundamenta en una crítica ontológica, entendida como la que se realiza desde unas técnicas hacia otras (por ejemplo, desde la ICCP hacia la Arqueología o la Arquitectura). Desde esta perspectiva de crítica múltiple, se evidencia la necesidad de:

• Incorporar explícitamente en los pliegos de contratación la competencia de los ICCP en conservación de infraestructuras históricas.

• Fortalecer la formación en conservación patrimonial dentro de los planes de estudio de ingeniería civil.

• Crear cátedras y grupos de investigación interdisciplinarios sobre patrimonio de obra pública en universidades.

• Fomentar publicaciones, congresos y proyectos de referencia que visibilicen la contribución del ICCP.

• Establecer convenios entre administraciones y colegios profesionales para garantizar la presencia del ICCP en las comisiones de patrimonio.

Considerando lo anterior, subyace una dialéctica entre distintas disciplinas (ICCP, Arquitectura, Arqueología) que compiten por su ámbito de actuación. Por ello, la discusión debe centrarse en la esencia gnoseológica de cada campo. Desde esta perspectiva, la interdisciplinariedad se concibe como un marco que facilita el diálogo entre saberes, a la vez que requiere una definición clara del ámbito propio de la ICCP. La evaluación de los procesos existentes, la identificación de carencias y la propuesta de intervenciones transformadoras solo pueden abordarse eficazmente desde un enfoque interdisciplinario que reconozca al ICCP como actor clave, garantizando una conservación del patrimonio que combine rigor científico, técnico y tecnológico con fidelidad histórica y seguridad estructural.

3.5. Ejemplos de actuación

3.5.1. Un caso positivo: la rehabilitación del puente de Alcántara en el siglo XIX

El Puente de Alcántara está catalogado como Monumento Nacional de España desde 1924. Construido en la época romana en la Península Ibérica, ha sufrido a lo largo de los siglos daños derivados tanto del paso del tiempo como de la acción humana, lo que ha requerido múltiples intervenciones. La más destacada tuvo lugar en 1857 bajo la dirección del Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos Alejandro Millán (1856–1860), con el objetivo de reconstruir una de las bóvedas de un arco demolido en 1810 durante la Guerra de la Independencia{5}.

El contexto histórico legal de la época se configuró en 1844 con la creación de un sistema de protección del patrimonio histórico-artístico, basado en Comisiones Provinciales y una Comisión Central en Madrid, dotada de competencias ejecutivas para conservar y reparar monumentos, desplazando parcialmente el control tradicional de las Academias{6},{7}. El Reglamento de 1854 reforzó la Comisión Central y consolidó un enfoque esencialmente conservador{6},{8}, pero la Ley Moyano de 1857 restituyó la supervisión a la Real Academia de San Fernando, suprimiendo la Comisión Central y regresando al modelo clásico{6},{9}.

Estudios muy recientes realizados por Cortés-Pérez et al.{10} han confirmado que las reparaciones con hormigón armado realizadas en el puente datan inequívocamente de 1857, constituyendo la primera aplicación documentada de este material en España y la primera en Europa en estructuras de puentes.

El origen del hormigón armado o cemento armado se remonta a Joseph Lambot, quien en 1843 comenzó a fabricar maceteros y otros elementos de jardín utilizando un mortero de cemento reforzado con alambres{11},{12}. Así pues, en el contexto español, la intervención de Millán representa el primer caso documentado de uso de este material en un proyecto de rehabilitación, con una antelación de diez años respecto a los primeros textos que describen su aplicación en España{10}. Asimismo, su uso en la restauración del puente se adelantó veinte años a la intervención del puente de Luchana, hasta entonces considerada la primera aplicación documentada en el país, en la que únicamente se empleó hormigón{10}. Por consiguiente, Millán puede considerarse no solo precursor del hormigón armado en España, sino también pionero a nivel mundial en su aplicación a la restauración de obra pública patrimonial histórica{10}, constituyendo un ejemplo de innovación, buena praxis y modernidad en todos los niveles.

3.5.2. Un caso negativo: la rehabilitación de las carreteras romanas de la Península Ibérica en el siglo XXI

La degradación de las vías romanas se debe, en gran medida, a la insuficiente preparación de quienes han asumido su gestión, un problema que también afecta a otros bienes patrimoniales. En el contexto español, los enfoques arqueológicos transmitidos en la enseñanza universitaria no han favorecido su adecuada conservación{13}. La persistencia en difundir las interpretaciones de Bergier{13},{14}, inspiradas en los escritos de Vitrubio{13},{15} –donde, en realidad, no se hace referencia a la estructura de los firmes viarios– ha tenido consecuencias especialmente negativas. Estas concepciones, carentes de base rigurosa y ya cuestionadas de manera crítica por la investigación reciente{13},{16},{17},{18},{19},{20}, han dificultado la correcta identificación de las calzadas romanas y, en numerosos casos, han impedido la aplicación de estrategias de conservación apropiadas, con resultados en ocasiones irreversibles.

De no adoptarse medidas efectivas, será cada vez más difícil encontrar calzadas romanas sin algún grado de alteración, y su conservación futura quedará comprometida en una sociedad poco sensibilizada sobre el valor patrimonial de estas pérdidas. De manera análoga a la intervención en edificios históricos, que corresponde a profesionales de la arquitectura, la conservación de carreteras romanas debería recaer en los ICCP. Estos hechos podrían considerarse como ejemplos de crítica logoterápica, en la medida en que se dirige de forma directa, con argumentos, a las acciones de las personas. No obstante, es importante señalar que esta crítica logoterápica se sustenta en una crítica ontológica, entendida como aquella que se realiza desde unas técnicas hacia otras, tal y como se expuso en la Subsección 3.4. No obstante, en la práctica, abundan interpretaciones, desmontajes y restauraciones realizadas por profesionales sin formación en ingeniería civil, lo que frecuentemente conduce a la degradación del monumento{13}.

Por ello, es imprescindible la participación de disciplinas capaces de identificar y tratar correctamente los vestigios de estas infraestructuras: ICCP especializados en carreteras antiguas y modernas, geólogos con experiencia en geotecnia vial y arqueólogos responsables de documentar la historia e identificar los restos no estructurales. La formación de un equipo multidisciplinar garantizaría una praxis adecuada en la identificación y conservación de las vías romanas, tal como permite la legislación vigente, aunque sería conveniente una regulación más clara que facilite su implementación{13}.

La gestión de este patrimonio histórico de ingeniería debería integrarse en los departamentos responsables de las obras de ingeniería actuales, evitando interferencias entre infraestructuras antiguas y nuevas. De este modo, se potenciaría el valor patrimonial vinculado a la ingeniería y a las técnicas constructivas, al tiempo que se daría respuesta a problemas de identificación y otros conflictos asociados{13}.

3.5.3. Del carácter instrumental (o adjetivo) al valor sustantivo de las obras

Las razones que explican la transformación de estas construcciones desde su condición inicial de obras adjetivas –concebidas primordialmente como medios funcionales al servicio de la movilidad y el tránsito del ser humano, ya fuese entre las orillas del río Tajo o entre distintas ciudades del ámbito romano– hacia su posterior reconocimiento como Obras sustantivas, deben entenderse en el marco de una evolución cultural, técnica y simbólica. En efecto, lo que en un principio respondía a una necesidad utilitaria –el desplazamiento eficiente y seguro– adquirió progresivamente un valor autónomo, en tanto manifestación de la capacidad creadora, del ingenio constructivo y de la conciencia estética del ser humano frente al territorio. Así, la obra de ingeniería dejó de ser mero instrumento de conexión para devenir objeto de contemplación, patrimonio cultural y signo identitario. Este tránsito ontológico, de la utilidad al significado, implica una resignificación del concepto mismo de obra: ya no subordinada al uso, sino dotada de sentido propio, portadora de memoria, técnica y belleza, en diálogo con el paisaje natural y urbano que la acoge.

3.6. Enfoque materialista en la participación del ICCP en la conservación del patrimonio histórico de la obra pública en España

La limitada implicación de los ICCP en la conservación del patrimonio histórico-cultural puede explicarse, en primer lugar, por conflictos corporativos entre profesiones tecnológicas, particularmente entre arquitectos, arqueólogos e ICCP. Estos enfrentamientos, alimentados por factores económicos y sociológicos –como diferencias salariales, prestigio profesional y estatus social– generan tensiones que dificultan la colaboración efectiva. A estos factores se suman conflictos derivados de intereses históricos, arqueológicos o patrimoniales. Ejemplos relevantes incluyen el pleito entre constructores y arqueólogos en Atenas durante la excavación del Liceo de Aristóteles, y el hallazgo del yacimiento prehistórico de Atapuerca durante la preparación de una infraestructura, lo que obligó a modificar los planes de obra para preservar los vestigios.

Asimismo, la participación de arquitectos e ICCP se ve limitada por razones ideológicas y culturales. Entre ellas destacan posturas “fetichistas”, que perciben a ciertos profesionales como adversarios de la cultura, y enfoques “etnologistas”, que priorizan la protección del pasado sobre las necesidades del presente. En ocasiones, también deben enfrentarse a la defensa de la naturaleza frente a la intervención humana, donde se argumenta que nuevas construcciones alteran la estética y el equilibrio de paisajes naturales o históricos. La combinación de estos factores –corporativos, técnicos, arqueológicos y culturales– explica la escasa implicación de los ICCP en la conservación del patrimonio histórico-cultural.

Otras razones fundamentales que limitan la intervención conjunta de arqueólogos, arquitectos e ICCP en la conservación del patrimonio histórico de la obra pública son de naturaleza gnoseológica y ontológica, ya que cada disciplina posee un campo de conocimiento propio, con métodos, objetos y objetivos diferenciados, generando cierres categoriales que dificultan la comunicación y la colaboración efectiva. En lo referente a los sujetos operatorios, el arqueólogo se centra en las reliquias y vestigios del pasado, reconstruyendo operaciones humanas anteriores; el arquitecto construye volúmenes habitables; y el Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos traza infraestructuras para el tránsito y la circulación. Estas diferencias no son solo operativas, sino que reflejan ideas fundamentales –ruina, volumen, vacío, firme, circulación– que configuran la visión del mundo y la práctica profesional de cada disciplina.

Aunque existen intersecciones instrumentales o metodológicas, como el uso compartido de herramientas de medida, estudios académicos comunes o referencias teóricas, estas no permiten la creación de un proyecto gnoseológico común. La heterogeneidad de objetos, métodos y objetivos hace inviable una comisión interdisciplinar que aspire a unificar los saberes sin recurrir a concepciones idealistas de ciencia unificada o historicismo rígido. Asimismo, la aplicación práctica a bienes patrimoniales no requiere replicar estrictamente los procedimientos históricos, sino adaptarlos con tecnologías y metodologías contemporáneas. De esta manera, se asegura la preservación y comprensión del pasado sin comprometer la funcionalidad, seguridad o integridad de las estructuras actuales, respetando la autenticidad de los restos históricos como testimonio de operaciones previas.

En conjunto, estas razones gnoseológicas y ontológicas explican la delimitación disciplinar y por qué las intersecciones existentes entre Arqueología, Arquitectura e Ingeniería son insuficientes para un proyecto común sustantivo de conservación y recuperación del patrimonio histórico-cultural.

3.6.1. Leyes y mitos

En este artículo se analiza críticamente el marco legal estatal y autonómico sobre patrimonio histórico-cultural, incluyendo la Ley 13/1985 y la Ley 4/2013 de Castilla-La Mancha, destacando que, aunque ambas normas legitiman la participación del ICCP en equipos interdisciplinarios, la práctica profesional prioriza tradicionalmente a arquitectos y arqueólogos. La Ley 13/1985 reconoce explícitamente la necesidad de intervención técnica y asesoramiento profesional, mientras que la Ley 4/2013 subraya la obligación de estudios previos, justificación técnica y multidisciplinaridad para cualquier intervención en bienes patrimoniales, incluyendo inmuebles, muebles y manifestaciones culturales.

A pesar de este marco normativo, la incorporación sistemática del ICCP sigue siendo limitada. Esta situación no se explica por vacíos legales, sino por prácticas profesionales consolidadas centradas en la Arquitectura y la Arqueología. Tal preferencia puede rastrearse hasta el “mito de la cultura”, vinculado a la dicotomía histórico-filosófica entre Bellas Artes y Artes mecánicas o serviles, que ha privilegiado las disciplinas consideradas estéticamente superiores, relegando las competencias técnicas de la Ingeniería. Este sesgo tiene raíces históricas que van de Platón a la España ilustrada, consolidándose institucionalmente en la Academia de Nobles Artes de San Fernando y en textos de pensadores como Jovellanos y San Isidoro.

Además, se identifica otro mito subyacente en los legisladores y gestores culturales: el “mito de la felicidad”. Según este enfoque, la conservación, protección y difusión del patrimonio no solo responde a criterios técnicos o históricos, sino que se justifica por el deleite y disfrute de la sociedad contemporánea, reflejando un principio epicúreo de satisfacción cultural. Así, bienes patrimoniales se conciben como recursos culturales necesarios para el bienestar colectivo, lo que explica parcialmente las prioridades establecidas por la práctica profesional y las políticas públicas. En conjunto, la interacción entre el marco legal, los mitos culturales y la tradición histórica fundamenta la centralidad de la Arquitectura y la Arqueología, limitando la integración sustantiva del ICCP en los procesos de conservación y recuperación del patrimonio histórico-cultural.

3.6.2. Consideraciones finales

Al contemplar un enfoque interdisciplinar para la conservación y recuperación del patrimonio histórico de la obra pública en España, se ha puesto de manifiesto la existencia de un amplio conjunto de ideas filosóficas presentes en cada disciplina involucrada. Este estudio evidencia que la interrelación entre Arqueología, Arquitectura e Ingeniería no se limita a lo técnico, sino que posee una dimensión filosófica significativa. Mediante el uso del Materialismo filosófico de Gustavo Bueno, se pueden analizar los desafíos de comunicación y compatibilidad entre disciplinas, subrayando que la integración de conocimientos diversos requiere reflexión conceptual más allá de los métodos científicos o técnicos.

Desde esta perspectiva, conviene reconocer que la inconmensurabilidad entre los diferentes campos disciplinares no debe entenderse como un obstáculo negativo, sino como una consecuencia inherente a la existencia de cierres categoriales propios, fundados en razones objetivas de orden ontológico y gnoseológico. En efecto, cada disciplina se constituye a partir de su propio campo de referencia, y su relación con otras no implica una disolución de fronteras, sino una interacción respetuosa de su autonomía conceptual. Así, la interdisciplinariedad solo es posible precisamente porque existen disciplinas distintas, cuyos límites no son meramente administrativos ni dependen de intereses externos, sino que responden a la naturaleza misma del conocimiento que las configura. De este modo, la inconmensurabilidad no debe situarse en el mismo plano que las cuestiones de carácter sociológico o ideológico, sino comprenderse como un rasgo estructural del desarrollo de las ciencias y de su diálogo filosófico.

En consecuencia, en este trabajo se combina consistencia científica, perspectiva tecnológica y pensamiento filosófico, constituyendo un ejemplo sólido de análisis interdisciplinar fundamentado en la reflexión crítica sobre la práctica profesional y la teoría del conocimiento. Este enfoque integral permite trascender los límites propios de cada disciplina, proponiendo una visión unificada y profunda del patrimonio histórico-cultural de la obra pública española.

4. Conclusiones

El patrimonio de la obra pública histórica constituye un componente clave de la identidad cultural y técnica de España. Este estudio evidencia que, a pesar de su relevancia, la participación del Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos (ICCP) en su conservación sigue siendo insuficiente. Aunque la Ley 13/1985 y la Ley 4/2013 legitiman la integración del ICCP en equipos interdisciplinarios junto a arquitectos, arqueólogos y restauradores, la práctica profesional actual muestra un predominio del enfoque arquitectónico y arqueológico, relegando las competencias técnicas esenciales del ICCP.

Los casos analizados contrastan claramente los impactos de esta presencia o ausencia: la restauración del Puente de Alcántara en 1857 demuestra los beneficios de la intervención del ICCP, incorporando soluciones estructurales innovadoras y la primera aplicación documentada de hormigón armado en España; mientras que la conservación de las carreteras romanas en el siglo XXI ilustra los riesgos de intervenir sin formación técnica adecuada, con pérdida de valor patrimonial y funcionalidad.

El enfoque crítico logoterápico permite identificar carencias y proponer acciones transformadoras:

• Incorporar explícitamente la competencia del ICCP en los pliegos de contratación de proyectos patrimoniales.

• Potenciar la formación en conservación patrimonial en ingeniería civil.

• Crear cátedras y grupos de investigación interdisciplinarios sobre patrimonio de obra pública.

• Promover publicaciones, congresos y proyectos que visibilicen la aportación del ICCP.

• Establecer convenios entre administraciones y colegios profesionales para asegurar la presencia del ICCP en comisiones de patrimonio.

En síntesis, garantizar la conservación rigurosa y sostenible del patrimonio de la obra pública histórica requiere un enfoque interdisciplinario que reconozca al ICCP como actor central. Su integración asegura intervenciones que combinan rigor tecnológico y científico con fidelidad histórica, seguridad estructural y preservación funcional, fortaleciendo así el valor cultural y técnico de estas infraestructuras para las generaciones futuras.

Es relevante observar que los resultados confirman la existencia de un conflicto disciplinar. Se evidencia cómo las diferentes disciplinas pueden oponerse entre sí, lo que invita a reflexionar sobre la dialéctica existente entre distintas categorías. Esta tensión subraya la importancia de considerar perspectivas integradoras que permitan un análisis más completo y enriquecedor de los fenómenos estudiados.

Finalmente, estos hallazgos confirman que los conflictos disciplinarios y las diferencias ontológicas entre Arqueología, Arquitectura e Ingeniería requieren un enfoque basado en el Materialismo filosófico de Gustavo Bueno, que permita integrar perspectivas diversas y garantizar intervenciones patrimoniales rigurosas, funcionales y culturalmente significativas. Ello implica asumir que la inconmensurabilidad entre los distintos campos del saber no constituye una limitación, sino un principio estructural que preserva la especificidad de cada disciplina dentro del conjunto del conocimiento humano. Desde esta comprensión, la cooperación interdisciplinar no busca suprimir las fronteras epistemológicas, sino articularlas mediante una reflexión crítica que respete los cierres categoriales propios y favorezca la convergencia racional entre ellos. De este modo, la conservación del patrimonio histórico de la obra pública puede abordarse como un proceso en el que confluyen rigor técnico, coherencia conceptual y profundidad filosófica.

Agradecimientos

El autor agradece a D. Tomás García López y a D. Marcelino Suárez Ardura (Fundación Gustavo Bueno) sus aportaciones y comentarios en la revisión y moderación de las opiniones expresadas.

——

{1} Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos, Catálogo de actuaciones en el patrimonio de las obras públicas. Madrid: Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos, 2023, p. 417.

{2} Gustavo Bueno, “I. Sobre la ‘filosofía crítica’ en general,” in Baltasar gracián: Ética, política y filosofía, actas del congreso "ética, política y filosofía. En el 400 aniversario de Baltasar Gracián” (Oviedo, 23 y 24 de noviembre de 2001), Biblioteca Filosofía en español, Oviedo 2002, pp. 137–168.

{3} “Ley 16/1985, de 25 de junio, del patrimonio histórico español.” Boletín Oficial del Estado, núm. 155, 1985.

{4} “Ley 4/2013, de 16 de mayo, de patrimonio cultural de castilla-la mancha.” Diario Oficial de Castilla-La Mancha, núm. 99, 2013.

{5} R. A. de la Historia, “Alejandro millán sociats.” Historia Hispánica, sitio web, 2025.

{6} J. Martínez Pino, “La gestión del patrimonio histórico-artístico en el siglo XIX: Fuentes para su documentación,” Tejuelo, vol. 12, 2012.

{7} “Real orden de 13 de julio de 1844 y reglamento de 24 de julio del mismo año.” Gaceta de Madrid, 1844.

{8} “Real decreto de 15 de noviembre de 1854.” Gaceta de Madrid, n.º 685, 17 de noviembre de 1854, 1854.

{9} “Ley de instrucción pública de 9 de septiembre de 1857.” Gaceta de Madrid, n.º 1710, 10 de septiembre de 1857, 1857.

{10} J. P. Cortés-Pérez, M. Núñez-Fernández, A. Cortés-Pérez, and M. Jiménez-Espada, “First application of reinforced concrete in spain and first european application in bridges: The rehabilitation of the roman bridge of alcántara,” Case Studies in Construction Materials, vol. 19, p. e02350, 2023, doi: 10.1016/j.cscm.2023.e02350.

{11} F. J. Domouso, “La introducción del hormigón armado en españa: Razón constructiva de su evolución,” PhD thesis, Universidad Politécnica de Madrid, Escuela Técnica Superior de Arquitectura, 2015.

{12} A. Burgos, “Los orígenes del hormigón armado en españa.” dialnet.unirioja.es/servlet/tesis?codigo=65580, 2009.

{13} I. Moreno Gallo, Vías romanas: Ingeniería y técnica constructiva, Segunda edición: septiembre 2006. España: Ediciones del Ambroz, Coordinación editorial: Concepción Aguilera Fernández, 2004.

{14} V. Bergier, Histoire des grands chemins de l’empire romain, vol. 1. Paris, 1622.

{15} M. L. Vitruvio Polión, De architectura. Madrid: Instituto de España, 1931.

{16} R. Chevallier, Les voies romaines. Paris, 1962.

{17} J. P. Adam, La construcción romana: Materiales y técnicas, 2a ed. esp. 2002. Madrid, 1989.

{18} A. Grenier, Manuel d’archéologie gallo-romaine. II Partie: L’archéologie du sol. Paris, 1934.

{19} L. Olivier, Le haut morvan romain. Voies et sites. Academie du Morvan, Paris, 1983.

{20} J. M. Desbordes, “Voies romaines en limousin,” in Études limousines, Association des Antiquités Historiques du Limousin, 1995, pp. 61–106.


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