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El Catoblepas, número 97, marzo 2010
  El Catoblepasnúmero 97 • marzo 2010 • página 16
Artículos

Breve homenaje a los arbitristas

Isaac Ibáñez García

Miembros activos de la «sociedad civil» de los siglos XVI y XVII

«Este impulso humano de exigir el derecho a ser cocreadores de la sabiduría común explica la ferocidad con que en la época de nuestros Padres Fundadores los estados solicitaron que se protegiese el libre acceso a la imprenta, la libertad de reunión, la libertad de elevar peticiones al gobierno, la libertad religiosa y la libertad de expresión.» Al Gore{1}

«¿Qué medidas se podían tomar para revitalizar una economía famélica y aumentar la productividad nacional? Las ideas no escaseaban. Los arbitristas de principios del siglo XVII, hombres como González de Cellorigo, Sancho de Moncada o Fernández Navarrete, presentaron sensatos programas de reforma. Había que regular los gastos reales, detener la venta de cargos, frenar el crecimiento de la Iglesia; había que examinar el sistema de impuestos, hacer concesiones especiales a los trabajadores del campo, convertir en navegables los ríos y regar las tierras secas. Sólo de esta forma se podría aumentar la productividad de Castilla, restaurar su comercio y poner fin a la humillante dependencia respecto de los extranjeros, de holandeses y genoveses. Allí estaban las ideas…» John H. Elliott{2}

Como ha señalado la profesora Morán Martín{3}, citando a J. Villar, «el término arbitrismo surgió en la Junta de Medios de 1594 encargada de buscar recursos extraordinarios con los que hacer frente a la situación por la que pasaba la Hacienda.

El término arbitrista aplicado al autor de un determinado tipo de obras ha ido ampliando su sentido desde el más estricto de búsqueda de nuevos ingresos (arbitrios) que paliaran los agobios de la Hacienda durante los últimos años del siglo XVI y a lo largo del siglo XVII hacia conceptos más amplios, en los cuales se introducen obras que tenían como lazo de unión el intento de dar soluciones a los problemas con los que se enfrentaba el país, en la mayor parte de los casos utópicas y sin realidad práctica, pero que abarcan también a obras de economistas y políticos, produciéndose una evolución desde el siglo XVI que produce un tipo de literatura relacionada con el escritor o ideador de arbitrios, a veces relacionados con problemas teológicos en torno a la licitud de la usura, para ir derivando hacia escritos de «técnicos» del Estado, entre los que pueden incluirse a los mercantilistas (como especie de arbitristas en el plano económico) (S. Villas, 1988)».

Como indica esta autora, refiriéndose a los arbitristas que destacaron principalmente en el siglo XVII, «generalmente estas obras se escribían en memoriales, que en gran número de casos eran enviados directamente al monarca mediante la utilización por parte de los súbditos de la llamada vía directa, por la cual cualquier súbdito podía dirigirse al rey directamente, sin intermediación. Pero, en ocasiones, los memoriales eran solicitados por la administración, como puede apreciarse en los expedientes abiertos a mediados del siglo XVIII que darían como resultado los llamados Informes que son reunidos por Pedro Rodríguez Campomanes en el llamado Expediente General de la Ley Agraria».

Para Sánchez Molledo{4}, «de la conciencia de decadencia y de la necesidad de reformar lo económico, lo político o lo social, surge el arbitrismo, género que establece un procedimiento discursivo consistente en exponer los males, analizar sus causas y proponer los remedios para su solución».

Obviamente, la citada vía directa no es otra que el derecho de petición, reconocido hoy como derecho fundamental en el artículo 29 de nuestra Constitución y desarrollado por la Ley Orgánica 4/2001, de 12 de noviembre, reguladora del derecho de petición. A este derecho se refirió Benjamin Constant en su célebre conferencia de 1819 «De la liberté de les modernes comparée avec celle des anciens», señalando que la libertad se concretaba, entre otras manifestaciones, en «el derecho para cada uno de influir sobre la administración del gobierno, bien por el nombramiento de todos o de ciertos funcionarios, bien por exposiciones, peticiones, demandas que la autoridad esté más o menos obligada a tomar en consideración». Asimismo, Araújo Díaz de Terán{5} señala que «el Derecho de petición puede ser considerado con Burdeau como «la facultad que pertenece a toda persona de dirigirse a los poderes públicos para hacerles conocer un hecho o un estado de cosas y para reclamar su intervención», en análogo sentido Colliard lo concibe como «el derecho que pertenece a una persona a llamar la atención de los poderes públicos sobre una cuestión o una situación». Desde una perspectiva histórica, el senador Enciso Recio{6} señaló que

«Tiene este derecho una sólida fundamentación histórica, tiene también una fundamentación en nuestro constitucionalismo, tiene una fundamentación en las leyes vigentes. En la España hispanomusulmana existía el «visir de reclamaciones y quejas», como así se denominaba. Todos sabemos que los monarcas medievales escuchaban oralmente algunas de esas peticiones o reclamaciones. Y el archivo de Simancas está lleno de memoriales que se dirigían a Felipe II y que el Rey contestaba personalmente como muestra de lo que podía ser la minuciosidad, como muestra, según Marañón, de lo que podía ser la neurastenia; como muestra, según otras personas, de lo que era el fuerte sentido de la responsabilidad. Es más, yo me preguntaría si este derecho de petición no tomó cauces nuevos a través de la fórmula de los arbitristas, que era en cierto modo una tecnificación de este derecho, y que tendía a luchar contra lo que Martín Cellorigo decía «la República de hombres encantados»; esta lucha por «la República de hombres encantados» que tantas veces se nos presenta en la historia de España, e incluso con los proyectistas del Siglo XVIII, que está también en esta misma línea.»{7}

Como ilustra Carmen Iglesias{8}, «es interesante una breve alusión al método de trabajo de Felipe II con sus secretarios, a través de un encuentro personal conocido como el «despacho a boca» (lo que daba una ventaja de entrada a estos burócratas ante un rey que, como se mencionará, gustaba más de la comunicación escrita que de las audiencias orales). En esta relación directa, el secretario, sentado en un banquillo ante el rey sentado a su mesa, hacía relación del contenido de las cartas y memoriales y, según la gravedad de los asuntos, se despachaban en el acto o, más frecuentemente, el rey los maduraba y se daban las órdenes por escrito».

Del estudio de Dubet{9} procede señalar las siguientes notas:

• El arbitrista se define por una práctica y unos discursos específicos. Remite arbitrios al rey o a sus consejeros, en los que les propone soluciones a corto, medio o largo plazo para acabar con dificultades hacendísticas o económicas y sus implicaciones políticas y sociales.

• Los arbitristas se dirigían al Consejo de Hacienda, pero también al de Indias, al del Estado, a diversas juntas, secretarios y validos, a las Cortes y a algunas ciudades. El Consejo de Hacienda podría ofrecer una primera aproximación: los legajos de finales del siglo XVI conservan series de resúmenes de arbitrios, con la indicación marginal de las respuestas que se dieron a los autores de dichos arbitrios.

• Las sátiras antiarbitristas no parecen ser la expresión de un pensamiento mayoritario. En la literatura, sigue habiendo personajes más ridículos y más recurrentes (avarientos, cornudos, celestinos, viejos verdes…). En la práctica administrativa, tratar con arbitristas es un fenómeno normal: se archivan sus memoriales, se les conceden privilegios dándoles las gracias por sus servicios; las juntas trabajan en gran parte a partir de arbitrios; las Cortes, que los denuncian en dos ocasiones en treinta años (1588, 1618), se pasan el tiempo formando comisiones para examinar arbitrios remitidos por autores que no son procuradores. Incluso se conocen documentos en los cuales se reglamenta el tratamiento que se dará a los arbitrios recibidos (Alvar Ezquerra, 1995).

La insostenible situación de la Hacienda Pública y la evidente merma de la actividad económica son fenómenos estudiados por los arbitristas. Sobre estos personajes se ha escrito mucho y existe división de opiniones.

Nydia M. Ruiz{10} refiriéndose al arbitrista caraqueño José Ignacio Moreno y al memorial titulado: «Observaciones de un ciudadano sobre la conspiración descubierta en Caracas el día 13 de julio del presente año y de los medios a los que podrá ocurrir el gobierno para asegurar en lo sucesivo a sus habitantes de iguales insultos (Moreno, 1798)» que éste dirigió a Francisco de Saavedra, a quien Carlos IV había designado secretario de Hacienda de España, señala que «las «observaciones» que dirige Moreno a Saavedra forman parte de un género característico de los siglos XVII y XVIII españoles llamado «proyectismo o arbitrismo». Estos son escritos en los cuales se recomienda a la autoridad una solución o conjunto de ellas para solventar problemas urgentes del reino».

Respecto a los escritos arbitristas, nos dice esta autora que «en tanto textos, los arbitrios o proyectos comienzan con una advertencia y un análisis del mal y luego presentan el remedio, consejo o arbitrio que podía mejorar la deficiencia. Desarrollan los temas que tratan en un estilo conciso, empleando divisiones y subdivisiones, para dar claridad a sus escritos, a fin de que se percibiera correctamente la exposición del problema. Los ejemplos provienen de las Sagradas Escrituras, citas de filósofos, hechos históricos y, entre los americanos, de ejemplos de los países europeos que adoptan como modelo. Los arbitristas o proyectistas en ocasiones fueron grandes nombres como José de Gálvez o Gaspar Melchor de Jovellanos, pero con mayor frecuencia son funcionarios, eclesiásticos, comerciantes, universitarios y viajeros de segunda o tercera importancia. Sus destinatarios son el rey o funcionarios suyos de muy alto rango, lo cual establece una diferencia de autoridad entre los participantes. Es característica de estas obras la humillación ante la autoridad que Almarza ha denominado retórica del leal vasallo, mediante la cual quien se dirigía al monarca o a un representante suyo (siempre de mayor rango que el propio) se despojaba de toda jerarquía reconociendo la superioridad absoluta de su interlocutor, con lo que evitaba cualquier posibilidad de que se confundiera la comunicación entre desiguales con una suerte de reto o demostración de poder de quien escribía...»

Como ha señalado Joseph Pérez{11}, «Junto a la cabecera de la España enferma se agolpaba un enjambre de médicos bienintencionados. Eran los arbitristas. En general tuvieron mala prensa. La literatura los ridiculizó o vilipendió… El arbitrista es presentado como un loco, un fracasado o un soñador alejado de la realidad. Esta sátira feroz es la caricatura de personajes complejos, que no siempre merecen esta reputación de falsarios y maniáticos. Hoy día a algunos de ellos se les considera economistas. Analizaron con lucidez los males que padecía España, describieron el estado de su agricultura, su industria y su comercio, y propusieron soluciones que no eran en absoluto necedades ni quimeras. (A finales del siglo XIX la política de obras públicas preconizada por Joaquín Costa tropezó con el mismo escepticismo. Sin embargo, llamaba la atención sobre las dificultades reales de España y proponía soluciones que se aplicaron cincuenta años después, como los embalses para tener reservas de agua y regar). Casi todos los arbitristas partieron de constataciones objetivas: la deuda pública recargaba el presupuesto, el endeudamiento de los particulares creaba multitud de parásitos, la competencia extranjera arruinaba el artesanado y las manufacturas, los campesinos, cargados de impuestos y deudas, abandonaban sus tierras, la producción agraria y la ganadería estaban en decadencia, había desempleo y las ciudades se llenaban de ociosos. De acuerdo en los diagnósticos, la mayoría de los arbitristas también lo estaban en las soluciones, con algunos matices. Recomendaban reducir los gastos públicos, sanear la fiscalidad, hacerla más equitativa, y relanzar la producción. Convencidos de que la demografía era la base de toda economía, propusieron medidas a favor de las familias numerosas. Querían reducir la cantidad de clérigos y estudiantes, y rehabilitar la agricultura, sin descartar los repartos de tierras».

Para Stanley J. Stein y Barbara H. Stein{12}, «los análisis de los economistas políticos de finales del siglo XVII –llamados arbitristas porque muchos se centraban en el problema de los arbitrios, los recursos financieros del Estado– captaron la percepción contemporánea de los problemas y posibilidades de España después de décadas de estancamiento, contracción sectorial e involución institucional, y reflejaron también la mentalidad de la clase política española, que se enfrentaba entonces a súbitos cambios en el orden internacional.

El estancamiento próximo al cambio no puede ser nunca absoluto, especialmente cuando hay relaciones de dependencia involucradas. En el caso de España, el pensamiento crítico, desalentado y suprimido bajo el reinado de Felipe II, emergió de modo impredecible y en lugares inesperados, entre clérigos, burócratas y otros personajes, en su mayoría de orígenes sociales modestos. Muchos de los arbitristas que en el siglo XVII intentaban dilucidar las causas de los problemas endémicos de España pertenecían a uno de estos grupos. Conscientes de la dependencia económica de España de los productos extranjeros y de los efectos debilitantes que esto tenía sobre la economía y sociedad metropolitanas, se concentraron en diferentes facetas de la realidad contemporáneas según su experiencia individual: la falta de experiencia comercial del país, su incapacidad para estimular las manufacturas nacionales, sus erróneas políticas fiscales. Sin embargo, aunque sus diagnósticos del subdesarrollo identificaron las manifestaciones del atraso de España, no estaban dispuestos o fueron incapaces de examinar las estructuras institucionales y las mentalidades subyacentes al dilema de España, y no aceptaron el reto que les planteaba su época».

Fernández Sanz{13} señala que «el arbitrismo, también llamado proyectismo, sustituye en España al reformismo providencialista... En la actualidad, si bien parece que muchos de los arbitristas no establecieron una relación racional entre los problemas planteados y las soluciones ofrecidas, en cuanto que faltaba esa dimensión totalizadora de la racionalidad que liga las soluciones al contexto de los problemas y sus consecuencias, los estudiosos del tema han revalorizado su papel de economistas. En este sentido, el profesor Abellán considera que «en los arbitristas encontramos los antecedentes de un pensamiento económico de carácter científico y muchas veces claramente socialista, que servirá de inspiración y renovación a los grandes ilustrados del siglo XVIII»{14}.

Martín Gaite{15} ha subrayado el carácter arbitrista de Melchor Rafael de Macanaz, que fue fiscal general del Consejo de Castilla con Felipe V: «Macanaz también, a lo largo de su obra tan desigual, amplia y dispersa, dice cosas parecidas a veces, porque en cuanto a sus oportunos atisbos de los males de España y al estilo apasionado y directo de sus avisos al rey, a quien intentaba desengañar, puede considerársele como un epígono de los arbitristas del XVI y XVII, que precisamente toman este nombre de los «arbitrios» o soluciones que entreveían y formulaban para arreglar el país. (Fenómeno social bien interesante y poco estudiado, digamos de paso, éste de los arbitristas, representantes de la opinión pública durante doscientos años de la historia de España. Una opinión ingenua y poco dada al análisis profundo de las causas, como no podía por menos de esperarse de su falta total de información; pero no por eso menos sintomática e indicativa de un estado de cosas. Los arbitristas, disconformes con un sinnúmero de abusos del país, si se apoyan en el nombre del rey, es para batallar contra los otros poderes que sienten hostiles a sus intereses, lo cual no quiere decir que el poder del rey no lo sintieran acaso también hostil, sino que les resultaba inimaginable atacarlo. En cambio no habían perdido la esperanza, que siempre conservó también Macanaz, de ser oídos por aquel a quien imploraban como bueno y justiciero, y cuyo imperio autoritario no hacían sino reafirmar con sus preces defraudadas y nunca atendidas. Aislados, porque nadie les había incorporado a los problemas y realidades de la nación, se incorporan ellos autónomamente, de un modo anacrónico y baldío, con la torpeza de su ignorancia y la verdad de su desazón, y sus voces tienen de sugerente lo que adolecen de confuso).

Más adelante, cuando vayamos examinando la correspondencia de Macanaz, habrá frecuentes ocasiones de dejar patente su filiación arbitrista; me limitaré ahora, para enlazar con lo anterior, a citar una de sus exclamaciones, tomada del memorial que dirigió a Felipe V en 1714: «Es cosa ridícula, señor, ver cómo los españoles abominamos del comercio, siendo así que esta es la llave con que se abre el tesoro de las riquezas, y siendo cierto que el comercio no se opone a los más nobles y distinguidos, como lo vemos en las potencias extranjeras»{16}.

En fin, los escritos de los arbitristas, al igual que la prolífica literatura del Siglo de Oro contienen numerosos testimonios de cómo era la España del momento; por lo que constituyen indudablemente extraordinarias fuentes de conocimiento histórico, económico y jurídico. Según Elliott (Ob. cit), «la hábil disección del cuerpo político español hecha por sus contemporáneos españoles, todos ansiosos de ofrecer al paciente su propio y privativo remedio, resultó de incalculable valor para los autores de generaciones posteriores: para los protestantes de finales del siglo XVII y para los historiadores racionalistas del XVIII y XIX, que veían en la decadencia de España un ejemplo clásico de las fatales consecuencias de la ignorancia, de la pereza y del clericalismo». Para Sánchez Molledo (Ob. cit), «el arbitrismo, como corriente de pensamiento económico, ha estado relegado al olvido por la historiografía española. En cierta medida, la responsabilidad ha pesado sobre las obras literarias, que nos han presentado al arbitrista de forma satírica y esperpéntica, como autor de proyectos impracticables o defensor de intereses económicos muy particulares. Este tratamiento ha influido de una manera negativa en los historiadores. Hay que distinguir, pues, aquellos arbitristas fiscales de aquellos que forman parte del grupo de escritores económico-políticos, verdaderos intelectuales preocupados por resolver los problemas de la Monarquía Hispánica. El arbitrismo, entendido en estos términos, es una corriente de pensamiento propia de una época de crisis, de marasmo económico, con hondas raíces en la sociedad. Como fenómenos social debe ser considerado un medio insustituible de aproximación a la realidad histórica de la España Moderna... El arbitrismo es un género eminentemente práctico, destinado a remediar con propuestas concretas los problemas acuciantes que se presentan...». Según este autor, «la procedencia de los autores arbitristas (aragoneses) es variada, y presenta similitudes con los autores castellanos. El origen profesional de los arbitristas aragoneses es mayoritariamente de profesiones liberales: abogados, comerciantes o maestros de gremios. También escriben ciudadanos que ocupan cargos en la administración municipal o funcionarios de las instituciones del reino o del rey... La iglesia tiene un importante papel en la redacción de memoriales en asuntos que afectan a la sociedad o a la economía... Las convocatorias de Cortes influyeron decisivamente en la formación y fijación del arbitrismo aragonés. Durante su celebración aumenta considerablemente el número de memoriales que analizan problemas y proponen soluciones para Aragón... la imagen literaria de los arbitristas aragoneses fue tan negativa en la literatura autóctona como la de los arbitristas de Castilla. Baltasar Gracián y Marcelino Uberte Balaguer, se refieren a los arbitristas en términos peyorativos, a pesar de lo cual, el arbitrismo aragonés tuvo aceptación en la sociedad. Influyó decisivamente en la formación de la opinión pública, y en la evolución de la economía aragonesa durante el siglo XVII a través de las deliberaciones de Cortes, y tuvo su reflejo en la legislación foral aprobada».

Seguramente a los arbitristas les son de aplicación las palabras de la periodista Rosa Montero{17}: «los tenaces, en suma, son aquellos individuos fabulosos que ven algo que no les gusta, algo que no funciona en la sociedad, algo que no les parece equitativo, y dedican una asombrosa cantidad de tiempo, energías y a menudo dinero, para intentar cambiarlo. Y su manera de luchar es individual y civilista. Es decir, no son misioneros, no son trabajadores de campo, no son asistentes sociales ni miembros de oenegés. Los tenaces confían en la bondad final de las instituciones y creen en la eficacia de la palabra. Ellos repiten sus verdades, escriben cartas, a veces incluso presentan denuncias judiciales, sin desalentarse por el poco resultado, por las dificultades y el silencio. Son incombustibles porque son grandes optimistas. Gracias a ellos, entre otras cosas, se va moviendo el mundo». Para Manuel Ramírez{18}, «en realidad, la denuncia de lo oficialmente querido y establecido, tiene muy antiguos precedentes. Nada menos que en 1609, el padre Mariana clamaba contra el vicio de adulteración de la moneda que originaba el mal de la inflación. Aparece entonces el llamado «arbitrismo» y la publicación de los famosos «memoriales» conteniendo las posibles soluciones. Y creo que, de una forma u otra, este precedente se ha repetido en no pocas ocasiones. Es probable que en la segunda mitad del siglo XIX y en los primeros años del XX, sea la fecha en que estas denuncias, convertidas ya en obras de «regeneracionistas», sean más frecuentes y hasta más hirientes. Se trata de eso, de regenerar, de denunciar abusos y males y, en muchos casos, de sugerir soluciones…»

Para Julio Pomés{19}, «los que nos gobiernan son los iluminados que saben y deciden por nosotros. El pueblo llano asume que debe limitarse a acatar lo que legislan y a no cuestionar lo que se le impone con su poderosa propaganda. Tan sólo cuentan con el ciudadano a la hora de pedir el voto. Luego intentan complacer a los poderes fácticos, para asegurarse sus poltronas». Este autor sugiere «algunas ideas para erradicar el nuevo despotismo. La primera requiere que cada uno de nosotros se implique en la lucha. Algunos podrían escribir en los periódicos y a los políticos. Otros, recoger firmas para que alguna ley se revise; y otros, los más, tener la gallardía de no callarse y ser coherentes con lo que piensan al opinar ante sus amigos y colegas…»

Probablemente podemos calificar actualmente de arbitrismo colectivo a la actividad desarrollada por los denominados «Think Tanks». Como han señalado Molina Rabadán e Iglesias Onofrio{20}, «la expresión think tanks se traduce como «grupo de expertos» o «centros de estudios», según se refiera a personas o a instituciones, que son grupos de investigación privados y sin fines de lucro, que funcionan en los márgenes de los procesos políticos formales de una nación y cuyas ideas dan forma a los programas políticos y gubernamentales, definiendo el perfil de los debates políticos a todo nivel».

Es famoso el memorial «Exposición sobre la situación política del Reino» que el jurista Sainz de Andino dirigió al rey Fernando VII y que marcó el punto de inicio de la ciencia administrativa, como ha señalado Baró{21}. Asimismo, el profesor García de Enterría{22}, refiriéndose al jurista Javier de Burgos, ha señalado: «Desde París en 1826 dirige una Exposición al Rey Fernando VII en que le alecciona sobre las enormes potencialidades que esas nuevas técnicas administrativas, perfectamente objetivadas ya, ofrecen para redimir la lamentable situación de España. La fuerza de convicción con que la Exposición está redactada producen el milagro de que el Rey llame al exiliado para que él mismo practique el remedio que receta». Pero el fenómeno arbitrista no es exclusivamente español. Según relata Melich Ordinsi{23}, en la semblanza del jurista venezolano del siglo XIX, Julián Viso, éste «en 1853 publicó, primero, en su ciudad natal un Proyecto de Código civil, obra exclusiva de su iniciativa personal, que ofreció al Gobierno de turno». Seguramente sea un ejemplo de escrito arbitrista (no español) la carta que Vauban (Mariscal de Francia e ingeniero militar) dirigió a Losvois, Ministro de la Guerra de Luis XIV:

«Monseñor: Hay algunos trabajos en los últimos años que no han terminado y que no se terminarán, y todo eso Monseñor, por la confusión que causan las frecuentes rebajas que se hacen en sus obras, lo que no sirve más que para atraer como contratistas a miserables pillos o ignorantes, y ahuyentar a aquellos que son capaces de conducir una empresa. Yo digo más, y es que ellos retrasan y encarecen considerablemente las obras porque estas rebajas y economías tan buscadas son imaginarias, y lo que un contratista que pierde dinero hace, es lo mismo que un náufrago que se ahoga, agarrarse a todo lo que puede, y agarrarse a todo, en oficio de contratista, es no pagar a los suministradores, dar salarios bajos, tener peores obreros, engañar sobre todas las cosas y siempre pedir misericordia contra esto y aquello.

Y de ahí bastante, Monseñor, para hacerle ver la imperfección de esa conducta. Abandónela pues, y en nombre de Dios, restablezca la buena fe: encargar las obras a un contratista que cumpla con su deber será siempre la solución más barata que podéis encontrar».

Un grupo de profesores universitarios españoles, dirigidos por Ferreiro Lapatza, Catedrático de Derecho Financiero y Tributario y ex Presidente del Consejo para la Defensa del Contribuyente, elaboraron, por propia iniciativa, bajo el título «La justicia tributaria en España», el «Informe sobre las relaciones entre la Administración y los contribuyentes y la resolución de conflictos entre ellos» (publicado por la editorial Marcial Pons, 2005). Este informe, en mi opinión, es un claro ejemplo de escrito arbitrista. El mismo concluye con el siguiente párrafo: «No sabemos si estas propuestas podrán servir de base a una decisión política. Pero hacerlas forma parte de nuestro oficio. Una parte a la que nadie que desarrolle con honestidad y decencia su oficio de jurista debe –no puede– renunciar»{24}.

No sabemos el caso que las autoridades pueden hacer a las propuestas, unas veces solicitadas, otras no, pero existe cierto escepticismo al respecto. Así, el escritor Salman Rushdie{25} ha dicho: «Es cierto que celebré, como mucha gente en el Reino Unido, la llegada de Tony Blair al poder. Parecía traer cosas nuevas. Luego me he ido desencantando. Ocurre con él lo que con otros políticos. Con él y con todo su gobierno. Esa gente no escucha. Lo que ha cambiado es que organizan toda esa escenografía de las consultas, la convocatoria de miembros de la sociedad civil a Downing Street o donde sea, teóricamente para saber qué opinan, para discutir sus ideas con la gente de la calle. Pues bien, no es verdad. Todo lo que hacen es montar ese escaparate, pero luego ni Blair ni nadie de su gobierno escucha a nadie. Es característico de su gobierno, ellos saben que eso de «hacer consultas» queda muy bien, y preguntan cosas pero no te escuchan. Te llaman, te hacen ir a verles, pero estando con ellos te das perfecta cuenta de que no están prestándote la más mínima atención. Y continúan haciendo lo mismo que hacían antes de hablar contigo. Son muy autoritarios y, en realidad, no le hacen caso a nadie. Son muy obstinados, muy testarudos. Darse cuenta de que las cosas eran sencillamente así fue una gran decepción para muchos de nosotros. Esa sordera no es tampoco exclusiva de Blair y los suyos…»

Una valoración arbitraria del arbitrismo es la que formula Ignacio Ruiz-Jarabo Colomer{26}: «Nos referimos al arbitrismo como la cualidad del arbitrista que, según su definición oficial (sic), es quien inventa planes o proyectos disparatados para intentar remediar males de la economía nacional.

En nuestra historia, los arbitristas tuvieron su apogeo en el siglo XVII así como durante el final del siglo anterior y el principio del posterior. La crisis de nuestra Hacienda y el grave déficit de nuestro Tesoro Público fueron el motivo que llevó a nuestros arbitristas a inventar todo tipo de ingenios que, aparentemente y sobre el papel, resolvían con facilidad todos los problemas de nuestra economía, acuciada por las dificultades originadas en nuestro imperial ultramar. El problema de las soluciones arbitristas era que junto a su aparente brillantez conceptual llevaban aparejada su más absoluta inaplicabilidad.

Los arbitristas de entonces vieron cómo les arreciaron las críticas, y tuvieron que soportar la ironía burlona y mordaz de figuras contemporáneas tan señeras como Quevedo o el mismo Cervantes. Incluso las Cortes Castellanas aprobaron formalmente una propuesta para expulsarles del reino». Esto lo escribe alguien que ha ocupado importantes cargos públicos, pensado quizá que él es uno de los escogidos y únicos capaces de formular brillantes y aplicables soluciones. Sin embargo, para Elliott (ob. cit), «las desafortunadas connotaciones de la palabra «arbitrista» junto con los cambios de moda en el campo de la teoría económica han impedido, no obstante, demasiado a menudo el examen desapasionado de una literatura de debate económico y social que contiene una serie de trabajos de alta calidad e interés. Mientras que unos pocos nombres selectos, como Sancho de Moncada y Fernández de Navarrete, han entrado en las discusiones sobre pensamiento económico europeo, los arbitristas, como grupo, siguen siendo aún poco conocidos… «el arbitrismo se interesaba propiamente por cuestiones de gobierno, tanto como lo hacía por las económicas y sociales, en la razonable asunción de que la primera necesidad era «médico, cúrate a ti mismo»… Pero lo propio hicieron los reformadores, que en el siglo XVIII empezaron a considerar a los arbitristas con interés y respeto. Tal respeto no estaba injustificado…»

Para nosotros, una definición de arbitrista sería: «Quien formula a los poderes públicos propuestas para el mejoramiento de los servicios públicos, para el mejoramiento del ordenamiento jurídico o propuestas genéricas de carácter social, económico y político; o denuncias de contradicciones, defectos o insuficiencias del ordenamiento jurídico o de anomalías en el funcionamiento de los servicios públicos».

Y para terminar, tres ejemplos de lo que considero escritos arbitristas actuales{27}:

• «Crisis, ética, moral y valores: una reflexión abierta» (abril de 2009). Declaración firmada por sesenta y dos intelectuales.

• Propuesta para la reactivación laboral en España» (abril 2009). Suscrita por un grupo de cien economistas españoles.

• «La salida de la crisis en España: ¿política monetaria, política fiscal, reformas estructurales?». Intervención de José Barea, el 31 de marzo de 2009, en la Real Academia de Ciencias Morales y Políticas.

Notas

{1} El ataque contra la razón, Random House Mondadori, Octubre de 2007.

{2} España y su mundo (1500-1700), Taurus, 2007.

{3} Materiales para un curso de Historia del Derecho Español, Tomo II, Universidad Nacional de Educación a Distancia, 2000.

{4} El pensamiento arbitrista en el Reino de Aragón en los siglos XVI y XVII, Tesis Doctoral, 1997. Vista en dialnet.unirioja.es, el 23 de abril de 2009.

{5} «Derecho de Petición (Cortes Generales)». Enciclopedia Jurídica, Volumen VIII. La Ley, 2008.

{6} Diario de Sesiones del Senado. Comisión de Constitución, celebrada el 29 de agosto de 1978.

{7} En la misma sesión, el Senador Martín-Retortillo Baquer señaló que «el derecho de petición es uno de esos derechos perfilados, nítidos, acabados e, incluso, ejercitados con frecuencia, como lo demuestra el hecho de que muchos de los aquí presentes han podido hacer uso de él a lo largo de años pasados...»

{8} «El Gobierno de la Monarquía», en su obra No siempre lo peor es cierto. Galaxia Gutenberg/Círculo de Lectores, 2008.

{9} «Los arbitristas. Entre discurso y acción política. Propuestas para un análisis de la negociación política». Tiempos modernos: Revista electrónica de Historia Moderna. Vol. 4, nº 9 (2003), www.tiemposmodernos.org

{10} «Fuentes, relatos y construcción de la historia patria», Revista Venezolana de Economía y Ciencias Sociales, 2005, vol. 11, nº 2 (mayo-agosto).

{11} Historia de España, Editorial Crítica, 2ª edición. Abril 2001.

{12} Plata, comercio y guerra. España y América en la formación de la Europa Moderna, Editorial Crítica, 2000.

{13} «La utopía solucionista de Jovellanos», El Basilisco (Oviedo), nº 21, 1996. www.filosofia.org

{14} Es interesante el trabajo de Mateos Royo: «El arbitrismo monetario aragonés durante el siglo XVII: Manuel Lasheras y Miguel Azores», donde se da cuenta de experiencias arbitristas de la época. Visto en Internet (sin fuente).

{15} El Proceso de Macanaz. Historia de un Empapelamiento, Espasa Calpe, 1999.

{16} Martín Gaite se refiere también al ilustre arbitrista Fernández de Navarrete, quien ya en 1626 se había dirigido a Felipe IV señalándole que «lo que a España le falta es gente que cultive las tierras y beneficie las minas: porque la mucha riqueza ha hecho cavalleros y nobles a muchos que no lo eran, quedando flaco y débil el estado plebeyo y popular».

{17} «Las 235 cartas de un hombre tenaz», El País Semanal, 17 de agosto de 2003.

{18} «Los nuevos regeneracionistas», ABC, 27 de abril de 2007.

{19} Director del «think tank» Institución Futuro, en su artículo «El nuevo despotismo ilustrado», diario Expansión, 8 de enero de 2005. De este autor puede verse también el artículo «Temor a la libertad», publicado en el diario Expansión, 14 de mayo de 2005.

{20} «Poder e ideas: El papel de los Think Tanks en el diseño y ejecución de la política exterior estadounidense», Revista Electrónica de Estudios Internacionales, nº 10, 2005.

{21} Juristas Universales, Volumen 3. Marcial Pons, 2004.

{22} «La lengua de los derechos. La formación del Derecho Público europeo tras la Revolución Francesa». Discurso pronunciado con motivo de su elección como miembro de número de la Real Academia Española.

{23} Juristas Universales, Volumen 3. Marcial Pons, 2004.

{24} El profesor Cea García (Catedrático de Economía Financiera y Contabilidad), en su artículo «La reforma de la Contabilidad española en el proceso de armonización contable internacional (Revista de Contabilidad y Tributación. Centro de Estudios Financieros, nº 272, noviembre 2005) refiere: «se enuncia finalmente un conjunto de conclusiones entresacadas del discurso crítico que hemos mantenido a lo largo del trabajo, las cuales representan propuestas y sugerencias a tener en cuenta para su incorporación frente a las soluciones o posiciones al respecto que se proponen en el referido Anteproyecto (de ley) y frente al borrador de la reforma del Plan General de Contabilidad».

{25} Entrevista publicada en la revista «El dominical», 20 de noviembre de 2005.

{26} «Neoarbitrismo en la CNMV». Diario Cinco Días, 13 de diciembre de 2005. En términos peyorativos se refiere también al arbitrismo Velarde Fuertes: «Llegan los arbitristas». 9 de febrero de 2009. valencia.abc.es.

{27} Como señala Ángel Ubide («España es diferente». El País, 28 de abril de 2009), «A pesar de la profunda necesidad de cambio estructural, cualquier sugerencia de reforma –del mercado laboral, de las pensiones, de las cajas de ahorro– es recibida con un coro muy bien coordinado de oposición por parte de los principales partidos políticos y de los agentes sociales. ¿Por qué? Por dos razones fundamentales. En España el debate económico independiente ha prácticamente desaparecido. En la mayoría de los países existen centros de estudios independientes y se crean comisiones bipartidistas para temas específicos, que proveen recomendaciones a los Gobiernos... Esconder los problemas bajo la alfombra no es la manera de resolverlos. España goza de un prestigio internacional. Ha llegado la hora de crear una comisión independiente para la reforma económica española».

 

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