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El Catoblepas, número 97, marzo 2010
  El Catoblepasnúmero 97 • marzo 2010 • página 10
Artículos

El comienzo del individuo humano
y el aborto provocado

David Alvargonzález

Se argumenta que la continuidad de los procesos biológicos es compatible con la determinación de un comienzo y un final en todo organismo humano individual

Resumen

En este artículo se parte de una ética antrópica que supone que la discusión acerca de cuándo comienza y cuándo termina la individualidad orgánica humana es relevante para delimitar el ámbito en el que se aplican las normas éticas. Se argumenta que la continuidad de los procesos biológicos es compatible con la determinación de un comienzo y un final en todo organismo humano individual.

Para determinar el comienzo de ese organismo individual es necesario tener en cuenta que, en el proceso de reproducción humana, hay una fase lenta de segmentación holoblástica, igual, indeterminada. Al completarse la fecundación aparece una estructura con una identidad genética nueva (el cigoto y, luego, la mórula), pero el comienzo del organismo humano como organismo individual en desarrollo comienza con la especialización celular, una vez que la gemelación ya no es posible. La segmentación holoblástica lenta implica que el momento en que se logra la identidad genética está separado en el tiempo del momento en que se alcanza la individualidad orgánica. Por esta razón, la llamada «píldora del día después», incluso aunque se admita que puede impedir que un embarazo llegue a tener lugar, merecería una consideración ética diferente que las técnicas abortivas que interrumpen el embarazo consolidado, separando y destruyendo un embrión ya implantado en el útero.

El artículo termina con una breve discusión acerca del significado ético y político de las leyes que despenalizan el aborto provocado dentro de un plazo convencional.

1. Los términos elementales de la ética antrópica materialista son los sujetos humanos individuales

En el libro titulado La clonación, la anticoncepción y el aborto en la sociedad biotecnológica (Alvargonzález, 2009) se parte de los principios de la bioética antrópica materialista tal como han sido expuestos por Gustavo Bueno (1999, 2001). Para la discusión acerca del aborto provocado, resulta de especial importancia el principio que establece que los términos elementales del campo de la bioética son los sujetos humanos individuales corpóreos. Se entiende que el cuerpo humano individual es «elemental» a su escala porque no está compuesto de unidades homoméricas sino de órganos, tejidos, &c. (Bueno, 2001: 104). El individuo es siempre un individuo corpóreo, no un individuo espiritual definido por el alma, el espíritu, la mente o la conciencia. Es también, siempre, un individuo dado en el conjunto de una pluralidad de individuos diferentes entre sí. La multiplicidad e individualidad de los sujetos humanos viene dada por la existencia de rasgos irreductibles. Parece, sin embargo, que esos rasgos no pueden interpretarse sólo como rasgos genéticos, dada la existencia de gemelos genéticamente iguales, sino que tienen que ser interpretados también como rasgos de una individualidad somática (Bueno, 2001: 81). La individualidad somática de un organismo humano forma un todo compuesto de partes diferentes que guardan relaciones asimétricas y que están conectadas entre sí, y desconectadas de las de otros individuos.

La virtud ética fundamental de la fortaleza, tanto en el momento de la firmeza para con uno mismo como en el de la generosidad para con los demás, va siempre referida al sujeto humano individual. Por supuesto, el concepto de individuo humano tiene algo de abstracto por cuanto ese individuo siempre habrá nacido de otros individuos y estará codeterminado por ellos. Pero, para una ética antrópica, el organismo individual tiene una importancia innegable desde el momento en que es ese organismo individual el que surge de células germinales de otros individuos anteriores, se desarrolla, nace, tiene independencia operatoria y funcional y, en último término, muere.

2. Continuidad sustancial, identidad genética e individualidad somática

En su último libro, El fundamentalismo democrático, Gustavo Bueno dedica un capítulo a comentar la ley de plazos del aborto promovida por el gobierno socialista de José Luis Rodríguez Zapatero (Bueno, 2010: 275-319).

La posición de Gustavo Bueno, a la hora de hacer una valoración ontológica y ética del proceso de reproducción humana, subraya la continuidad de la identidad sustancial del producto de la fecundación, a lo largo de todas las transformaciones que conducen desde el cigoto hasta el neonato, de modo que cualquier rotura de esa continuidad es considerada siempre extrínseca y convencional:

«La continuidad de la identidad numérica o sustancial del germen, embrión, feto e infante parece asegurada, y desde ella es evidente que cualquier solución de continuidad o de plazos fijados en función de esta supuesta solución será siempre extrínseca y puramente convencional.» (Bueno, 2010: 308)

Desde estas premisas, Gustavo Bueno condena por igual el aborto provocado desde el primer instante de la fecundación y en cualquier momento del proceso que va desde ese instante hasta el neonato. Su exposición incluye un comentario crítico de las posiciones sobre el aborto defendidas en el libro La clonación, la anticoncepción y el aborto en la sociedad biotecnológica (Alvargonzález, 2009): en ese libro se sostiene la tesis de que la diferencia entre la mórula temprana y el embrión plenamente implantado de dos semanas es significativa desde el punto de vista ontológico y ético, y es relevante para la discusión sobre el aborto.

José Manuel Rodríguez Pardo (2009) y José María Lahoz Pastor (2010) han insistido también en esa continuidad entre las diferentes fases del proceso de reproducción. A continuación, se van a tomar en consideración estos comentarios de José Manuel Rodríguez Pardo, José María Lahoz Pastor y Gustavo Bueno, para discutir el problema de la continuidad de la identidad numérica entre el cigoto y el embrión implantado.

La continuidad sustancial que existe en las transformaciones biológicas es innegable pero, al mismo tiempo, es necesario eludir el riesgo de un monismo que unifique todos los procesos en un continuo homogéneo. El materialismo de la multiplicidad discontinua se puede aplicar, también, en el campo biológico y debe tener en cuenta tanto el espacio como el tiempo. Por ejemplo, dado que la partenogénesis natural no ocurre en humanos, la fecundación, cuando llega a completarse, supone, sin duda, un hito, sin merma de la continuidad sustancial con los estadios previos, al dar lugar a un cigoto con una identidad genética nueva; en el otro extremo, es necesario reconocer que, sin perjuicio de la dependencia total del humano neonato, el parto supone un cambio de estatus del recién nacido que pasa de depender de un organismo concreto (la madre embarazada, que puede no ser la madre genética) a depender del grupo (médicos, enfermeras, nodrizas, incubadoras), con todo lo que esto significa desde el punto de vista fisiológico (la diferencia ontológica entre una relación diádica fija, madre/embrión-feto, y una conexión sinecoide del nacido con otros sujetos; el ingreso del neonato en un mundo perceptual y operatorio nuevo; &c.). La continuidad sustancial de los procesos biológicos no se niega cuando se distinguen fases o etapas que tengan una significación interna a los procesos considerados. En el caso de la reproducción humana, parece indudable que el momento en el que se completa la fecundación tiene relevancia en la constitución de la identidad genética del cigoto, y el parto la tiene, en otro sentido, por la independencia fisiológica que logra el recién nacido con respecto a la mujer concreta que le dio a luz.

La fórmula «identidad sustancial», utilizada por Bueno en el texto citado, cuando va referida a la reproducción humana, encubre dos momentos diferentes, la identidad genética y la individualidad somática, dos momentos que, por motivos filogenéticos que no vamos a analizar aquí, no coinciden en el tiempo. En la reproducción humana hay una fase de segmentación holoblástica o total. En correspondencia con el carácter alecítico del óvulo humano, esta segmentación holoblástica igual es indeterminada, pues cada blastómero, si se separa, puede dar lugar a un organismo completo. Además, en relación con otras especies, la fase de segmentación holoblástica en humanos es mucho más lenta.

La identidad genética se puede considerar conseguida cuando finaliza la fecundación, unas treinta horas después de su comienzo, una vez que aparecen dos blastómeros con un nuevo genoma. La identidad somática mínima, que implica la individualidad orgánica, se consigue plenamente cuando la gemelación y el quimerismo dejan ya de ser posibles. Por esta razón, la implantación del blastocisto en el útero tiene una significación interna que puede medirse por la pérdida de la totipotencialidad de las células, que es coetánea a un conjunto de cambios morfológicos y fisiológicos muy importantes, tanto en la mujer receptora como en el propio embrión que logra consolidar su anidación. La circunstancia de que casi un setenta por ciento de los cigotos in vivo no lleguen a dar lugar a embarazos significa que la mayoría de las mórulas que alcanzan una identidad genética no llegan, sin embargo, a dar lugar a organismos con individualidad somática. Con las técnicas de fertilización in vitro la tasa de éxito en la anidación se mantiene entre el 25 y el 30%.

La bioética materialista está comprometida con la defensa de los individuos de nuestra especie. Desde esos presupuestos, la distinción entre un organismo individual ya plenamente desarrollado (por ejemplo, un adulto) y ese mismo organismo en las diferentes fases de su desarrollo no permite justificar la destrucción de este último (Alvargonzález, 2009: 149 y ss). Esta es la razón fundamental para considerar que el aborto provocado de embriones bien formados ya implantados es contrario a la bioética. Ahora bien, la consideración de este argumento parece que tiene que comenzar allí donde comienza la individualidad somática (y no sólo la identidad genética) del organismo, y no ya, desde luego, porque se niegue la continuidad sustancial con los estadios anteriores, sino porque el sujeto protegido por la bioética materialista es, precisamente, ese organismo dotado de individualidad somática. Sabido es que los rasgos genéticos, por sí solos, no son suficientes para dar cuenta de la individualidad orgánica, desde el momento en que hay gemelación homocigótica. En palabras del propio Gustavo Bueno:

«Quienes suponen esta preformación [del individuo adulto en el cigoto] son en realidad los que rechazan el concepto de pre-embrión, puesto que todo cigoto, en la teoría de la preformación, sería ya un embrión; pero la teoría de la preformación es errónea: la identidad morfológica, individual u orgánica, es decir la «imagen corporal adulta» no está preformada genéticamente en el nuclóvulo, ni en el embrión en general; pues el genoma sólo epigenéticamente contiene al individuo que de él puede resultar. Los genes del genoma van activándose en el mismo proceso de la dinámica del desarrollo celular en función de la situación que ocupan en el conjunto y en el medio (que también influye decisivamente en la evolución); los programas de construcción somática ontogenéticos no están preformados en los programas genéticos, y esta es la razón por la cual ni siquiera los clonos, procedentes de un mismo genoma, tienen la misma dotación somática proteínica […]» (Bueno, 2001: 125-26)

Una vez establecida la distinción entre identidad genética y la «identidad morfológica, individual u orgánica» como interna al proceso que estamos considerando, entonces la interpretación que aquí se propone, que entiende el campo de la bioética como un campo de individuos humanos (de organismos con individualidad e identidad somática consolidada), no puede considerarse «convencional» o «externa».

La mórula temprana, compuesta de unos pocos blastómeros, es una unidad de tipo homomérico, constituida por células totipotentes, es una unidad sin diferenciación celular. Parece que la expresión del gen oct-4 sería responsable de esta falta de diferenciación, lo cual hace que la plasticidad celular en esa fase sea también un hecho parcialmente genético. Como ya se ha dicho, se parte del principio de que la bioética toma como término «elemental» el cuerpo humano individual. Ese organismo individual se considera «elemental» a su escala porque no está compuesto de unidades homoméricas sino de órganos, tejidos, &c. Por tanto, la mórula, constituida por partes homoméricas totipotenciales, no se ajusta a ese canon de individualidad «elemental».

Al establecer los principios de los términos de la bioética, se considera que la multiplicidad y la individualidad de los sujetos humanos vienen dadas por la existencia de rasgos irreductibles. Pero, esos rasgos no pueden entenderse como rasgos exclusivamente genéticos sino que tienen que ser también tomados en consideración los rasgos diferenciales somáticos. Éstos también son irreductibles y son parte esencial de toda individualidad humana y, en el caso de los gemelos monocigóticos, constituyen el núcleo de esa individualidad. Si existen individuos diferentes con genomas idénticos, entonces se puede afirmar que la individualidad somática es distinta que la identidad genética, y esa individualidad somática puede tomarse como criterio para definir al sujeto individual humano corpóreo protegido por la bioética, entendido como individuo singular, ya que no existen individuos idénticos desde un punto de vista somático.

Desde las posiciones que subrayan la continuidad sustancial de los procesos considerados, la individualidad orgánica ya existe, en potencia, desde la fecundación. Siguiendo este modo de razonar, se podría afirmar que la identidad genética del cigoto de dos blastómeros estaba ya, en potencia, en el espermatozoide y en el óvulo, puesto que está dada en continuidad sustancial con ellos. Sin embargo, tal apreciación retrospectiva no obsta para que consideremos relevante el momento de la fecundación para la discusión que nos ocupa, ni significa que confundamos la identidad genética del cigoto con la de los gametos. Al contrario, parece claro que la identidad genética del cigoto sólo es una realidad una vez completada la fecundación. De modo análogo, dada la totipotencialidad de los blastómeros, la individualidad somática del organismo humano se consigue plenamente cuando se pierde esa totipotencialidad y la gemelación deja de ser posible, y no antes. Por tanto, la identidad somática de la mórula temprana no es, salvo retrospectivamente, la misma que la identidad somática individual del embrión{1}. Las tecnologías de microscopía y de manipulación celular permiten separar los blastómeros totipotentes de la mórula temprana, cada uno de los cuales da lugar a otra mórula. Sin embargo, cuando se separan células de un embrión implantado, con individualidad orgánica y con diferenciación celular, se está realizando una operación parecida a una amputación. Esta es la diferencia esencial entre la identidad sustancial de la mórula y la identidad sustancial del embrión implantado.

La diferencia entre la interpretación aquí propuesta y la defendida por Gustavo Bueno estriba en que la transformación de la identidad de la mórula en la individualidad del embrión implantado no se considera un proceso meramente sumativo, acumulativo, «analítico» (en cuanto reiteración de una identidad previa), sino que se entiende como un proceso dialéctico progresivo que supone la re-organización radical de la estructura previa (el cigoto, la mórula) hasta lograr una individualidad orgánica que no está dada de antemano. Esa dialéctica progresiva implica la convergencia de factores internos y externos al cigoto y, sin merma de esa convergencia siempre necesaria, puede conducir a individualidades divergentes, como en el caso de la gemelación monocigótica, o puede no llegar a completarse nunca, como en el caso de ese setenta por ciento de cigotos que no dan lugar a embarazos. En cualquier caso, esta dialéctica progresiva es esencialmente necesaria en la reproducción humana y tiene lugar siempre, con independencia de que haya o no gemelación. Además, como es sabido, muchas de las células totipotentes de la mórula (los trofoblastos) ni siquiera van a formar parte, en sentido estricto, del embrión pues éste se origina a partir del epiblasto.

Reconoce Gustavo Bueno que la mórula que va a dar lugar a dos gemelos monocigóticos, «en lugar de desarrollarse como una unidad global, se divide en dos dentro de los trece días posteriores a la fecundación» (Bueno, 2001: 110). Pero entonces, lo que llama multiplicación «acumulativa» de las células de la mórula sólo será «acumulativa» en el caso de que dé lugar a un solo individuo porque, en otro caso, será acumulativa y dispersiva a la vez: por tanto, al hablar sólo de multiplicación acumulativa, de nuevo se está pidiendo el principio de que la totipotencialidad de cada blastómero no fuera una realidad (cfr.: Bueno, 2010: 305). Del mismo modo, cuando se habla de «transformación idéntica» para calificar el tránsito de la mórula al embrión se vuelve a pedir el principio al dar por supuesto que la gemelación no tiene ni tendrá lugar (Bueno, 2010: 304). Pero el tránsito de la mórula al embrión individualizado, incluso aunque no haya gemelación, en vez de ser interpretado como una transformación idéntica, puede ser entendido como un proceso dialéctico progresivo, tal como aquí se propone.

Gustavo Bueno, en el momento de calificar los blastómeros de la mórula dice que «su supuesta totipotencialidad convertiría [a la mórula] en una totalidad distributiva cuya realidad es antes lógica que ontológica» (Bueno, 2010: 313). Ahora bien, hasta donde sabemos, la totipotencialidad de los blastómeros de la mórula temprana no está «supuesta», ni es sólo una entidad «lógica», sino que es una realidad biológica confirmada en la práctica de laboratorio: en la reproducción humana hay un periodo de segmentación holoblástica, igual e indeterminada, que es, además, lenta. En esta fase lenta, la totipotencialidad, propia de la regulación, se considera confirmada. Si se quiere formular esta realidad en términos genéticos, se puede afirmar que la expresión del gen oct-4 no es lógica, ni abstracta, ni supuesta, ni convencional. Esa totipotencialidad es también una realidad tecnológica, una realidad no sólo «representada» sino también, y fundamentalmente, «intervenida» (dicho en términos de la fórmula de Hacking, 1983), por ejemplo, en las técnicas de diagnóstico pre-implantatorio. Los presupuestos de la teoría del cierre categorial son aquí de la más estricta aplicación: la importancia de las operaciones materiales quirúrgicas en la constitución de las verdades científicas, el carácter interno a las ciencias de las técnicas y tecnologías, y la consideración de las verdades científicas como constitutivas de la realidad (hiperrealismo). Así, aunque se demostrara que el programa genético del cigoto es el responsable exclusivo de la individualidad o gemelación ulterior (cosa que no está en absoluto demostrada), quedaría por considerar la posibilidad de la gemelación artificial que no es una realidad abstracta o lógica, sino tecnológica. Esa tecnología, como toda tecnología efectiva, tiene que tener un apoyo en la realidad (biológica), y ese apoyo no es otro que la totipotencialidad de los blastómeros, la segmentación, el quimerismo, y la influencia del entorno sobre la masa celular interna del blastocisto.

La gemelación monocigótica puede tener lugar por segmentación de la mórula en su fase inicial, dando lugar a dos embriones que son, por completo, independientes. Más frecuentemente, la gemelación es más tardía, de modo que en la fase de blastocisto, tiene lugar la separación de la masa celular interna, y se forman dos embriones que comparten un mismo trofoblasto. Cuando la masa celular interna forma dos núcleos sin separarse del todo, o bien dos núcleos que se separan y se vuelven a unir, surgen organismos siameses. Los distintos tipos de gemelación monocigótica y la aparición de organismos siameses en distintos grados son realidades biológicas que aconsejan establecer una diferencia entre identidad genética e individualidad orgánica. Por esa razón, la mórula temprana no puede ser considerada como un individuo humano porque, en ese estado, no está determinado (por razones estructurales, no meramente empíricas) el número de individuos a que va a dar lugar. Con todo, es necesario recordar que la teoría que aquí se defiende acerca de la identidad genética, la individualidad orgánica y el aborto provocado en humanos es una teoría filosófica que, aunque pretende tener en cuenta el estado de las ciencias y de las técnicas del presente, no se deduce sin más de ellas, ni puede conseguir un grado de consenso universal.

Continuidad transversal
“Continuidad transversal” desde el organismo individual no gemelado, pasando por los siameses, hasta las diferentes variedades de gemelación monocigótica

En su intento de restar relevancia ontológica al momento de la pérdida de la totipotencialidad, al logro de la individualidad somática y al fenómeno de la implantación, Gustavo Bueno y José María Lahoz (Bueno, 2010: 304 y 312; Lahoz, 2010) comparan el proceso que va desde la mórula temprana hasta el embrión implantado con una metamorfosis. Si la palabra «metamorfosis» es usada en un sentido no técnico, queriendo significar «transformación», entonces no habría nada que objetar, pues se trataría de sustituir el término latino («trans-formación) por el griego («meta-morfosis). Pero si se quiere llevar esta comparación al terreno biológico de las metamorfosis propiamente dichas (el holometabolismo), entonces la objeción es total, pues el concepto de metamorfosis no se aplica a las células del cigoto o de la mórula. Por ejemplo, en el caso del holometabolismo de la larva que pasa por el estado de ninfa y, después de un proceso de histólisis e histogénesis, se convierte en mariposa, la individualidad orgánica somática, marcada por la diferenciación celular asimétrica, no queda comprometida en ningún momento. Por el contrario, en el caso de la mórula, dada la totipotencialidad de los blastómeros, no está definido de antemano el número de individuos resultante, y esto es una realidad ontológica (biológica) necesaria e interna al proceso (por la necesidad de la segmentación holoblástica lenta), como también es una realidad la estructura alecítica del óvulo, unas realidades que conocemos gracias a la ciencia biológica.

Si el organismo individual humano está en potencia, en cuanto individuo, en el conjunto de blastómeros totipotentes y en cada uno de ellos, la bioética que defiende esa «individualidad en potencia» tiene cierto parecido con las teorías genetistas para las cuales el organismo es el medio por el cual un genoma da lugar otro. Pero, sin negar, en ningún momento, la importancia de la novedad genética que se produce al completarse la fecundación, es controvertido que pueda definirse un organismo humano en términos exclusivamente genéticos (como explica el propio Gustavo Bueno en el texto citado más arriba). Al hablar de los rasgos preformados en el cigoto y en los blastómeros se está adoptando esta perspectiva genetista que, por su propia dinámica, conduce incluso a reivindicar los programas genéticos de Alejandro anteriores al acto de fecundación previo a su gestación (Bueno, 2010: 307). Esta perspectiva genetista es también la que conduce a Gustavo Bueno a igualar por completo el papel del varón y el de la mujer en la reproducción (Bueno 2009: min. 133).

Frente a esta concepción, se propone interpretar los principios de la bioética materialista considerando que el sujeto de protección bioética es el organismo pluricelular humano individual, y no la mórula compuesta de células totipotentes indiferenciadas, o unos rasgos genéticos distribuidos entre una población. La individuación del organismo humano (no así la de la ameba o la del paramecio) pasa por la especialización celular y por la pérdida de la totipotencialidad, que son coetáneas a la anidación. La ameba es un individuo biológico que puede dividirse y dar lugar a otras amebas, pero esto no ocurre con el individuo humano corpóreo, aunque sí puede ocurrir con el cigoto. Por eso, la totipotencialidad de los blastómeros, sin necesidad de caer en un actualismo sustancialista, tampoco puede minusvalorarse como criterio a la hora de determinar la diferencia entre el momento de constitución de la identidad genética y el momento en que se consolida de un modo irreversible la individualidad somática de un determinado organismo humano{2}. La individualidad corpórea morfológica que toma como canon la bioética materialista no parece que pueda interpretarse como «identidad genética» o «individualidad somática en potencia». En ningún caso se trata de afirmar que los rasgos genéticos sean todos genéricos (comunes a los organismos de la especie) y los rasgos somáticos sean todos individuales, como tampoco se niega la aportación del genoma a la individualidad del sujeto ni el carácter genérico (respecto a la especie) de muchos procesos somáticos. Pero la individualidad del organismo humano no es sólo, ni fundamentalmente, genética, y sólo se puede considerar consolidada cuando la gemelación ya no es posible.

Cuando Gustavo Bueno reconoce que el papel preformador del cigoto respecto a las morfologías sucesivas no es total (Bueno, 2001: 125-16 cit. supra; Bueno, 2010: 313) estaría, de hecho, admitiendo la relevancia de esa diferencia entre identidad genética e individualidad somática.

Del actualismo materialista se sigue que no es lo mismo la individualidad somática en potencia (en la mórula) que el individuo en acto (en el embrión implantado), como tampoco es lo mismo la identidad genética en potencia (en los gametos) que en acto (en la mórula). El actualismo implica considerar en qué momento hay o no hay una identidad genética nueva, y en qué momento hay o no hay un nuevo organismo humano con su identidad somática individual propia. Ese mismo actualismo es el que otorga diferente consideración a los gametos separados, al óvulo fecundado y al organismo humano individual implantado.

La caracterización del comienzo del embarazo por el logro de la implantación del embrión tampoco puede considerarse «extrínseca» al proceso de la reproducción humana, ni puede ser tachada de puramente «convencional». La relación biológica estrecha e insustituible que se establece entre el embrión y la madre que soporta el embarazo da lugar a una unidad biológica funcional y estructural nueva. Sin negar la continuidad sustancial con los estadios anteriores (cosa que, por otra parte, nadie niega), la aparición de esa nueva unidad embrión/madre gestante sería ya suficiente para establecer una distinción biológica (no sólo lógica o puramente teórica) entre la situación del embarazo consolidado y esos otros estadios anteriores (por ejemplo, la mórula in vitro que es inestable y debe ser congelada para su conservación), dado que el embrión individualizado sólo es viable en la unidad estructural y funcional embrión-madre. Por eso, en el momento presente, el papel de la mujer y el del varón no pueden ser considerados iguales en el proceso de reproducción humana.

Cuando se estudia la tolerancia inmunológica en el embarazo, con frecuencia, se compara la implantación del embrión con una trasplante alogénico, dado que el genoma del embrión es diferente del de la madre, y ésta lo detecta como un organismo diferente y extraño, de modo que la placenta y el embrión tienen que segregar una serie de sustancias para inhibir la respuesta inmune de la madre. Esta circunstancia es también un indicio de que el momento de la implantación del embrión tiene un significado interno biológico que no puede considerarse convencional.

3. Las tecnologías que interrumpen el embarazo y las tecnologías que impiden el embarazo

Como se ha intentado argumentar, en el proceso de reproducción humana, la distinción entre la fase pre-implantatoria y el embarazo propiamente dicho tiene un significado ontológico por dos razones: la pérdida de la totipotencialidad celular que exige la individuación del embrión, y la constitución de la «simbiosis» insustituible embrión-madre que es una realidad estructural y funcional nueva. La significación ontológica de la distinción entre la fase pre-implantatoria y post-implantatoria corre paralela a la diferencia entre las tecnologías que impiden el embarazo y las tecnologías que interrumpen el embarazo. Como ya se ha dicho, en el contexto de la teoría del cierre categorial, que tomamos como referencia, estos aspectos de la intervención práctica no dejan de tener también su significación ontológica (biológica, categorial) interna al proceso. Se trata de una prueba clara de que no estamos hablando de teorías extrínsecas o convencionales, puramente representadas, sino que la distinción propuesta tiene que ver con la realidad operada e intervenida (Hacking, 1983). Estas tecnologías, con sus posibilidades y sus límites, no son externas a la realidad considerada o fruto de una convención léxica, sino que tienen una influencia conformativa interna en la misma biología del desarrollo humano.

En primer lugar, las tecnologías de fertilización in vitro constituyen una prueba explícita para considerar, como de hecho se considera en medicina, que la mujer no está embarazada hasta que la implantación del embrión no se ha consolidado. Además, esas mismas tecnologías hacen que la mujer que soporta el embarazo pueda ser una persona distinta que la madre genética del cigoto (por ejemplo, en los casos en que ésta ha sufrido una extirpación de útero pero conserva los ovarios funcionales). En ese caso, la mujer embarazada (la mujer que puede abortar de modo espontáneo o provocado) es esa mujer receptora, con independencia de la procedencia del material genético del embrión. Por otra parte, como es bien sabido, los cambios inducidos en la fisiología de la mujer por la implantación del embrión son los que se consideran significativos en las pruebas para del embarazo que detectan hormonas generadas por la placenta recién formada (pruebas que están involucradas en esa tecnología conformadora de la biología).

Todas estas circunstancias hacen que no sea convencional distinguir entre la interrupción de un embarazo que está en curso (el aborto provocado de un embrión bien formado ya implantado) y la evitación de un embarazo posible. Las operaciones tecnológicas de separar y destruir un embrión implantado son esencialmente diferentes de las operaciones que tratan de que no ocurra una potencial implantación. O, dicho de otro modo, si hay un fundamento material para considerar que la mujer sólo está embarazada cuando el embrión ya se ha implantado con éxito, entonces también tiene pleno sentido diferenciar el aborto, como interrupción del curso de un embarazo consolidado, de las tecnologías que impiden una posible implantación. No se puede decir que este plazo sea externo o no afecte a la realidad misma considerada (esta vez a la realidad tecnológica, operatoria). Estas situaciones tienen distinta calificación ontológica y, si esto es así, también pueden tener distinta calificación ética.

En la práctica, la discusión afecta, sobre todo, a la llamada «píldora del día después» y a las técnicas de fertilización in vitro. El encuentro entre el espermatozoide y el óvulo, que suele producirse en la porción ampular de la trompa de Falopio, tiene lugar, en el mejor de los casos, en un plazo entre doce y cuarenta y ocho horas después del coito, y los espermatozoides mantienen su funcionalidad durante unas 80 horas en el interior del aparato reproductor de la mujer. La píldora del día después funciona de diferentes maneras dependiendo del momento del ciclo menstrual en el que se comienza a tomar: en unas ocasiones, impide o atrasa la ovulación y, en otras, dificulta la fertilización inhibiendo el transporte del ovocito o del espermatozoide; existe controversia acerca de si, en algunos otros casos, su uso impide una posible implantación, al producir variaciones en el endometrio. En los dos primeros supuestos, estamos ante una intervención estrictamente anticonceptiva, ya que el cigoto no se llega a formar (y esto tampoco es una cuestión convencional sino real). Sólo en la última circunstancia se trataría de un procedimiento que evita, impide o dificulta la posible implantación pero, en ningún caso, provoca el aborto de un embrión implantado. Por las razones expuestas acerca del estatuto ontológico de la mórula y del embrión, la evitación de un embarazo posible es algo esencialmente diferente de la interrupción de un embarazo consolidado y, como se ha defendido en otro lugar, merece una consideración ética diferente (Alvargonzález, 2009: 118 y ss). Esta diferencia tiene, además, una importancia práctica en el supuesto de violación ya que, con la píldora del día después se puede evitar que el embarazo se produzca, no siendo necesaria la provocación del aborto{3}.

La discusión acerca del origen del individuo humano individual tiene también importancia para las técnicas de fertilización in vitro. Las posiciones que defienden la protección del cigoto, la mórula y el blastocisto como si fuera un embrión ya implantado no son compatibles con las tecnologías de fertilización in vitro tal como se realizan en la actualidad, dado que éstas proceden congelando y, en último término, destruyendo los pre-embriones sobrantes que no llegan a ser implantados.

4. Sobre las relaciones entre ética y política

La norma ética que condena el aborto provocado de embriones implantados bien formados, el infanticidio, y el homicidio, está basada en la defensa de la vida humana individual. Esta norma ética puede entrar en conflicto con normas políticas, como aquella norma básica que exige que el Estado conserve su propia existencia. Este sería el caso de un Estado que se viera involucrado en una guerra defensiva. En semejantes circunstancias, puede argumentarse en favor del punto de vista político, contra los que se escudan en una ética abstracta para justificar su traición a la patria que les hace ciudadanos. Las circunstancias sociales y políticas en las que se desenvuelve toda legislación afectan, también, de un modo decisivo, a las normas que regulan el aborto provocado. El presidente Rodríguez Zapatero explotó electoralmente su pacifismo supuestamente «ético» (aunque nunca en la historia reciente nuestro ejército ha estado más ocupado en misiones de guerra real y nunca ha tenido más bajas), y explota ahora electoralmente el aborto, pues no ve ningún problema ético, sino, antes bien, un progreso, en la matanza de embriones implantados y de fetos humanos sanos. La diferencia está en que la guerra defensiva es, en ocasiones, inevitable, cuando se trata de una guerra contra una tiranía vesánica que no ofrece condiciones de una vida personal a los sometidos, mientras que el aborto provocado como consecuencia de «no haber sido deseado el embarazo» parece que podría evitarse, y va dirigido contra un principio bioético básico: la salvaguarda de los organismos humanos individuales.

En cualquier caso, en el contexto social, económico, cultural y geopolítico en el que se encuentra España en la actualidad, desde un realismo político materialista, se pueden pronosticar algunas de las consecuencias que tendría la prohibición de la píldora del día después y la sanción (con fuertes multas o prisión) del aborto provocado, incluso en el supuesto de violación. La situación de aquellos países donde está prohibido el aborto nos permite saber de un modo aproximado el resultado de esas medidas: la aparición de un mercado ilegal encarecido de fármacos sin control, el turismo de abortos en el extranjero para las mujeres que puedan costearlo, la práctica clandestina de abortos de riesgo para las mujeres con menos recursos, y la aplicación irregular y arbitraria de las sanciones, dada la dificultad de perseguir esos delitos.

Como ya se analizó en otro lugar (Alvargonzález, 2009: 169 y ss.) y es reconocido por muchos, la aplicación de la legislación española sobre el aborto del año 1985 ha conducido a un fraude de ley equivalente a la despenalización total, sin plazos, del aborto provocado. Por las razones expuestas en los apartados anteriores, parece posible sostener que la píldora del día después, como recurso anticonceptivo de urgencia, o como procedimiento que impide el embarazo, debe tener una consideración diferente que el aborto provocado de embriones bien formados implantados. Es importante recordar que la indicación de este recurso de urgencia también es diferente de la de los métodos anticonceptivos propiamente dichos, dada su excepcionalidad. Por otra parte, de acuerdo con los argumentos expuestos, si el Estado está comprometido con la defensa de la vida humana individual, no podría otorgar a las mujeres ni a los facultativos el derecho de provocar abortos. La despenalización del aborto provocado, en los casos de grave riesgo para la salud de la madre y de violación, se puede fundamentar en motivos éticos, como ya se ha intentado hacer en otro lugar (Alvargonzález, 2009: 159, 165). La despenalización, en el caso de malformaciones graves del embrión o feto, puede tener una justificación que es, a la vez, ética y moral (Alvargonzález, 2009: 160 y ss.). Por último, la despenalización, con un plazo convencional, del aborto provocado, sin supuestos, tendría una justificación puramente política y contraria a la ética: por un lado, está el oportunismo político de ganar nuevos apoyos electorales (que tampoco está desconectado de esas circunstancias sociales, económicas, culturales y políticas de la España actual) y, por otro lado, puede resultar prudente el objetivo político de evitar las consecuencias negativas de una legislación restrictiva en este punto. Estamos de acuerdo en que el plazo que se fije para esta modalidad de aborto provocado es externo y convencional pues, como España no está aislada, depende en gran parte de las normas de otros países del entorno, para evitar el turismo del aborto. En todo caso, una ley que ponga un plazo al aborto provocado sin supuestos va a ser siempre, de hecho, más restrictiva que la ley de 1985, con su aplicación fraudulenta, que supone el aborto libre sin plazos. La inclusión del aborto provocado libre, dentro de un plazo convencional, en una ley de despenalización supone renunciar a la ética en favor de cierta política: es el reconocimiento del fracaso de las políticas de anticoncepción, y la sanción legal de un fragmento de subdesarrollo incrustado en el corazón de las sociedades del capitalismo avanzado, pues se puede defender que, si se persigue el fin de practicar el sexo heterosexual no reproductivo, los métodos anticonceptivos y de evitación del embarazo suponen un progreso frente al aborto provocado. Una parte muy importante de la sociedad española queda caracterizada por su indiferencia ante la matanza y descuartizamiento (evitables) de más de cien mil embriones y fetos humanos sanos cada año.

Referencias citadas

David Alvargonzález (2009) La clonación, la anticoncepción y el aborto en la sociedad biotecnológica, Oviedo, Pentalfa, 207 págs. (acceso libre en Internet)

Gustavo Bueno (1999) «Principios y reglas generales de la bioética materialista», El Basilisco, 25: 61-72 (acceso libre en Internet)

Gustavo Bueno (2001) ¿Qué es la bioética? Oviedo, Pentalfa, 134 págs.

Gustavo Bueno (2009) «Análisis desde varias perspectivas de la Ley del aborto (II)», conferencia en Oviedo, 20 de mayo de 2009 (acceso libre en Internet)

Gustavo Bueno (2010) El fundamentalismo democrático, Madrid, Planeta-Temas de Hoy, 415 págs.

Ian Hacking (1983) Representar e intervenir, Barcelona, Paidós, 1996, 321 págs.

José María Lahoz Pastor (2010) «Cuestiones sobre el aborto», El Catoblepas, 95:9 (acceso libre en Internet)

José Manuel Rodríguez Pardo (2009) «Bioética materialista, clonación y aborto», El Catoblepas, 92:14 (acceso libre en Internet)

Notas

{1} cfr.: Rodríguez Pardo (2009) «Porque el resultado de la fecundación (ya se encuentre en la fase de blastómero, ya en la de mórula) ya es, en el momento que se encuentra en su fase de especialización celular y se encamina a definir sus órganos y tejidos, una totalidad atributiva de células, exactamente igual que si fuera un individuo humano ya nacido. Totalidad que no tiene sentido valorar como aleatoria. La identidad numérica de ese conglomerado de células se encuentra en el programa genético que conduce a la fusión de los gametos en el cigoto, no en su desarrollo ontogenético posterior». Ver también Bueno 2010: 313.

En la teoría que se expone en nuestro texto se parte del supuesto de que los blastómeros totipotentes de la mórula temprana no presentan especialización celular, y que la identidad genética de los gametos es diferente de la identidad genética nueva del cigoto. Como se intenta argumentar, la identidad genética del cigoto o de la mórula temprana (y su estructura somática asociada) es distinta que la individualidad consolidada del embrión que es el comienzo de la identidad somática del organismo humano individual canónico.

{2} cfr. Lahoz (2010): «Y, además, la individualidad no implica indivisibilidad ya que, una bacteria o una planta son seres vivos individuales y se pueden dividir por bipartición (la bacteria) o por esquejado (la planta) o por partenogénesis (otros seres vivos) dando lugar a nuevos individuos distintos de la misma especie. O, en el caso de la clonación, que es otra división de un individuo –una forma de reproducción asexual– para dar lugar a otro individuo».

En este punto, es explícita la divergencia entre las posiciones sostenidas por Lahoz y las que se mantienen en este artículo: el individuo humano canónico no es una bacteria, o una planta y, dada la reproducción sexual y la ausencia de partenogénesis natural, se considera que, en humanos, la individualidad implica la indivisibilidad entendida «a su escala».

{3} En los estudios que valoran la efectividad de la píldora del día después, se parte de un grupo de control en el que mil mujeres tienen practican el sexo sin protección en las dos semanas centrales de su ciclo menstrual de modo que ochenta de ellas quedan embarazadas. En otro grupo de mil mujeres que utilizan la píldora del día después, el número de embarazos desciende a veinte.

 

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